Habiéndose declarado firme en vía administrativa la sanción impuesta a la entidad Caja Madrid Bolsa, S.V., S.A. (actualmente, Bankia Bolsa, S.V., S.A.), por la Comisión de una infracción grave tipificada en la letra x bis) del artículo 100 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 103 de dicho texto legal, la sanción impuesta mediante Resolución del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de fecha 18 de abril de 2013 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente fallo:
Imponer a Caja Madrid Bolsa, S.V., S.A. (actualmente, Bankia Bolsa, S.V., S.A.), por la Comisión de una infracción grave de las previstas en el artículo 100 x bis), en relación con el artículo 83 quáter, ambos de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, por la falta de comunicación a la CNMV, de las transacciones intermediadas sobre acciones de Parquesol Inmobiliaria y Proyectos, S.A., ordenadas por Caixa Galicia, en el período comprendido entre el 26 de junio y el 12 de septiembre de 2008, una multa por importe de 40.000 euros (cuarenta mil euros).
La resolución que impone las sanciones indicadas en la presente publicación, únicamente es firme en vía administrativa, sin perjuicio de las potestades de revisión jurisdiccional que corresponden a la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, competente para conocer de los recursos que en su caso se hayan interpuesto o pudieran interponerse.
Madrid, 16 de enero de 2014.–La Presidenta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, María Elvira Rodríguez Herrer.
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