Ante la Sección Cuarta de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, el Ayuntamiento de Polinya de Xuquer, el Ayuntamiento de Albalat de la Ribera, el Ayuntamiento de Benicull, el Ayuntamiento de Corbera, el Ayuntamiento de Cullera, el Ayuntamiento de Favara, el Ayuntamiento de Fortaleny, el Ayuntamiento de Riola y el Ayuntamiento de Sueca han interpuesto recurso contencioso-administrativo número 878/2014, contra el Real Decreto 595/2014, de 11 de julio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Júcar, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 12 de julio de 2014, número 169.
A tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, esta Secretaría General ha resuelto emplazar para que comparezcan ante el referido Tribunal, en el plazo de nueve días, contados desde el siguiente a la publicación de la presente resolución, a todos los interesados en el procedimiento, si a su derecho conviniera.
Valencia, 18 de diciembre de 2014.–El Secretario General de la Confederación Hidrográfica del Júcar, Carlos Fernández Gonzalo.
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