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Documento BOE-A-2014-3116

Resolución de 16 de enero de 2014, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se publican las sanciones por infracción muy grave impuestas a Parquesol Inmobiliaria y Proyectos, SA a Grupo Empresarial San José, SA; y a don Santiago Martínez Carballal.

Publicado en:
«BOE» núm. 70, de 22 de marzo de 2014, páginas 25066 a 25066 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comisión Nacional del Mercado de Valores
Referencia:
BOE-A-2014-3116

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose declarado firmes en vía administrativa las sanciones impuestas a la entidad Parquesol Inmobiliaria y Proyectos, S.A., a Grupo Empresarial San José, S.A., y a don Santiago Martínez Carballal por la Comisión, por cada uno de ellos, de una infracción muy grave tipificada en la letra i) del artículo 99 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en relación con lo establecido en el artículo 83 ter del mismo texto legal, se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 102 de dicho texto legal, las sanciones impuestas mediante Orden ministerial con fecha 16 de mayo de 2013 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente fallo:

Imponer a Parquesol Inmobiliaria y Proyectos, S.A. –CIF n.º A-47490511– (absorbida por Grupo Empresarial San José, S.A. CIF n.º A-36046993), por la Comisión de una infracción muy grave de las previstas en el artículo 99, letra i), de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en relación con el artículo 83 ter del mismo texto legal, por la realización de prácticas de manipulación de mercado en relación con las acciones de Parquesol Inmobiliaria y Proyectos, S.A., en el período comprendido entre el 3 de septiembre y el 12 de diciembre de 2007, una sanción de multa por importe de 100.000 euros (cien mil euros).

Imponer a Grupo Empresarial San José, S.A. –CIF n.º A-36512978– (absorbida por Grupo Empresarial San José, S.A. CIF n.º A-36046993), por la Comisión de una infracción muy grave de las previstas en el artículo 99, letra i), de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en relación con el artículo 83 ter del mismo texto legal, por la realización de prácticas de manipulación de mercado en relación con las acciones de Parquesol Inmobiliaria y Proyectos, S.A., en el período comprendido entre el 3 de septiembre y el 12 de diciembre de 2007, una sanción de multa por importe de 120.000 euros (ciento veinte mil euros).

Imponer a don Santiago Martínez Carballal, por la Comisión de una infracción muy grave de las previstas en el artículo 99, letra i), de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en relación con el artículo 83 ter del mismo texto legal, por la realización de prácticas de manipulación de mercado en relación con las acciones de Parquesol Inmobiliaria y Proyectos, S.A., en el período comprendido entre el 3 de septiembre y el 12 de diciembre de 2007, una sanción de multa por importe de 20.000 euros (veinte mil euros).

La resolución que impone las sanciones indicadas en la presente publicación, únicamente es firme en vía administrativa, sin perjuicio de las potestades de revisión jurisdiccional que corresponden a la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, competente para conocer de los recursos que en su caso se hayan interpuesto o pudieran interponerse.

Madrid, 16 de enero de 2014.–La Presidenta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, María Elvira Rodríguez Herrer.

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