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Documento BOE-A-2014-11904

Orden SSI/2150/2014, de 3 de noviembre, por la que se clasifica la Fundación Valora2 y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 17 de noviembre de 2014, páginas 94438 a 94439 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2014-11904

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación Valora2, resultan los siguientes

Hechos

Primero.

Por el patronato de la fundación fue solicitada la inscripción de la institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Las circunstancias constitutivas de la fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación. Fundación Valora2.

Fines: Los fines de la fundación son fomentar y posibilitar la integración laboral de las personas con discapacidad, preferentemente con discapacidad intelectual y del desarrollo y otras en riesgo de exclusión que por cualquier causa, presenten especiales dificultades de acceso al empleo, propiciando su participación activa en la comunidad.

Domicilio y ámbito de actuación: El domicilio de la fundación radicará en la calle Tejedores, número 197, Polígono San Antolín de Palencia, CP 34004 y desarrollará principalmente sus actividades en todo el territorio nacional.

Fundadores: La Asociación de Tutores y Amigos del Centro San Cebrián (ATACES) y la Fundación San Cebrián.

Dotación inicial: Setecientos cincuenta mil novecientos cincuenta y tres euros con sesenta céntimos de euro, aportados por los fundadores.

Escritura pública de constitución: Otorgada ante el notario de Palencia, don Juan Polvorosa Mies, el día 15 de enero de 2014, con el número 72 de orden de su protocolo, subsanada mediante diligencia de fecha 8 de mayo de 2014, incorpora el texto íntegro de los estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidente: Don Francisco Jambrina Sastre.

Vicepresidente: Don Juan Pérez Sánchez.

Tesorero: Don Tomás Bragado de la Vega.

Secretario: Don Manuel Fidel Ramos Ibáñez.

Vocales: Fundación Santa María la Real, representada por su presidente don José María Pérez González, don José Sebastián Durán Guinot, doña María José Salvador Pedraza, doña María de las Mercedes Cófreces Martín, doña María Isabel Ausín Sáez y doña Rocío Hervella Durántez.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, por la que se aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.

Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Por cuanto antecede, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, y habiéndose recabado el preceptivo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Clasificar la Fundación Valora2, cuyos fines de interés general son de asistencia e inclusión social adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, bajo el número 34-0068.

Tercero.

Inscribir la constitución inicial del patronato y la aceptación de sus cargos tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 3 de noviembre de 2014.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, P.D. (Orden SSI/131/2013, de 17 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Sergio Caravajal Álvarez.

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