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Documento BOE-A-2014-2466

Orden IET/332/2014, de 26 de febrero, por la que se extingue el permiso de investigación de hidrocarburos denominado "Albufera".

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 7 de marzo de 2014, páginas 21841 a 21842 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-A-2014-2466

TEXTO ORIGINAL

El permiso de investigación de hidrocarburos «Albufera», situado en el Mar Mediterráneo, frente a las costas de Valencia, fue otorgado conjuntamente con los permisos «Benifayó» y «Gandía» mediante el Real Decreto 1775/2010, de 23 de diciembre, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 19, de 22 de enero de 2011, a la sociedad Medoil PLC. Posteriormente, mediante Orden ITC/3599/2011, de 14 de diciembre, y publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 1, de 2 de enero de 2012, se aprobó la cesión de la titularidad a favor de la compañía «Capricorn Spain Limited» siendo ésta actualmente su único titular y operador.

En el mencionado real decreto se establecieron los compromisos y el programa de investigación conjunto para los tres permisos de investigación mencionados, con posibilidad de renunciar a los permisos al finalizar cada uno de los períodos indicados en el artículo 2.2.

Con fecha 3 de enero de 2013, «Capricorn Spain Limited» presentó una solicitud de renuncia total al permiso de investigación «Albufera», a la que adjuntaba la documentación correspondiente. En este caso, deberá procederse según lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, y el artículo 73 del Reglamento de la Ley sobre Investigación y Explotación de Hidrocarburos de 27 de junio de 1974, aprobado por Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio, estando el operador obligado a justificar a plena satisfacción de la Administración, la realización de los trabajos e inversiones señalados en el artículo 2 del Real Decreto 1775/2010, de 23 de diciembre.

Examinada la documentación presentada, y teniendo en cuenta lo establecido en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, y el vigente Reglamento de la Ley sobre Investigación y Explotación de Hidrocarburos, se consideran cumplidas las condiciones establecidas en la normativa vigente para aceptar la renuncia total del permiso de investigación «Albufera» presentada por su titular. En particular, cabe señalar el cumplimiento del artículo 73 del citado Reglamento, relativo a la documentación presentada en la solicitud de renuncia: Estadística según años de vigencia de los trabajos realizados, estudio completo de los resultados obtenidos, análisis contable por años de vigencia de las inversiones efectuadas, y justificantes del pago del canon de superficie correspondiente a todo el periodo de vigencia antes de la extinción o renuncia.

Tramitado el expediente por la Dirección General de Política Energética y Minas con arreglo a lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, y en el Reglamento de la Ley sobre Investigación y Explotación de Hidrocarburos de 27 de junio de 1974, aprobado por Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio, teniendo en cuenta que el Estado no sacará a concurso la adjudicación de las áreas extinguidas, resuelvo:

Primero.

Declarar extinguido, por renuncia de su titular, el permiso de investigación de hidrocarburos denominado «Albufera», cuyas áreas son las delimitadas en el Real Decreto 1775/2010, de 23 de diciembre, por el que se otorgan los permisos de investigación de hidrocarburos denominados «Albufera», «Benifayó» y «Gandía».

Segundo.

De acuerdo con lo dispuesto la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, y el artículo 77 del Reglamento de la Ley sobre Investigación y Explotación de Hidrocarburos de 27 de junio de 1974, aprobado por Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio, las áreas extinguidas del citado permiso revierten al Estado y adquirirán la condición de francas y registrables.

Tercero.

El titular deberá poner a disposición de la Dirección General de Política Energética y Minas toda la documentación técnica generada por los trabajos de investigación, a los efectos de actualizar o completar la información disponible en el Archivo Técnico de Hidrocarburos del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

Cuarto.

El titular llevará a cabo el programa de trabajos e inversiones comprometidos con el Real Decreto 1775/2010, de 23 de diciembre, en el área de los permisos de investigación «Benifayó» y «Gandía».

Quinto.

Por la Dirección General de Política Energética y Minas se procederá a la devolución de la garantía presentada para responder del cumplimiento de las obligaciones emanadas de la ley y el reglamento citados, y del Real Decreto 1775/2010, de 23 de diciembre, de otorgamiento del permiso «Albufera», según lo establecido en el artículo 34.2 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.

Sexto.

Esta orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo con arreglo a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 26 de febrero de 2014.–El Ministro de Industria, Energía y Turismo, P. D. (Orden IET/556/2012, de 15 de marzo), el Secretario de Estado de Energía, Alberto Nadal Belda.

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