Como consecuencia de la desafección de diversas instalaciones militares del Ejército del Aire, que han dejado de ser de interés para la Defensa Nacional, es necesario suprimir las zonas de seguridad de las mismas, declaradas en cumplimiento de lo establecido en la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional.
En su virtud, dispongo:
Quedan suprimidas las zonas de seguridad de las siguientes instalaciones:
a) Estación depuradora de aguas de La Contraparada, afecta a la Escuela Militar de Paracaidismo «Méndez Parada» en Murcia.
b) Instalación militar ubicada en el cerro de los Pimientos, Javalí Nuevo en Murcia.
Quedan derogadas las siguientes disposiciones:
a) Orden 28/1982, de 19 de febrero, por la que se señala la zona de seguridad de la estación depuradora de aguas de la Contraparada, afecta a la Escuela Militar de Paracaidismo «Méndez Parada» en Murcia.
b) Orden 84/1983, de 17 de noviembre, por la que se señala la zona de seguridad de la instalación militar en Javalí Nuevo (Murcia).
La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 7 de marzo de 2014.–El Ministro de Defensa, Pedro Morenés Eulate.
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