Visto el expediente de indulto de don Francisco Suárez Hernández, condenado por la Audiencia Provincial de Valencia, sección primera, en sentencia de 2 de febrero de 2011, como autor de un delito contra la salud pública a la pena de tres años y seis meses de prisión, accesoria de inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo por igual tiempo y multa de 360 euros, por hechos cometidos en el año 2009, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias del condenado, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de abril de 2014,
Vengo en indultar a don Francisco Suárez Hernández la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 4 de abril de 2014.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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