Publicada en el «Boletín Oficial del Estado» la Orden HAP/1354/2014, de 22 de julio, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y acceso por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad, se procede a las siguientes modificaciones:
1. Corrección de errores.
En la página 59797, en el anexo I, I.A), donde dice: «No obstante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 77 del Real Decreto 364/1995, los aspirantes que concurran a la convocatoria de promoción interna que hayan consignado en la solicitud la letra A, estarán exentos de responder a las cuestiones referidas a los temas de Derecho Constitucional y Administrativo del anexo II.1.2, debiendo contestar por escrito un cuestionario de veinte preguntas y realizar el ejercicio en dos horas de realizar este ejercicio.», debe decir: «No obstante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 77 del Real Decreto 364/1995, los aspirantes que concurran a la convocatoria de promoción interna que hayan consignado en la solicitud la letra A, estarán exentos de responder a las cuestiones referidas a los temas de Derecho Constitucional y Administrativo del anexo II.1.2, debiendo contestar por escrito un cuestionario de veinte preguntas y realizar el ejercicio en dos horas.».
En la página 59804, en el anexo II.3, donde dice: «Tema 23. La auditoría de cuentas. Normativa estatal en materia de auditoría de cuentas. Requisitos de las auditorías y de los informes. Los auditores. Entidades sometidas a auditoría.
El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas: Funciones
Tema 24. El control externo de la actividad económico-financiera del Sector Público estatal. El control parlamentario. El control del Tribunal de Cuentas. El Tribunal de Cuentas: competencias y funciones.», debe decir: «Tema 23. La auditoría de cuentas. Normativa estatal en materia de auditoría de cuentas. Requisitos de las auditorías y de los informes. Los auditores. Entidades sometidas a auditoría. El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas: Funciones.
Tema 24. El control externo de la actividad económico-financiera del Sector Público estatal. El control parlamentario. El control del Tribunal de Cuentas. El Tribunal de Cuentas: competencias y funciones.».
En la página 59805, en el anexo III, donde dice: «Vocales: Ignacio Cabetas Bello.», debe decir: «Vocales: José Ignacio Cabetas Bello.».
2. Modificación composición del Tribunal.
En la página 59805, en el anexo III. Habiendo presentado la renuncia por incompatibilidad recogida en el artículo 28.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, como secretaria suplente doña María Luz González Jiménez, donde dice: «Secretaria: Doña María Luz González Jiménez, Cuerpo Técnico de Gestión Catastral.», debe decir: «Secretaria: Doña Isabel González Caballero, Cuerpo Técnico de Hacienda.».
Madrid, 26 de agosto de 2014.–El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, P. D. (Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio), la Subsecretaria de Hacienda y Administraciones Públicas, Pilar Platero Sanz.
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