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Documento BOE-A-2014-1980

Resolución de 28 de enero de 2014, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Redexis Gas Transporte, SL, autorización administrativa, aprobación de proyecto y reconocimiento de utilidad pública para la construcción de las instalaciones relativas a la adenda al proyecto del gasoducto "Huércal-Overa-Baza-Guadix".

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 24 de febrero de 2014, páginas 17834 a 17838 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-A-2014-1980

TEXTO ORIGINAL

La Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, de 6 de marzo de 2013 («Boletín Oficial del Estado» número 67, de 19 de marzo de 2013), otorgó a la empresa Endesa Gas Transportista, S.L., autorización administrativa, aprobación del proyecto y reconocimiento, en concreto, de utilidad pública para la construcción de las instalaciones del gasoducto denominado «Huércal-Overa-Baza-Guadix».

El gasoducto denominado «Huércal-Overa-Baza-Guadix» se encuentra incluido en el documento de planificación gasista denominado «Planificación de los sectores de electricidad y gas 2008-2016. Desarrollo de las Redes de Transporte», aprobado con fecha 30 de mayo de 2008, por el Consejo de Ministros, dentro de los proyectos de gasoductos necesarios para la atención a los mercados en su zona geográfica de influencia. El citado gasoducto figura clasificado con categoría A, en la que se incluyen los proyectos de infraestructuras cuya aprobación no está sujeta a ningún tipo de condicionante.

El citado gasoducto ha sido diseñado para el transporte de gas natural a una presión máxima de servicio de 80 bares, por lo que deberá formar parte de la red básica de gasoductos de transporte primario, definida en el artículo 59 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos. Su construcción posibilitará la atención de los mercados doméstico e industrial y el desarrollo de nuevas redes de distribución en su zona geográfica de influencia; asimismo, posibilitará la sustitución de plantas satélites de gas natural licuado (GNL) que realizan actualmente un suministro provisional en varios municipios de la zona.

En relación con el procedimiento de evaluación de impacto ambiental a que ha sido sometido el proyecto de las instalaciones del citado gasoducto, la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, ha emitido Resolución, con fecha 21 de mayo de 2012 («Boletín Oficial del Estado» número 137, de 8 de junio de 2012), por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Gasoducto de transporte primario Huércal-Overa-Baza-Guadix, en la que se considera que el proyecto de las instalaciones del citado gasoducto es ambientalmente viable, quedando sujeto al cumplimiento de determinadas condiciones que se recogen en dicha resolución de declaración de impacto ambiental.

De acuerdo con lo previsto en la disposición adicional undécima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, en cuanto a la función de informar en los expedientes de nuevas instalaciones energéticas, se solicitó informe a la Comisión Nacional de Energía, remitiéndose copia del expediente administrativo. La Comisión Nacional de Energía en su sesión del Consejo celebrada el día 13 de diciembre de 2012 emitió informe en relación con la construcción del presente gasoducto de transporte primario.

Mediante escrito de 27 de mayo de 2013 presentado con fecha 14 de junio de 2013, la empresa Endesa Gas Transportista, S.L., ha solicitado autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución para la construcción de las instalaciones correspondientes a la Adenda al proyecto del gasoducto de transporte primario «Huércal-Overa-Baza-Guadix», así como el reconocimiento, en concreto, de su utilidad pública, al amparo de lo previsto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y disposiciones concordantes.

La citada Adenda al proyecto del gasoducto, que afecta a la provincia de Granada, se presenta con el objeto de atender las solicitudes de modificación del trazado realizadas por organismos oficiales, para atender las solicitudes de puntos de entrega de gas en la zona de influencia del gasoducto y para atender requerimientos contenidos en la Declaración de Impacto Ambiental.

La referida solicitud de la empresa Endesa Gas Transportista, S.L., así como la Adenda al proyecto de instalaciones del gasoducto denominado »Huércal-Overa-Baza-Guadix», que incluye la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados como consecuencia de las modificaciones introducidas por dicha Adenda, y los planos parcelarios han sido sometidos a información pública; habiéndose publicado el correspondiente anuncio de información pública en el «Boletín Oficial del Estado» número 247, de 15 de octubre de 2013, en el «Boletín Oficial de la Provincia de Granada» número 206, de 28 de octubre de 2013 y en los diarios «El Ideal» y «Granada Hoy», ambos de 16 de octubre de 2013; asimismo, se publicó en los tablones de edictos de los ayuntamientos afectados.

La tramitación de la información pública ha transcurrido sin que se haya recibido ninguna alegación por parte de particulares. Asimismo, se ha solicitado informe de los organismos y entidades competentes sobre determinados bienes públicos y servicios que pudiesen resultar afectados por la construcción de la mencionada conducción de gas natural, habiéndose recibido algunas contestaciones de los mismos indicando las condiciones en que deben verificarse las afecciones correspondientes.

Una vez concluido el referido trámite de información pública, la Dependencia Área de Industria y Energía, de la Subdelegación del Gobierno en Granada ha emitido informe de carácter favorable, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, sobre la solicitud de la empresa Endesa Gas Transportista, S.L., de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública de las instalaciones previstas en la Adenda al gasoducto de transporte primario de gas natural «Huércal-Overa-Baza-Guadix».

Asimismo, desde el 10 de diciembre de 2013, la compañía Endesa Gas T&D, S.L., así como sus filiales (Endesa Gas Distribución, S.A.U., Endesa Gas Transportista, S.L., y Gesa Gas, S.A.U.), han cambiado su denominación social, pasando, en particular, la empresa Endesa Gas Transportista, S.L., a denominarse Redexis Gas Transporte, S.L.

Vistos la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos; la Ley 12/2007, de 2 de julio, por la que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, con el fin de adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el mercado interior de gas natural; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural («BOE» número 313, de 31 de diciembre de 2002); el Real Decreto 949/2001, de 3 de agosto, por el que se regula el acceso de terceros a las instalaciones gasistas y se establece un sistema económico integrado del sector de gas natural («BOE» número 215, de 7 de septiembre de 2001); el Real Decreto-ley 13/2012, de 30 de marzo, por el que se transponen directivas en materia de mercados interiores de electricidad y gas y en materia de comunicaciones electrónicas, y por el que se adoptan medidas para la corrección de las desviaciones por desajustes entre los costes e ingresos de los sectores eléctrico y gasista («BOE» número 78, de 31 de marzo de 2012), y la Orden del Ministerio de Industria de 18 de noviembre de 1974, por la que se aprueba el Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos, modificada por Órdenes del Ministerio de Industria y Energía de 26 de octubre de 1983; de 6 de julio de 1984; 9 de marzo de 1994, y de 29 de mayo de 1998 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de diciembre de 1974; de 8 de noviembre de 1983; de 6 de julio de 1984; de 21 de marzo de 1994, y de 11 de junio de 1998, respectivamente).

Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto otorgar a la empresa Redexis Gas Transporte, S.L., autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y reconocimiento, en concreto, de utilidad pública para la construcción de las instalaciones correspondientes a la Adenda al proyecto del gasoducto denominado «Huércal-Overa-Baza-Guadix», en las provincia de Granada.

La presente resolución sobre construcción de las instalaciones referidas se otorga al amparo de lo dispuesto en los artículos 69, 81, 84 y 100 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, y demás artículos del Título IV de dicho Real Decreto concordantes con ellos, y con sujeción a las condiciones que figuran a continuación.

Primera.

La empresa Redexis Gas Transporte, S.L., deberá cumplir, en todo momento, en relación con la Adenda al proyecto del gasoducto de transporte de gas natural «Huércal-Overa-Baza-Guadix», cuanto se establece en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, así como en las disposiciones y reglamentaciones que la complementen y desarrollen; en el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural; en el Real Decreto 949/2001, de 3 de agosto, por el que se regula el acceso de terceros a las instalaciones gasistas y se establece un sistema económico integrado en el sector de gas natural, y en las disposiciones de modificación, aplicación y desarrollo del mismo; y en la legislación sobre evaluación de impacto ambiental así como en las disposiciones legislativas relativas al régimen de ordenación del territorio.

Segunda.

Las instalaciones que se autorizan por la presente resolución habrán de realizarse de acuerdo con el documento técnico denominado «Gasoducto de transporte primario Huércal-Overa-Baza-Guadix (Provincia de Granada). Adenda al Proyecto de Autorización Administrativa», presentado por la empresa Redexis Gas Transporte, S.L., en esta Dirección General de Política Energética y Minas y en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Granada.

El presupuesto de la Adenda al proyecto del gasoducto de transporte de gas natural «Huércal-Overa-Baza-Guadix» asciende a la cantidad de 1.568.618,78 euros en la provincia de Granada.

Mediante la Adenda al proyecto del gasoducto de transporte de gas natural «Huércal-Overa-Baza-Guadix» se introducen las siguientes modificaciones:

Modificación de la ubicación de la posición de válvulas Huergua-06 (término municipal de Gor), que en el proyecto de autorización administrativa se encontraba situada en el PK 110,802, al PK 95,674 del trazado, pasándose a denominar Huergua-06 (término municipal de Baza), con el objeto de acercar la posición lo máximo posible al futuro polígono tecnológico de Baza; con la consiguiente modificación del trazado entre los vértices V-600/21 y V-600/22. Esta posición dispone de válvula de seccionamiento y derivación, y línea da venteo de 4».

Incorporación de una nueva posición, denominada Huergua-07 (término municipal de Guadix), para suministro al polígono industrial de Guadix PP-6, parque empresarial «Príncipe Felipe», situada en el PK 124,503. Esta posición consiste en: Válvula de seccionamiento con válvula de paso total de 16», nudo de puesta en gas, y línea de venteo de 4»; ERM G-250(MOP 80/16), con el by-pass de emergencia asociado, así como el depósito de odorización. Salida del ramal al poI/gano PP-6, parque empresarial «Prlncipe Felipe»; ERM G-400 (MOP 80/49,5), con el by-pass de emergencia asociado, así como el depósito de odorización. Salida del ramal de alimentación a la central termosolar Andasol, ramal objeto de otro proyecto.

Reducción de la posición Huergua 07 (término municipal de Guadix) y modificación del camino de acceso a la misma para minimizar las afecciones a las fincas privadas, pasando a denominarse Huergua-08 (término municipal de Guadix), situada en el PK 133,984. Dispone de válvula de seccionamiento con válvula de paso total de 16», nudo de puesta en gas, y línea de venteo de 4»; ERM G-650 (MOP 80/16), con el by-pass de emergencia asociado, así como el depósito de odorización. Salida del ramal de distribución al polígono PP-6 al término municipal de Guadix.

Incorporación de la acometida eléctrica a la nueva posición Huergua-07, con el objeto de dar suministro a dicha posición mediante acometida eléctrica aérea de media tensión y de centro de transformación de intemperie.

Modificación y soterramiento de la acometida eléctrica a la posición Huergua-08 (término municipal de Guadix) para dar cumplimiento a las indicaciones de la Declaración de Impacto Ambiental.

Estas modificaciones suponen un aumento de la longitud del trazado de 22 metros. No se modifican las características técnicas básicas del gasoducto, ni el resto de posiciones previstas en el proyecto original. Tampoco supone variaciones significativas en las afecciones medioambientales y arqueológicas reflejadas en el Estudio de Impacto Ambiental.

Tercera.

Los cruces especiales y otras afecciones del gasoducto a bienes de dominio público, se realizarán de conformidad a los condicionados señalados por los Organismos competentes afectados, así como por empresas de servicio público o de servicios de interés general, que resultan afectados por la construcción de las instalaciones relativas a la Adenda al proyecto del gasoducto «Huércal-Overa-Baza-Guadix».

Cuarta.

De conformidad con lo previsto en el artículo 84.10 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural; el plazo máximo para la construcción de las instalaciones relativas a la Adenda al proyecto del gasoducto «Huércal-Overa-Baza-Guadix» y para la presentación de la solicitud de levantamiento del acta de puesta en servicio de las citadas instalaciones, por la empresa Redexis Gas Transporte, S.L., será de veinticuatro meses, contados a partir de la fecha de la presente resolución. El incumplimiento del citado plazo dará lugar a la extinción de esta autorización administrativa, salvo prórroga por causas justificadas.

Quinta.

Con la salvedad de lo señalado en las anteriores condiciones, a las instalaciones comprendidas en el ámbito de la presente resolución les será de aplicación lo previsto en el condicionado de la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, de 6 de marzo de 2013, por la que se otorgó a la empresa Endesa Gas Transportista, S.L., autorización administrativa, aprobación del proyecto y reconocimiento, en concreto, de utilidad pública para la construcción de las instalaciones del gasoducto denominado «Huércal-Overa-Baza-Guadix.

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 107.1 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 28 de enero de 2014.–El Director General de Política Energética y Minas, Jaime Suárez Pérez-Lucas.

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