La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, estimó el recurso contencioso-administrativo, procedimiento ordinario 412/201, interpuesto por don Carlos Javier Oliva Hernández, sobre las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, por el sistema general de promoción interna, convocadas por Orden JUS/1654/2010, de 31 de mayo.
Este Ministerio, en cumplimiento del fallo de la sentencia n.º 190/2013 de 8 de febrero de 2013, resolvió nombrar al Tribunal Calificador correspondiente para proceder al cumplimiento de la sentencia, recaída en el citado recurso.
Realizado y superado el segundo ejercicio, el aspirante aportó la documentación acreditativa de la fase de concurso y, habiendo quedado vacantes en el ámbito territorial de Canarias por el que concurría, el Tribunal Calificador elevó a la Secretaría de Estado de Justicia la propuesta definitiva de aprobado.
En consecuencia, este Ministerio ha resuelto lo siguiente:
Modificar el anexo I del Acuerdo de 6 de abril de 2011, del Tribunal Calificador Único, incluyendo a don Carlos Javier Oliva Hernández en el turno general del ámbito de Canarias con una puntuación de la fase de oposición de 105,25 puntos.
Modificar el anexo I del Acuerdo de 13 de julio de 2011, otorgando a don Carlos Javier Oliva Hernández una puntuación en la relación definitiva de méritos de la fase de concurso de 42 puntos.
Rectificar la Orden JUS/2083/2011, de 15 de julio, por la que se publica la relación definitiva de aprobados del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, acceso por promoción interna, convocadas por Orden JUS/1654/2010, de 31 de mayo («BOE» de 22 de junio), incluyendo en su anexo II, en el Ámbito de Canarias -sistema general- con el número 12 bis, a don Carlos Javier Oliva Hernández, con DNI 78472135 E, que por la puntuación final de 147,25 puntos (1.º ejercicio 50,50 + 2.º ejercicio 54,75 + concurso de méritos 42,00), le corresponde.
En el plazo de veinte días naturales, contados a partir de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», el aspirante deberá presentar en el Registro General del Ministerio de Justicia, Secretaría de Estado de Justicia, calle La Bolsa, número 8, 28071 Madrid, o por los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los documentos siguientes:
a) Declaración jurada de no hallarse comprendido en causa de incompatibilidad ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, en vía disciplinaria o judicial, ni haber sido separado mediante procedimiento disciplinario de ninguno de los Cuerpos al servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, salvo que hubiera sido rehabilitado (anexo I).
b) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, expedido por el Facultativo de Medicina General del Sistema Nacional de Salud que le corresponda al interesado.
Si tiene la condición de discapacitado, con grado igual o superior al 33 por 100, deberá presentar certificación de los órganos competentes o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, que acredite tal condición y su compatibilidad funcional para desempeñar las tareas propias del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, salvo que lo hubiera presentado ya junto con la solicitud de participación.
c) El Certificado de Penales será aportado de oficio por la Secretaría de Estado de Justicia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 35.f) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
d) Además de la anterior documentación, o bien cumplimentará el anexo II de la presente Orden, por el que preste expresamente su consentimiento para que sus datos de identidad personal y titulaciones puedan ser consultados y verificados de oficio, o bien deberá presentar la siguiente documentación:
– Nacionalidad: Dos Fotocopias del documento nacional de identidad.
– Titulación: Fotocopia compulsada del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso, a efectos académicos y profesionales. Este requisito no será de aplicación si el aspirante hubiera obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario (Directiva 89/48/Cc/EE).
Si el aspirante tuviera la condición de funcionario público estará exento de justificar aquellas condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependa, por la que se acredite su condición y requisitos para ser nombrado funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa.
Si dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor no presentare la documentación o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos exigidos en las bases de la Orden de Convocatoria que rigen este proceso selectivo, no podrá ser nombrado funcionario en prácticas y quedaran anuladas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiere podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante este departamento, en el plazo de un mes o contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses. En ambos casos el plazo se contará a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 4 de marzo de 2014.–El Ministro de Justicia, P. D. (Orden JUS/ 2225/2012, de 5 de octubre), el Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, Ricardo Gonzalo Conde Diez.
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