Vista la solicitud presentada de fecha 4 de febrero y entrada en el Registro General de la Universidad de Alicante con fecha 12 de febrero, por don Julio Daniel Rossi, Profesor Titular de Universidad con dedicación a tiempo completo, adscrito al Departamento de Análisis Matemático de esta Universidad, con número de Registro Personal 131935N A0504 y número de Pasaporte 21003531N.
Considerando que los artículos 63 y 64 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, contemplan, como una de las causas de la pérdida de la condición de funcionario, la renuncia, que será aceptada siempre que el funcionario lo manifieste por escrito y el mismo no esté sujeto a expediente disciplinario o haya sido dictado en su caso auto de procesamiento o de apertura de juicio oral por la comisión de algún delito, sin que conste que el solicitante se encuentre en ninguna de estas circunstancias.
A propuesta del Vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado.
En uso de las atribuciones que me han sido conferidas por el artículo 64 de los Estatutos de la Universidad de Alicante, he resuelto:
Aceptar la renuncia formulada por don Julio Daniel Rossi, Profesor Titular de Universidad a tiempo completo, adscrito al Departamento de Análisis Matemático, número de Registro Personal 131935N A0504 y número de pasaporte 21003531N, a su condición de funcionario de carrera de los cuerpos docentes universitarios, con pérdida de todos los derechos adquiridos y causando baja en el citado Cuerpo.
La renuncia surtirá efectos a partir del día 4 de febrero 2014, siendo este su último día de prestación de servicios en esta Universidad.
Notificar la presente Resolución a don Julio Daniel Rossi y trasladarla al Servicio de Recursos Humanos, a la Dirección del Departamento de Análisis Matemático, al Consejo de Universidades, al Registro Central de Personal, y ordenar su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de la Comunidad Valenciana».
La presente Resolución, a tenor de lo dispuesto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, agota la vía administrativa, pudiendo interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el Rector o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Alicante, en el plazo de un mes en el primer caso y de dos meses en el segundo, contados ambos desde el día siguiente a la notificación de esta Resolución.
Alicante, 27 de febrero de 2014.–El Rector, Manuel Palomar Sanz.
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