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Documento BOE-A-2014-7850

Orden HAP/1324/2014, de 10 de julio, por la que se corrigen errores en la Orden HAP/1769/2013, de 13 de septiembre, por la que se publica el pliego general de condiciones para la subasta pública al alza de bienes inmuebles propiedad de la Administración General del Estado, mediante el procedimiento de presentación de ofertas en sobre cerrado.

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 24 de julio de 2014, páginas 59063 a 59063 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2014-7850

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en la Orden HAP/1769/2013, de 13 de septiembre, por la que se publica el pliego general de condiciones para la subasta pública al alza de bienes inmuebles propiedad de la Administración General del Estado, mediante el procedimiento de presentación de ofertas en sobre cerrado, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 1 de octubre de 2013, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 79237, en el párrafo tercero, primera línea, donde dice: «A su vez, el artículo 137.3…», debe decir: «A su vez, el artículo 137.2…».

En la página 79239, en la cláusula cuarta, párrafo tercero, donde dice: «De conformidad con lo dispuesto en el artículo 137.6 de la LPAP, los participantes deberán constituir una garantía por un importe del 5% del valor de tasación de los bienes.», debe decir: «Los participantes deberán constituir una garantía por un importe del 5 % del tipo de licitación de los bienes».

En la página 79241, en la cláusula décima, en el párrafo primero, línea tercera, donde dice: «…artículo 115.1 del RLPAP...», debe decir: «…artículo 105.2 del RLPAP…». A continuación, en los párrafos cuarto y quinto, donde dice: «De conformidad con lo previsto en el artículo 113.3 de la LPAP, las enajenaciones de los bienes inmuebles o derechos sobre los mismos se formalizarán en escritura pública. El adjudicatario, una vez otorgada la escritura pública, deberá inscribirla en el Registro de la Propiedad y proceder al cambio del titular ante el Catastro. En dicha escritura se podrá hacer constar…», debe decir: «De conformidad con lo previsto en el artículo 113.1 y 2 de la LPAP, las enajenaciones de los bienes inmuebles o derechos sobre los mismos se formalizarán en escritura pública o documento administrativo, en su caso. El adjudicatario, una vez otorgada la escritura pública o documento administrativo, en su caso, deberá inscribirlo en el Registro de la Propiedad y proceder al cambio del titular ante el Catastro. En dicha escritura o documento administrativo, en su caso, se podrá hacer constar…».

En la página 79242, séptima línea, en el anexo I donde dice: «Licitación: (expresar si se trata de la 1ª subasta):…», debe decir: «Precio o tipo de salida:…».

En la página 79244, cuarta línea, en el anexo III, donde dice: «…celebrada en la Delegación...», debe decir: «…a celebrar en la Delegación…» y en la novena línea donde dice: «…(tachar lo que proceda)...», debe decir: «…(tachar lo que no proceda)...» y en la décimo novena línea, en el anexo IV, donde dice: «-Licitación (…):…», debe decir: «-Precio o tipo de salida…»

Madrid, 10 de julio de 2014.–El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, P.D. (Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio), la Subsecretaria de Hacienda y Administraciones Públicas, Pilar Platero Sanz.

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