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Documento BOE-A-2014-3050

Resolución de 13 de marzo de 2014, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de prórroga del Convenio de colaboración entre la Xunta de Galicia, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Entidad Pública Empresarial Red.es, para el desarrollo de servicios públicos digitales en el Sistema Nacional de Salud, programa "Sanidad en Línea Fase II".

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 21 de marzo de 2014, páginas 24937 a 24939 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2014-3050

TEXTO ORIGINAL

La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, la Conselleira de Sanidad y Presidenta del Servicio Gallego de Salud y el Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, han suscrito, con fecha 27 de diciembre de 2013, un Acuerdo de prórroga del Convenio trilateral de colaboración para el desarrollo de servicios públicos digitales en el Sistema Nacional de Salud, programa «Sanidad en Línea Fase II».

Para general conocimiento y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se dispone la publicación del referido acuerdo de prórroga, como anexo a la presente resolución.

Madrid, 13 de marzo de 2014.–El Subsecretario de la Presidencia, Jaime Pérez Renovales.

ANEXO
Acuerdo de prórroga del Convenio trilateral de colaboración entre Conselleria de Sanidade de la Xunta de Galicia, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (anteriormente Ministerio de Sanidad y Política Social) y la Entidad Pública Empresarial Red.es para el desarrollo de servicios públicos digitales en el Sistema Nacional de Salud, Programa «Sanidad en línea Fase II»

En Madrid, a 27 de diciembre 2013.

REUNIDOS

De una parte, doña Ana Mato Adrover, Ministra de Sanidad y Servicios Sociales e Igualdad, en virtud del Real Decreto 1826/2011 de 21 de Diciembre, por el que se dispone su nombramiento y actuando en el ejercicio de la competencia que le otorga el artículo 4.1 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno así como el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado.

De otra parte, doña Rocío Mosquera Álvarez, Conselleira de Sanidad y Presidenta del Servicio Gallego de Salud, organismo autónomo adscrito a dicha consellería, de acuerdo con lo establecido en el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidencia, modificada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre, y de conformidad con los Decretos 41/2013 e 43/2013, de 21 de febrero (modificados por Decreto 111/2013, de 4 de julio), por los que se establecen las estructuras orgánicas de la Consellería de Sanidad y del Servicio Gallego de Salud, respectivamente, y de conformidad con lo establecido en la Ley 4/2006, de 30 de junio, de transparencia y buenas prácticas en la administración pública gallega, así como en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

De otra parte, don César Miralles Cabrera, en nombre y representación de la entidad pública empresarial Red.es, en su calidad de Director General, habilitado para este acto en virtud de las facultades delegadas a su favor por el Consejo de Administración en su reunión de 14 de noviembre de 2008 de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero por el que se aprueba el Estatuto de la entidad pública empresarial Red.es.

El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (en adelante, «MSSSI»), la Consellería de Sanidade de la Xunta de Galicia (en adelante, «la CCAA») y la Entidad Pública Empresarial Red.es (en adelante «RED.ES»), podrán ser denominadas, individualmente, «la Parte» y, conjuntamente, «las Partes».

Todas las Partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir el presente Acuerdo y en su virtud,

EXPONEN

Primero.

Que en fecha 2 de junio de 2009, el MSSSI (antes denominado Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad), el Ministerio de Industria, Energía y Turismo (antes denominado Ministerio de Industria, Turismo y Comercio) y Red.es suscribieron el «Convenio Marco de Colaboración para el desarrollo de servicios públicos digitales en el sistema de nacional de salud, Programa Sanidad en línea Fase II» (en adelante, «el Convenio Marco»), que fue ampliado mediante un nuevo convenio firmado con fecha 25 de Octubre de 2010 y prorrogado mediante Adenda el 25 de octubre de 2011.

Segundo.

Que, de acuerdo con la Cláusula Quinta del Convenio Marco, «las Comunidades Autónomas que así lo deseen, así como el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria para las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, podrán participar en el desarrollo de las acciones previstas en dicho Convenio Marco de Colaboración, asumiendo los derechos y obligaciones que les correspondan, en los términos y condiciones recogidos en el mismo mediante la suscripción de Convenios específicos».

Tercero.

Que las Partes, con fecha 05 de octubre de 2009, suscribieron el «Convenio Trilateral de colaboración entre la Consellería de Sanidade de la Xunta de Galicia, el Ministerio de Sanidad y Política Social y la Entidad Pública Empresarial Red.es para el desarrollo de servicios públicos digitales en el Sistema Nacional de Salud, Programa Sanidad en Línea Fase II» (en adelante, «el Convenio Trilateral») que fue prorrogado mediante Adenda el 26 de diciembre de 2012.

Cuarto.

Que, con fecha 22 de octubre de 2013, se ha acordado la prórroga del Convenio Marco con el fin de completar la ejecución de la totalidad de las actuaciones establecidas en los convenios con las Comunidades no previéndose que pudieran completarse todas ellas a fecha 31 de diciembre de 2013. Del mismo modo, para cubrir estas actuaciones, es necesario prorrogar el Convenio Trilateral.

En virtud de lo anteriormente expuesto, las Partes

ACUERDAN

Único.

Prorrogar el Convenio Trilateral hasta el 31 de diciembre de 2014, sin perjuicio de la continuación de las actuaciones previstas en el mismo hasta su completa ejecución. La presente prórroga no conlleva incremento de gastos ni redistribución temporal de los compromisos económicos asumidos por el MSSSI Y Red.es en el Convenio Marco.

Y para que así conste, las Partes suscriben el presente Acuerdo en Madrid, en tres ejemplares y a un solo efecto, en la fecha que consta en la última firma digital realizada.–Ana Mato Adrover, Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.–Rocío Mosquera Álvarez, Conselleira de Sanidad y Presidenta del Servicio Gallego de Salud.–César Miralles Cabrera, Director General de la entidad pública empresarial Red.es.

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