Está Vd. en

Documento BOE-A-2014-564

Resolución de 19 de diciembre de 2013, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio específico de colaboración con la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en materia de estadística, año 2013.

Publicado en:
«BOE» núm. 17, de 20 de enero de 2014, páginas 3205 a 3210 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2014-564

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Convenio específico de colaboración suscrito entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y la Consejería de Agricultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en materia de estadística, año 2013, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 19 de diciembre de 2013.–El Subsecretario de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Jaime Haddad Sánchez de Cueto.

ANEXO
Convenio específico de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y la Consejería de Agricultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en materia de estadística, año 2013

En Madrid, 28 de noviembre de 2013.

REUNIDOS

De una parte, don Jaime Haddad Sánchez de Cueto, Subsecretario de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, en virtud del Real Decreto 2024/2011, de 30 de diciembre, por el que se dispone su nombramiento, en nombre y representación del citado Departamento, conforme a las atribuciones delegadas en la Orden AAA/838/2012, de 20 de abril («Boletín Oficial del Estado» del 24), sobre delegación de competencias del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, modificada por Orden AAA/1402/2012, de 19 de junio («Boletín Oficial del Estado» del 28).

Y de otra, doña María Luisa Soriano Martín, Consejera de Agricultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en virtud del nombramiento efectuado por Decreto 75/2011, de 27 de junio de 2011 («DOCM» n.º 122 del 27); cuya competencia para la firma del presente convenio se deriva de las funciones representativas de carácter institucional que le corresponden por razón de su cargo y a tenor de la referencia general al respecto contenida en el artículo 23 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha («DOCM» n.º 143, de 6 de octubre), y en virtud del Decreto 126/2011, de 7 de julio de 2011 («DOCM» n.º 133 del 9), modificado por el Decreto 263/2011, de 30 de agosto («DOCM» n.º 173, de 2 de septiembre) por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de dicha Consejería de Agricultura.

Ambas partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente Convenio específico de colaboración y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero.

Que el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente actúa conforme a lo establecido en el artículo 149.1.31ª de la Constitución Española, que reserva de forma exclusiva al Estado la competencia en materia de estadística para fines estatales.

Por otra parte, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha asumido la competencia exclusiva sobre las estadísticas para fines de la Comunidad Autónoma, de conformidad con lo previsto en el artículo 31.1.24ª de su Estatuto de Autonomía.

Segundo.

Que existe una creciente trayectoria de cooperación en materia de elaboración de estadísticas agroalimentarias entre la Administración General del Estado y la de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en el ámbito de sus respectivas competencias. Esta cooperación se ha materializado mediante la suscripción, con fecha 20 de marzo de 2009, de un convenio marco de colaboración en materia de estadística el cual ha sido prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2013, en virtud del Acuerdo suscrito con fecha 28 de diciembre de 2012.

Tercero.

Que el citado convenio marco, prevé, en su cláusula tercera, la suscripción de convenios específicos de colaboración que determinarán las acciones que constituyen su objeto, los compromisos que asumen las partes y su financiación.

Cuarto.

Que las partes consideran conveniente la armonización y comparabilidad de las estadísticas elaboradas en virtud de sus competencias, así como el establecimiento de una única fuente de recogida de información, que evite duplicidades, divergencias y molestias al informante y minimice el coste que supone la ejecución del Programa Estadístico, garantizando el suficiente grado de cobertura, fiabilidad y oportunidad, acorde con las exigencias de la normativa nacional y de la Unión Europea.

Quinto.

Que el artículo 6, apartado 1, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, habilita a la Administración General del Estado y a los Órganos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, para celebrar convenios de colaboración entre sí y en el ámbito de sus respectivas competencias.

Consecuentemente, las partes están habilitadas para la suscripción de este Convenio específico, el cual quedará fuera del ámbito de aplicación del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, excepto para la resolución de las dudas y de las lagunas que pudieran presentarse, en cuyo caso serán de aplicación los principios de dicho texto legal.

Por todo lo expuesto, las partes suscriben el presente Convenio específico de colaboración, con sujeción a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente Convenio específico de colaboración tiene por objeto establecer la acción conjunta de las partes firmantes, en materia de estadística agraria, ganadera y de pesca, para llevar a cabo, durante el año 2013, las funciones precisas en la recogida de información en explotaciones agrarias, establecimientos, empresas industriales y mercados de productos agrarios; así como la grabación y validación de los mismos, en el ámbito territorial de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para la ejecución del Programa de Estadísticas.

Segunda. Actuaciones.

1. Ambas partes se comprometen al desarrollo de las siguientes actuaciones:

a) Aprobación y ejecución del plan específico de actuación conjunta de ambas administraciones en materia de estadística agraria, ganadera y de pesca, contenido en el anexo, y actuando cada una en el ámbito de sus respectivas competencias en el desarrollo de los citados planes.

b) Establecimiento de objetivos de interés común para la realización coordinada y conjunta de las referidas operaciones estadísticas, en el ámbito de sus respectivas competencias.

2. La Consejería de Agricultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se compromete a realizar las siguientes actuaciones:

a) Las operaciones estadísticas precisas para la ejecución de su programa de estadísticas en ejercicio de su competencia exclusiva sobre las estadísticas para fines de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

b) Realizar las operaciones estadísticas recogidas en el anexo adjunto a este Convenio, y posterior entrega de los resultados obtenidos al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, de acuerdo con los calendarios que se establezcan.

c) Financiar los trabajos estadísticos con cargo a las dotaciones presupuestarias asignadas por la Comunidad Autónoma en los Presupuestos del Ejercicio 2013, por la cantidad de cinco mil euros (5.000,00 euros).

3. El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente se compromete a realizar las siguientes actuaciones:

a) La integración de las operaciones en materia de estadística objeto de este Convenio, realizadas por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, recogidas en el anexo sobre características metodológicas y presupuesto de financiación del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, para la realización del Programa de Estadísticas.

b) Financiar con la cantidad de cincuenta y tres mil doscientos cincuenta y siete euros con diez céntimos (53.257,10 euros), aquella parte de los trabajos que debe realizar la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha conducentes a la realización del Programa de Estadísticas.

Tercera. Financiación y forma de pago.

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente abonará a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha la cantidad de cincuenta y tres mil doscientos cincuenta y siete euros con diez céntimos (53.257,10 euros), por las funciones realizadas, de acuerdo con lo previsto en la cláusula segunda, con cargo a la aplicación presupuestaria 23.02.451O.640.08, de los Presupuestos Generales del Estado de 2013.

El pago de la cantidad citada se realizará mediante transferencia a la cuenta bancaria, códigos: 2105.0036.11.125.0061605, previa comprobación de las funciones realizadas por la Comunidad Autónoma, de acuerdo con el siguiente régimen de pagos:

A) El 70 por ciento del importe global, treinta y siete mil doscientos setenta y nueve euros con noventa y siete céntimos (37.279,97 euros), una vez firmado el presente Convenio, y comprobados los trabajos realizados por dicho importe, y certificada la conformidad de los mismos por el Ministerio.

B) El 30 por ciento del importe global, quince mil novecientos setenta y siete euros con trece céntimos (15.977,13 euros), con fecha de referencia 30 de noviembre de 2013, previa recepción de conformidad por el Ministerio.

Cuarta. Duración.

El presente Convenio surtirá efectos desde el día de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2013.

Quinta. Extinción del Convenio.

La extinción del presente Convenio de colaboración será por cumplimiento o por resolución. Son causas de resolución:

El mutuo acuerdo de las partes intervinientes.

El incumplimiento de algunas cláusulas contenidas en el mismo.

Cualesquiera otras previstas en la legislación que le sean aplicables.

En el caso de resolución anticipada del convenio las actuaciones en curso continuarán efectuándose hasta su completa finalización, pero no se iniciarán nuevas actuaciones.

Sexta. Jurisdicción.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y se halla excluido del ámbito de aplicación del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en virtud de lo establecido en el artículo 4.1.c) de la mencionada norma.

Las controversias que pudiesen plantearse sobre la interpretación y ejecución del presente Convenio, deberán ser resueltas por la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de este orden jurisdiccional.

Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de cuanto queda convenido, las partes firman el presente Convenio específico de colaboración, por triplicado ejemplar y en todas sus hojas, en el lugar y la fecha al inicio indicados.–El Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, P. D. (Orden AAA/838/2012, de 20 de abril), el Subsecretario de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Jaime Haddad Sánchez de Cueto.–La Consejera de Agricultura, María Luisa Soriano Martín.

ANEXO
Listado general de operaciones estadísticas, características metodológicas y presupuesto de financiación del Ministerio

(Convenio específico de colaboración Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente – Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha/2013)

N.º

Denominación

Clase de operación

Objetivos

Campo de observación

Periodicidad

Desagregación territorial de resultados

Demandantes de su ejecución

Presupuesto de Financiación del Ministerio

1

Avances Mensuales de Superficies y Producciones Agrícolas

Elaboración de síntesis

Determinación de superficies y producciones de los cultivos más representativos

Zonas ocupadas por los principales cultivos

Mensual

Provincia

Ministerio

Programa 2013

Operación

6004 UE

3.670,00

2

Estadísticas sobre Superficies y Producciones Anuales de Cultivos

Elaboración de síntesis

Determinación de superficies, rendimientos y producciones de los diferentes cultivos

Zonas ocupadas por los cultivos

Anual

Provincia y municipio

Ministerio

Programa 2013

Operación

6005 UE

2.446,60

3

Estadísticas sobre Efectivos de Ganado (directorios y encuestas)

Constitución de marcos, diseño muestral y realización de encuestas

Determinación de efectivos de ganado de acuerdo a una tipología definida

Explotación con bovino, ovino-caprino y porcino

Semestrales y anuales

Municipio-estrato de explotaciones

Ministerio

Programa 2013

Operación

6007 UE

16.209,60

4

Estadísticas de Producciones Ganaderas (directorios y encuestas)

Constitución de marcos, diseño muestral y realización de encuestas

Efectivos sacrificados por tipos, producción de carne-canal y destino.

Otras producciones ganaderas.

Mataderos y otros centros

Anual (censo) Mensual (muestra)

Comunidad autónoma y provincia

Ministerio

Programa 2013

Operación

6008 UE

1.930,00

5

Encuestas Mensuales y Anual de Salas de Incubación

Constitución de marcos, diseño muestral y realización de encuestas

Conocimiento de la actividad y estructura de las salas de incubación para la estimación de la producción de huevos y carne de aves

Salas de incubación

Mensual y anual

Comunidad autónoma

Ministerio

Programa 2013

Operación

6009 UE

623,40

6

Evaluación del movimiento comercial pecuario

Elaboración de síntesis

Conocimiento del movimiento interprovincial de ganado

Explotaciones

Anual

Provincial

Ministerio

Programa 2013

UE

193,00

7

Precios Coyunturales de Productos Agrícolas y Ganaderos

Información estadística de mercado

Obtención de precios medios de los productos agrícolas y ganaderos y tipologías más importantes, en mercados representativos

Productores, entidades comercializadoras, explotaciones agrarias, asociaciones en zonas de producción

Diario y semana (agrícolas).Semanal y mensual (ganaderos)

Zonas de producción y provincias

Ministerio

Programa 2013

Operación

6344 y 6345

UE

6.413,50

8

Precios Medios Nacionales

Información estadística de mercado

Obtención de precios medios para diversos productos agrarios

Productores, entidades comercializadoras, explotaciones agrarias, asociaciones en zonas de producción

Semanal

Zonas de producción y provincias

Ministerio

Programa 2013

Operación

6346 UE

8.906,50

9

Estadísticas Mensuales y Anuales de Precios y Salarios Agrarios

Encuestas por muestreo

Obtención de precios medios ponderados y cálculo de índices de percibidos (203 clases) y pagados (120 clases) por los agricultores y salarios (19 clases)

Productores, entidades comercializadoras, explotaciones agrarias, asociaciones

Mensual y anual

Nacional

Ministerio

Programa 2013

Operación

6347 UE

8.557,60

10

Precios Medios Anuales de las Tierras de Uso Agrario

Encuesta por muestreo

Obtención de precios medios de las tierras de uso agrario por CC.AA., para diversos tipos de aprovechamiento

Provincias y clases de uso de suelos más representativas

Anual

Comunidad autónoma y provincia

Ministerio

Programa 2013

Operación

6348 UE

1.331,30

11

Cánones Anuales de Arrendamientos Rústicos

Encuesta por muestreo

Obtención de cánones de arrendamiento medios por CC.AA., para diversos tipos de aprovechamiento

Provincias y clases de uso de suelos más representativas

Anual

Comunidad autónoma y provincia

Ministerio

Programa 2013

Operación

6349 UE

2.015,60

12

Cuentas Económicas de la Agricultura

Elaboración de síntesis

Determinación de los principales indicadores macroeconómicos de la actividad agraria

Estadísticas de contenido físico, económico y social

Anual

Nacional y comunidad autónoma

Ministerio

Programa 2013

Operación

6463 UE

960,00

Total (euros)

53.257,10

Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente: Normativa del Departamento y/o interés general.

PEN: Plan Estadístico Nacional (PEN) 2013-2016, aprobado por Real Decreto 1658/2012, de 7 de diciembre (BOE del 8), y Programa anual 2013 de desarrollo del PEN, aprobado por Real Decreto 90/2013, de 8 de febrero (BOE del 13).

UE: Normativa de la Unión Europea (reglamentos, directivas, decisiones, …).

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid