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Documento BOE-A-2014-7868

Resolución de 3 de julio de 2014, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica el censo de los buques de palangre de fondo autorizados a pescar merluza en el caladero del Cantábrico Noroeste durante el año 2014, así como la cuota individual de merluza asignada a cada uno.

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 24 de julio de 2014, páginas 59135 a 59138 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2014-7868

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 2.6 de la Orden AAA/1307/2013, de 1 de julio, por la que se establece un plan de gestión para los buques de los censos del caladero nacional del Cantábrico y Noroeste, modificada por la Orden AAA/417/2014, de 17 de marzo,

Esta Secretaría General de Pesca, oído el sector interesado, resuelve:

Primero.

Publicar como anexo el censo de buques de palangre de fondo autorizados a pescar merluza sur en las divisiones VIIIc y IXa del caladero Cantábrico Noroeste en el año 2014, así como la cuota individual de merluza asignada a cada uno.

Segundo.

De acuerdo al artículo 2.6.d de la Orden AAA/1307/2013, de 1 de julio, las condiciones para que un buque de palangre de fondo pueda utilizar sus posibilidades de pesca de merluza y consecuentemente pescar dicha especie, así como hacer transferencia temporal de dichas posibilidades de pesca son las siguientes:

Estar dado de alta en el censo de flota operativa como buque de palangre de fondo y tener el Diario Electrónico A Bordo operativo.

Tercero.

Todos los buques están incluidos en el plan de recuperación de la merluza sur, en especial en lo que hace referencia a los días de limitación de esfuerzo.

Cuarto.

Con carácter general, de acuerdo al anexo IIB del R (UE) 43/2014, todos los buques que cumplan lo dispuesto en el apartado segundo podrán hacer uso de todas las posibilidades de pesca asignadas pero con una limitación de 127 días de pesca para el periodo 1 de febrero de 2014 a 31 de enero de 2015. Si un buque puede demostrar que sus capturas de merluza representan menos del 4 % del peso vivo total del pescado capturado en una marea dada, no se contabilizarán los días de mar asociados a esa marea para el cómputo del número máximo de 127 días de mar.

Quinto.

No obstante lo anterior, de acuerdo a lo establecido en el punto 6.1.a del anexo IIB del Reglamento 43/2014 de 20 de enero, los buques que figuran a continuación se podrán acoger a la condición especial de asignación de días según la cual pueden tener días ilimitados de pesca en 2014 siempre que sus capturas no superen las 5 tn. En el momento en que superen esta cantidad se les aplicará el límite de días de esfuerzo citados en al apartado anterior:

Código

Nombre

7966

ANA JESÚS.

22525

BETI MAURIXIO.

24418

CRUZ Y CRISTO.

22858

EL MARINA.

27385

NUEVO SALORIO.

26097

ROSA DOS MARES.

21777

SUÁREZ VALLE.

27482

VIKINJO.

25650

ARANTZAZUKO IZARRA.

25306

EL CISNE DE.

26311

GURE ITXAS BEGI.

23517

MADRE PILAR.

23014

MAPEI.

26384

MATXAKU.

25858

NUEVA CARLA.

23189

NUEVO CHISU.

22214

NUEVO SANTA BÁRBARA.

24947

OTZARRI BERRIA.

25220

RAIGERJUAN SEGUNDO.

11364

SIEMPRE RUFO.

25528

SIEMPRE VULCANO.

22461

VIENTO Y CALMA.

Sexto.

Esta Resolución producirá efectos para la campaña de pesca de 2014, del 1 de enero al 31 de diciembre.

Madrid, 3 de julio de 2014.–El Secretario General de Pesca, Carlos Domínguez Díaz.

ANEXO
Censo de buques de palangre de fondo autorizados a pescar merluza en el caladero del Cantábrico Noroeste, durante el año 2014, así como cuota individual de merluza asignada a cada uno

Código

Nombre buque

Cuota 2014 (Tn)

23160

AINHOLARA

14,95

7966

ANA JESÚS

14,95

25650

ARANTZAZUKO IZARRA

14,95

24514

ARLANPI

14,95

25023

ATAIN

14,95

24492

BENYJOR

14,95

26670

BETI LAGUN BI

14,95

22525

BETI MAURIXIO

14,95

24418

CRUZ Y CRISTO

14,95

23747

CU CA

14,95

24308

DO XILO

14,95

25306

EL CISNE DE

14,95

25065

EL DAVID

14,95

22858

EL MARINA

14,95

22321

EL PATRÓN

14,95

21766

ENRIC MANUEL

14,95

11350

FARELO

14,95

24356

GURE FÁTIMA

14,95

22262

GURE ITXARKUNDIA

14,95

25501

GURE ITXAROPENA

14,95

26311

GURE ITXAS BEGI

14,95

11353

HERMANOS SAMBAD

14,95

25490

ITOITZ

14,95

26233

KALA BERRI

14,95

23995

LAURA MAR

14,95

25543

MADRE DOLORES

14,95

23517

MADRE PILAR

14,95

25284

MANUEL TERESA

14,95

23014

MAPEI

14,95

22908

MAR DE MEDIO *

14,95

26985

MAR DE PEDRO

14,95

25762

MARES DEL SEÑOR

14,95

26384

MATXAKU

14,95

11380

NAVALIÑO DOS

14,95

23790

NOVAS TERÁN

14,95

25055

NUBERU

14,95

25858

NUEVA CARLA

14,95

24869

NUEVO BRISAS

14,95

26367

NUEVO CARMEN

14,95

23189

NUEVO CHISU

14,95

23476

NUEVO FLECHERO

14,95

27417

NUEVO FRANCÉS

14,95

23532

NUEVO FURUNO

14,95

24496

NUEVO HERMANOS SUÁREZ

14,95

27141

NUEVO MADRE DOLORES

14,95

26008

NUEVO MAR AZUL

14,95

23870

NUEVO MERIMAR

14,95

27421

NUEVO NAUTILUS

14,95

23376

NUEVO PADRE

14,95

27385

NUEVO SALORIO

14,95

22214

NUEVO SANTA BÁRBARA

14,95

23584

NUEVO SATURNO JUAN

14,95

25766

OS CASTRO

14,95

24947

OTZARRI BERRIA

14,95

21836

PICO DA LEBRE

14,95

25220

RAIGERJUAN SEGUNDO

14,95

26097

ROSA DOS MARES

14,95

23553

ROSA LOS MARES

14,95

24758

SAN FIDEL

14,95

21880

SANTA RITA

14,95

23731

SÉPTIMO

14,95

27291

SIEMPRE MARÍA

14,95

11364

SIEMPRE RUFO

14,95

25528

SIEMPRE VULCANO

14,95

21777

SUÁREZ VALLE

14,95

25292

URRESTI BERRIA

14,95

22700

VALENCIA FILGUEIRA

14,95

22461

VIENTO Y CALMA

14,95

27842

VIKINJO

14,95

24390

VIRGEN DE MARES

14,95

Total: 70 barcos

* No podrá hacer uso de sus cuotas ni transferirlas en tanto no regularice su situación.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 03/07/2014
  • Fecha de publicación: 24/07/2014
Materias
  • Cantábrico
  • Censos de buques
  • Cuota de pesca
  • Flota pesquera
  • Material de pesca
  • Pesca marítima
  • Pescado

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