La Orden SCO/3945/2006, de 14 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la convocatoria y concesión por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios de becas de formación («BOE» n.º 309, de 27 de diciembre), autoriza en su artículo 5 a la Directora de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios a que, mediante Resolución publicada en el «Boletín Oficial del Estado», convoque las becas que en su caso correspondan, de acuerdo con las bases reguladoras.
Por Resolución de 13 de marzo de 2014 («BOE» núm. 68, de 20 de marzo de 2014) se aprueba la convocatoria de doce becas de formación de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
Con fecha de 21 de octubre de 2014, se ha publicado la valoración provisional de becas mediante Resolución de 20 de octubre de 2014, otorgándose a los interesados un plazo de diez días hábiles para formular alegaciones.
Finalizado el plazo de alegaciones, la Comisión de Evaluación ha elevado la propuesta de resolución definitiva, conforme a la cual resuelvo:
Conceder las doce becas convocadas a los solicitantes que se relacionan en el anexo I, por haber obtenido la mayor puntuación, de conformidad con los criterios de valoración fijados en la Orden de las bases reguladoras de las mismas y en la Resolución de convocatoria.
En los casos en que un solicitante haya quedado en la primera posición de valoración de varias de las becas se ha procedido a la concesión de la que haya designado por orden de prioridad en su solicitud.
Hacer pública esta Resolución definitiva de concesión de becas.
De conformidad con lo establecido en el apartado sexto punto 4 de la Resolución de 13 de marzo de 2014, junto a esta Resolución definitiva de concesión de becas, se ha aprobado una relación complementaria de suplentes para cada una de las becas convocadas, ordenados de acuerdo a la puntuación obtenida, la cual podrá consultarse en el tablón de anuncios de la AEMPS y en la dirección http://www.aemps.gob.es/.
De conformidad con lo establecido en el apartado sexto punto 5 de la Resolución de 13 de marzo de 2014, el adjudicatario tendrá la obligación de comunicar de forma fehaciente la aceptación o rechazo de la beca concedida dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación de la Resolución de concesión de beca. De no aceptar la beca de forma expresa en este plazo se le tendrá por desistido, teniendo el mismo efecto que una renuncia expresa, siguiéndose el procedimiento con el candidato suplente que corresponda.
El adjudicatario de la beca deberá estar en situación de poder incorporarse a la unidad de formación en la fecha que se le indique. La determinación de la fecha concreta de incorporación del becario a la Agencia corresponderá a la Secretaría General.
La incorporación de los adjudicatarios se producirá en la sede de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios sita en c/ Campezo, 1, edificio 8, 28022 Madrid.
La cuantía de cada beca queda establecida en 1.669,63 euros/mes, conforme lo dispuesto en el artículo 7 de la Orden de bases reguladoras de las mismas y el apartado Segundo punto 1 de la Resolución de convocatoria, con cargo a la aplicación presupuestaria 26.103.313A.481.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano que la ha dictado en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el órgano jurisdiccional contencioso-administrativo (Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo), en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en los artículos 9 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 18 de noviembre de 2014.–La Directora de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitario, Belén Crespo Sánchez-Eznarriaga.
Beca |
Adjudicatario |
DNI |
Puntuación |
---|---|---|---|
FMUH1 |
PERNA RODRÍGUEZ, MARÍA VICTORIA |
39429109W |
27,49 |
FMUH2 |
GARCÍA LLOPIS, PAULA |
48327493P |
34,93 |
FMUH3 |
SILVA RIADIGOS, GENMA MARÍA |
52931541P |
35,24 |
FMUH4 |
BLÁZQUEZ SANTOS, PAULA |
50891314L |
29,87 |
FMUH5 |
GARÍN FERNANDEZ, NAGORE |
72398545L |
58,42 |
FMUV1 |
SACRISTÁN ÁLVAREZ, SARA |
47048074X |
26,16 |
FICM1 |
ALMARZA RUBIO, PAULA |
50883211N |
43,86 |
FICM2 |
LÓPEZ SÁNCHEZ, M.ª DEL MAR |
50891698N |
28,54 |
FPSC1 |
BOLÍVAR RUIZ, FRANCISCA |
76420399R |
32,57 |
FPSC2 |
LÓPEZ SÁNCHEZ, LUISA MARÍA |
50883077Q |
50,96 |
FPSC3 |
GARRIDO GALLARDO, ALMUDENA |
72890023X |
29,30 |
FSGI1 |
RODRÍGUEZ QUINTANA, CRISTINA |
75486431V |
30,19 |
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid