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Documento BOE-A-2014-10588

Orden DEF/1907/2014, de 9 de octubre, por la que se crean ficheros de datos de carácter personal en el ámbito de la Dirección General de Asuntos Económicos, del Ministerio de Defensa.

Publicado en:
«BOE» núm. 253, de 18 de octubre de 2014, páginas 84765 a 84769 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2014-10588
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2014/10/09/def1907

TEXTO ORIGINAL

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece un conjunto de medidas para garantizar, y proteger, en lo concerniente al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar.

El artículo 20.1 de la referida ley determina que la creación, modificación o supresión de ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o Diario Oficial correspondiente. Del mismo modo, la disposición adicional primera de esta ley ordena a las Administraciones Públicas responsables de ficheros aprobar la disposición de creación de los mismos.

En el Ministerio de Defensa, la Dirección General de Asuntos Económicos (DIGENECO) gestiona determinados ficheros que se crearon al amparo del Real Decreto 1332/1994, de 20 de junio, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal y del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros Automatizados que contengan Datos de Carácter Personal.

La entrada en vigor del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que deroga los citados reales decretos, obliga al Ministerio de Defensa a adecuar estos ficheros a lo dispuesto en este reglamento.

Finalmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 37.1.h) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, este proyecto ha sido informado previamente por la Agencia Española de Protección de Datos.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Creación de ficheros.

Se crean los ficheros de datos de carácter personal de la Dirección General de Asuntos Económicos (DIGENECO), que se describen en el anexo de esta orden.

Disposición adicional única. Integración de datos.

El responsable de los ficheros del anexo integrará los datos contenidos en estos ficheros en los nuevos ficheros creados, conservándose, debidamente bloqueadas, las copias de seguridad que puedan existir.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan derogadas todas aquellas disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en esta orden ministerial.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 9 de octubre de 2014.–El Ministro de Defensa, Pedro Morenés Eulate.

ANEXO
Relación de ficheros con datos de carácter personal de diversos órganos de la Dirección General de Asuntos Económicos del Ministerio de Defensa (DIGENECO)

Órgano de dirección:

1. Fichero de Hojas de Servicio del Personal Militar.

Subdirección general de gestión económica:

2. Fichero de Sistema Informático de Dirección y Administración Económica.

3. Fichero de Documentación de Personal Indígena.

4. Fichero de Nóminas Pensionistas.

Órgano de dirección:

1. Fichero de Hojas de Servicio del Personal Militar.

a) Finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo: Tramitación, gestión y custodia de la documentación de personal militar de la Dirección General de Asuntos Económicos del Ministerio de Defensa (DIGENECO) (Hojas de Servicio del Personal Militar).

b) Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Personal Militar.

c) Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: El propio interesado o su representante legal; Administraciones Públicas.

d) Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Descripción de los tipos de datos:

1.º Identificativos: Nombre y apellidos, NIF/DNI.

2.º Características personales: Edad, fecha de nacimiento, sexo, lugar de nacimiento, datos de estado civil.

3.º Circunstancias sociales: Situación militar.

4.º Académicos y profesionales: Formación, titulaciones; historial del estudiante.

5.º Detalles del empleo: Profesión, puestos de trabajo.

6.º Datos relativos a infracciones penales y administrativas.

7.º Datos especialmente protegidos: Salud.

Sistema de tratamiento: Manual.

e) Cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: No se prevén cesiones.

f) Órgano de la Administración responsable de fichero: DIGENECO.

g) Servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de Asuntos Económicos del Ministerio de Defensa. Paseo de la Castellana, 109, planta 6.ª, 28071 Madrid.

h) Medidas de seguridad con indicación del nivel exigible: Nivel alto.

Subdirección General de Gestión Económica:

2. Fichero de Sistema Informático de Dirección y Administración Económica.

a) Finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo: Permitir la gestión económica del Ministerio de Defensa, proporcionar la información necesaria para llevar a cabo la contratación del departamento- y efectuar los pagos y cobros que correspondan.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Empleados, contribuyentes y sujetos obligados, proveedores, personas de contacto, solicitantes, beneficiarios.

c) Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: El propio interesado o su representante legal, fuentes accesibles al público, registros públicos, Administraciones Públicas.

d) Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Descripción de los tipos de datos:

1.º Identificativos: Nombre y apellidos, NIF/DNI, dirección, teléfono, huella, firma.

2.º Características personales: Edad, nacionalidad, fecha de nacimiento, datos de estado civil, datos de familia.

3.º Circunstancias sociales: Situación militar.

4.º Detalles del empleo: Profesión.

5.º Información comercial: Creaciones artísticas, literarias, científicas o técnicas; actividades y negocios; licencias comerciales.

6.º Económicos, financieros y de seguros: Datos bancarios; inversiones, bienes patrimoniales; créditos, préstamos, avales; ingresos, rentas.

7.º Transacciones de bienes y servicios: Bienes y servicios recibidos por el afectado; compensaciones/indemnizaciones; transacciones financieras; bienes y servicios suministrados por el afectado.

Sistema de tratamiento: Mixto.

e) Cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Hacienda Pública y Administración Tributaria; Registros públicos; Órganos judiciales; Tribunal de cuentas o equivalente autonómico; bancos, cajas de ahorro y cajas rurales.

f) Órgano de la Administración responsable del fichero: Subdirección General de Gestión Económica de la Dirección General de Asuntos Económicos del Ministerio de Defensa.

g) Servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de Asuntos Económicos del Ministerio de Defensa. Subdirección General de Gestión Económica. Paseo de la Castellana, 109, planta 6.ª, 28071 Madrid.

h) Medidas de seguridad con indicación del nivel exigible: Nivel medio.

3. Fichero de Documentación del Personal Indígena.

a) Finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo: Gestión, administración y custodia de la documentación del Archivo del Personal Militar Indígena, integrado en las Unidades del África Occidental Español, depositada en esta Unidad.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Empleados.

c) Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: Administraciones Públicas.

d) Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Descripción de los tipos de datos:

1.º Identificativos: Nombre y apellidos, NIF/DNI, dirección, huella, N.º Registro de personal, firma.

2.º Características personales: Edad, nacionalidad, fecha de nacimiento, sexo, lugar de nacimiento, datos de estado civil, datos de familia, características físicas o antropométricas.

3.º Circunstancias sociales: Situación militar.

4.º Detalles del empleo: Historial del trabajador, profesión, puestos de trabajo.

5.º Datos especialmente protegidos: Salud y religión.

Sistema de tratamiento: Mixto.

e) Cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Interesados legítimos.

f) Órgano de la Administración responsable de fichero: Unidad de Asuntos Saharauis y Pagaduría de Pensiones.

g) Servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de Asuntos Económicos del Ministerio de Defensa. Subdirección General de Gestión Económica. Unidad de Asuntos Saharauis y Pagaduría de Pensiones. C/ Carvajal, n.º 8, 3.º, 35004 Las Palmas de Gran Canaria.

h) Medidas de seguridad con indicación del nivel exigible: Nivel alto.

4. Fichero de Nóminas Pensionistas.

a) Finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo: Cálculo de la nómina de los pensionistas saharauis adscritos a la unidad; obtención de la nómina mensual; elaboración de listados mensuales, anuales y documentos contables.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Empleados y pensionistas saharauis.

c) Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: Administraciones Públicas.

d) Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Descripción de los tipos de datos:

1.º Identificativos: Nombre y apellidos, NIF/DNI.

2.º Características personales: Sexo.

3.º Circunstancias sociales: Situación militar.

4.º Detalles del empleo: Profesión.

5.º Económicos, financieros y de seguros: Datos bancarios y datos económicos de nómina.

6.º Datos especialmente protegidos: Salud.

Sistema de tratamiento: Mixto.

e) Cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: Hacienda Pública y Administración Tributaria; Bancos, cajas de ahorro y cajas rurales.

f) Órgano de la Administración responsable de fichero: Unidad de Asuntos Saharauis y Pagaduría de Pensiones.

g) Servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Dirección General de Asuntos Económicos del Ministerio de Defensa. Subdirección General de Gestión Económica. Unidad de Asuntos Saharauis y Pagaduría de Pensiones. C/ Carvajal, n.º 8, 3.º, 35004 Las Palmas de Gran Canaria.

h) Medidas de seguridad con indicación del nivel exigible: Nivel alto.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 09/10/2014
  • Fecha de publicación: 18/10/2014
  • Fecha de entrada en vigor: 19/10/2014
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-23750).
Materias
  • Ficheros con datos personales
  • Ministerio de Defensa

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