Por Orden JUS/1161/2013 de 29 de mayo y de acuerdo con el artículo 46.c), de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, por el Ministro de Justicia, se declaró con fecha 29 de mayo de 2013 la pérdida de la condición de fiscal a don Juan Antonio Frago Amada, al haber sido declarado autor de una falta continuada muy grave del artículo 62.2 del citado cuerpo legal, imponiéndole, por Resolución de 25 de marzo de 2013 la sanción de separación del servicio.
Por Sentencia Derechos Fundamentales 1/2013, de 1 de octubre de 2013, de la Sección 3.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, se declaró nula de pleno derecho la Resolución del Secretario de Estado de Justicia de fecha 25 de marzo de 2013 por delegación del Ministro de Justicia, por la que se le impuso a don Juan Antonio Frago Amada la sanción de separación del servicio y por Auto de 12 de febrero de dos mil catorce de la citada Sala y Sección de la Audiencia Nacional, en ejecución provisional de la sentencia anterior, ordena a la administración demandada que don Juan Antonio Frago Amada «sea repuesto en su condición de funcionario miembro del Ministerio Fiscal, con todas las consecuencias administrativas y económicas derivadas de ello».
En su virtud, este Ministerio de Justicia de conformidad con lo establecido en el artículo 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la Ley de la jurisdicción Contencioso-Administrativa, resuelve:
Reponer a don Juan Antonio Frago Amada, en su condición de miembro del Ministerio Fiscal, dejando sin efecto la Orden JUS/1161/2013, de 29 de mayo, reintegrándole a su puesto de trabajo en la Fiscalía Provincial de A Coruña, con reconocimiento de cuantos derechos hubieran resultado afectados por la Resolución del Secretario de Estado de Justicia de fecha 25 de marzo de 2013, por delegación del Ministro de Justicia.
Contra la presente orden cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a tenor de lo establecido en el artículo 11.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y, potestativamente, el de reposición ante este Ministerio en el plazo de un mes, contados ambos plazos desde el día siguiente al de su notificación.
Madrid, 20 de febrero de 2014.–El Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez.
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