Habiéndose declarado firme en vía administrativa la sanción impuesta a Banco Santander, S.A., por la Comisión de una infracción muy grave tipificada en la letra z) bis del artículo 99 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 102 de dicho texto legal, la sanción impuesta mediante Orden ministerial de fecha 23 de enero de 2013 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente fallo:
Imponer a Banco Santander, S.A., por la Comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 99, letra z) bis, de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, por el incumplimiento de las obligaciones de información establecidas en el apartado 6 del artículo 79 bis) del mismo texto legal, por no obtener la información necesaria de clientes asesorados en el proceso de suscripción de la emisión de Participaciones Preferentes Serie X que le permitiera evaluar la idoneidad del producto, así como, por haber cometido deficiencias significativas en la evaluación de la idoneidad realizada para determinados clientes que suscribieron dichos valores en el ámbito del servicio de asesoramiento en materia de inversiones, una multa por importe de 1.000.000 de euros (un millón de euros).
La resolución que impone las sanciones indicadas en la presente publicación, únicamente es firme en vía administrativa, sin perjuicio de las potestades de revisión jurisdiccional que corresponden a la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, competente para conocer de los recursos que en su caso se hayan interpuesto o pudieran interponerse.
Madrid, 16 de enero de 2014.–La Presidenta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, María Elvira Rodríguez Herrer.
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