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Documento BOE-A-2016-1068

Resolución de 25 de enero de 2016, de la Dirección General de Innovación y Competitividad, por la que se publica la Adenda al Convenio de colaboración con la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial de Castilla y León para el desarrollo de la Estrategia Estatal de Innovación, en la Comunidad de Autónoma de Castilla y León, mediante la concesión a ésta de un préstamo con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 29, de 3 de febrero de 2016, páginas 9146 a 9151 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2016-1068

TEXTO ORIGINAL

El pasado 27 de diciembre de 2010 se firmó un Convenio de colaboración entre el Ministerio de Ciencia e Innovación (actual Ministerio de Economía y Competitividad) y la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial de Castilla y León para el Desarrollo de la Estrategia Estatal de Innovación, en la Comunidad de Autónoma de Castilla y León, mediante la concesión a esta de un préstamo con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

El Ministerio de Economía y Competitividad y la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial de Castilla y León (ADE) suscribieron una adenda al Convenio de colaboración mencionado, firmada con fecha 30 de diciembre de 2015 que recoge un nuevo cuadro de amortización del préstamo resultante (68.300.000,00 €) tras un reintegro que la ADE realizó de 1.950.000 euros lo que supone además un reajuste del presupuesto por línea y por anualidad con presupuesto cero para las líneas que corresponden a la cantidad reintegrada.

Por tanto, en cumplimiento del artículo 8.2 párrafo tercero de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y del Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda al Convenio.

En su virtud, resuelvo:

Único.

Hacer pública la presente adenda al Convenio de Colaboración, mediante su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 25 de enero de 2016.–La Directora General de Innovación y Competitividad, Maria Luisa Castaño Marín.

PRIMERA ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD Y LA AGENCIA DE INNOVACIÓN, FINANCIACIÓN E INTERNACIONALIZACIÓN EMPRESARIAL DE CASTILLA Y LEÓN PARA EL DESARROLLO DE LA ESTRATEGIA ESTATAL DE INNOVACIÓN EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEÓN, MEDIANTE LA CONCESIÓN A ESTA DE UN PRÉSTAMO CON CARGO A LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO

REUNIDOS

De una parte, D. Luis de Guindos Jurado, Ministro de Economía y Competitividad, nombrado por Real Decreto 1826/2011, de 21 de diciembre, actuando en virtud del artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, de la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra parte, la Excma. Sra. D.ª M.ª del Pilar del Olmo Moro, Consejera de Economía y Hacienda de la Junta de Castilla y León, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado mediante efectuado mediante acuerdo 8/2015, de 7 de Julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León («BOCyL» n.º 130, del miércoles 8 de julio de 2015), en su condición de Presidenta de la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial de Castilla y León (en adelante, ADE), con capacidad para celebrar este acto por el artículo 15.2 del Decreto 67/2011, de 15 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial de Castilla y León, previo Acuerdo de la Comisión Ejecutiva de 2014.

Reconociéndose mutuamente plena capacidad para suscribir este adenda,

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 27 de diciembre de 2010, el Ministerio de Ciencia e Innovación (actual Ministerio de Economía y Competitividad) y la Agencia de Inversiones y Servicios de Castilla y León (actual Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial de Castilla y León), firmaron un Convenio de Colaboración para el desarrollo de la Estrategia Estatal de Innovación, en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, mediante la concesión de un préstamo con cargo a los presupuestos generales del Estado.

Segundo.

Que para conseguir dicho objetivo se recogía en el convenio el compromiso de aportar por el Ministerio, la cantidad de 70.250.000 euros en forma de crédito reembolsable, a desembolsar según el siguiente calendario:

Año

Importe (euros)

2010

30.500.000,00

2011

24.250.000,00

2012

15.500.000,00

Total ........

70.250.000,00

El préstamo se otorgaba a un interés del 1.232 %, un periodo de carencia de 5 años desde el siguiente a la concesión del préstamo y un periodo de reembolso de 10 años adicionales.

A día de hoy el Ministerio ha librado la totalidad del préstamo (70.250.000,00 euros) en las fechas que se detallan a continuación:

Año

Importe (euros)

Fecha de

ingreso a la ADE

2010

30.500.000,00

17/01/2011

2011

24.250.000,00

30/11/2011

2012

15.500.000,00

30/01/2013

Total ....

70.250.000,00

 

Tercero.

Que en el mencionado convenio se estableció el régimen de las acciones a desarrollar por la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial de Castilla y León, que se estructuraban en 4 líneas de acción y se detallaban en el anexo I del convenio.

Cuarto.

Que en reunión mantenida por la Comisión de seguimiento en fecha 8 de octubre de 2012, la comisión aprobó la redistribución de presupuesto propuesta por la ADE. La ADE proponía la redistribución por medidas del presupuesto asignado a cada línea en las anualidades 2011 y 2012, en base a que las actuaciones inicialmente planteadas las estaba realizando la Agencia con fondos finalistas y con ayudas a fondo perdido, además proponía posponer a la anualidad 2012 la realización de esas medidas.

Quinto.

Que la ADE ha puesto en marcha todas las líneas y medidas que contempla el convenio, a través de convocatorias públicas o convenios, dependiendo de cada medida. Sin embargo, algunas medidas han tenido resultado nulo por lo que, ante la imposibilidad de ejecutar estas medidas, la ADE propone la devolución del importe que estaba previsto aplicar a las mismas que asciende a 1.950.000,00 euros.

Sexto.

Que la Comisión de Seguimiento, regulada en el convenio en su reunión de 27 de septiembre de 2013, acepta la propuesta de la ADE de devolver 1.950.000 euros por la imposibilidad de ejecución algunas de las medidas contempladas en el convenio.

La comisión de seguimiento, en la reunión mencionada aprueba el cuadro de amortización correspondiente al préstamo resultante (68.300.000,00 euros), tras el reintegro de 1.950.000,00 euros y acuerda tramitar una adenda que recoja el nuevo cuadro de amortización aprobado, una vez realizado el reintegro mencionado.

Séptimo.

Que con fecha 11 de noviembre de 2013 la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial de Castilla y León procedió al reintegro mediante ingreso al Tesoro Público de 1.950.000,00 euros. La adenda deberá recoger además el presupuesto por línea y por anualidad que se ajuste a la situación actual (con presupuesto cero las líneas que corresponden a la cantidad reintegrada).

De conformidad con todo lo expuesto anteriormente, ambas partes acuerdan la suscripción de esta adenda por la que se modifica el Convenio suscrito el 27 de diciembre de 2010, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Anexos.

Se modifica el anexo I del convenio que detallaba el presupuesto por línea y por anualidad. Dicho anexo queda sustituido íntegramente por el incorporado como anexo I de esta adenda.

Se modifica el anexo II del citado Convenio de colaboración que queda sustituido íntegramente por el anexo incorporado al presente texto.

Segunda. Reembolso de los préstamos.

Con el fin de dar cumplimiento a las cláusulas establecidas en el Convenio en cuanto a los años de carencia del préstamo y el cálculo de los intereses devengados por el mismo, se modifica la cláusula séptima del convenio que queda redactada como sigue:

«La Agencia se obliga a reembolsar el préstamo al Tesoro Público, conforme a lo dispuesto en la Orden PRE/3662/2003, de 29 de diciembre («BOE» 31 de diciembre), por el que se regula el procedimiento de recaudación de los ingresos no tributarios recaudados por las Delegaciones de Economía y Hacienda y de los ingresos en efectivo en las sucursales de la Caja General de Depósitos encuadradas en las mismas, modificada por la Orden EHA/3967/2007, de 26 diciembre («BOE» de 8 de enero de 2008), o a la normativa que la pueda sustituir, en el concepto «Ingresos no tributarios. Ejercicios cerrados operaciones financieras», y con una referencia al MINECO y a este convenio.

El pago de la devolución del préstamo y sus intereses se realizará según el cuadro de amortización que se adjunta como anexo II, siendo la fecha de devolución de las anualidades correspondientes a cada uno de los libramientos, la coincidente con el último día hábil de cada año.»

Tercera. Intereses del reintegro.

El MINECO requerirá a la Agencia el importe correspondiente a los intereses de demora calculados sobre el importe del reintegro (12.950.000 euros) desde el momento en que se produjo el pago hasta la fecha en que se produjo el reintegro al Tesoro por parte de la Agencia la carta de pago que le permita a la Agencia hacer el ingreso de los intereses devengados.

Cuarta. Vigencia.

La presente adenda entrará en vigor a su firma por ambas partes.

La presente adenda será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Castilla y León».

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman, en duplicado ejemplar y a un solo efecto, en Madrid, a 30 de diciembre de 2015.

El Ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos Jurado.–La Consejera de Economía y Hacienda de la Junta de Castilla y León y Presidenta de la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial de Castilla y León, María del Pilar del Olmo Moro.

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ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 25/01/2016
  • Fecha de publicación: 03/02/2016
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 263 de 31 de octubre de 2016 (Ref. BOE-A-2016-10002).

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