La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, en sentencia número 16, de fecha 20 de mayo de 2015, confirmada en casación por sentencia de fecha 7 de abril de 2016, del Alto Tribunal, sumario 3/2013, ejecutoria 85/2015, condenó al Policía del Cuerpo Nacional de Policía don Cristóbal González Salado, con DNI número 74.839.293, como autor, entre otros, de un delito de falsificación en documento oficial, a la pena, entre otras, de inhabilitación especial por un año, adscrito a la Comisaría Provincial de Málaga.
Y como quiera que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 5.1.e) de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional; 63.e) y 66 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, «La pena principal o accesoria de inhabilitación especial cuando hubiere adquirido firmeza la sentencia que la imponga produce la pérdida de la condición de funcionario respecto a todos los empleos o cargos especificados en la sentencia».
Esta Secretaría de Estado dispone:
Declarar la pérdida de la condición de funcionario del Policía del Cuerpo Nacional de Policía don Cristóbal González Salado, por la pena de inhabilitación especial a que ha sido condenado.
Madrid, 13 de octubre de 2016.–El Secretario de Estado de Seguridad, Francisco Martínez Vázquez.
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