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Documento BOE-A-2016-10788

Orden EIC/1796/2016, de 16 de noviembre, por la que se aprueba la relación de admitidos y excluidos y se anuncia fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE, convocado por Orden ECC/1566/2016, de 22 de septiembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 18 de noviembre de 2016, páginas 81052 a 81053 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Economía, Industria y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2016-10788

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y en la disposición decimotercera de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, este Ministerio acuerda lo siguiente:

Primero.

Aprobar las listas de opositores admitidos y excluidos al citado proceso por el sistema general de acceso libre y por el sistema de promoción interna. Dichas listas se expondrán al público en los Servicios Centrales del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Hacienda y Función Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en el Punto de Acceso General (www.administracion.gob.es) y en la página web del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad (www.mineco.es)

Segundo.

Publicar en el «Boletín Oficial del Estado» la lista de opositores excluidos a estas pruebas que figura como anexo I a esta Orden, con expresión de las causas de exclusión.

Tercero.

Los opositores excluidos y los omitidos por no figurar en la lista de admitidos, disponen de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», para subsanar los defectos que hayan motivado su omisión, mediante escrito dirigido al Tribunal.

Concluido el plazo antes señalado, se hará pública una nueva orden en la que se indicarán las modificaciones a las listas que se hayan podido producir y se elevarán a definitivas dichas listas que se expondrán en los mismos centros que se indican en el apartado primero de esta Orden.

Cuarto.

Convocar a los opositores admitidos para la realización del primer ejercicio, el día 12 de enero a las 15:30 horas, en la Sala F, planta 1.ª del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, paseo de la Castellana, 162, de Madrid.

Quinto.

Los aspirantes deberán acudir provistos de bolígrafo (azul o negro), y documento nacional de identidad o documentación equivalente que acredite de forma indudable su personalidad, y el ejemplar para el interesado de la solicitud de admisión a las pruebas.

Sexto.

Dentro del marco establecido por las bases y demás normas reguladoras de la presente convocatoria, se autoriza al Tribunal titular y suplente para su actuación simultánea.

Madrid, 16 de noviembre de 2016.–El Ministro de Economía, Industria y Competitividad, P.D. (Orden ECC 1695/2012, de 27 de julio), el Subsecretario de Economía, Industria y Competitividad, Alfredo González-Panizo Tamargo.

ANEXO I
Lista de excluidos en el cuerpo de Inspectores del SOIVRE

(Orden ECC/1566/2016, de 22 de septiembre, BOE de 1 de octubre de 2016)

Apellidos y nombre

DNI

Idioma

Motivo de exclusión (*)

Alonso Martín Ana

70888672 G

1

Álvarez Vicente, Patricia

08928738 C

Francés.

1

Arias Montenegro, Antonio

79026514 D

2

Castillo Isla, María Esther

05395797 C

3

Cordero Tato, Mirian

76038153 S

3

Maldonado Maldonado, Alejandra Estefanía

71750621 M

2

Pastor Martín, Víctor

05309628 D

2

Rodríguez Bonilla, Salvador

14324686 X

2

Rodríguez Contreras, Diana

70062925 A

2

Romero Gallego, Manuel

77807703 Z

Alemán.

Portugués.

1

Sánchez Témez, María Inmaculada

09319748 X

Francés.

1

Toro Llamas, Salvador

47003277 V

2

(1) No se acompaña declaración jurada de carecer de renta superior al salario mínimo interprofesional, en cómputo mensual.

(2) No se acredita el motivo de disfrute de la exención del pago.

(3) No se acompaña justificante de no haber rechazado oferta de empleo adecuado ni negado a participar de acciones de formación, promoción o reconversión profesional.

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