Advertidos errores en el texto remitido, publicado en el «Boletín Oficial del Estado», número 266, de fecha 3 de noviembre de 2016, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 76491, donde dice:
«* En los casos en que se deba considerar alguna actividad relevante cuya valoración no esté prevista en otros apartados, deberá ser evaluada en “Otros Méritos”. Así mismo, el mérito de estar habilitado o acreditado en los Cuerpos Docentes Universitarios en el área de conocimiento de la plaza, deberá ser valorado obligatoriamente, incluyéndose dicha evaluación en el apartado de “Otros méritos”, con una valoración del 30% de la puntuación asignada al total del apartado.»
Debe decir:
«* En los casos en que se deba considerar alguna actividad relevante cuya valoración no esté prevista en otros apartados, deberá ser evaluada en “Otros Méritos”. El mérito de estar habilitado o acreditado en los Cuerpos Docentes Universitarios en el área de conocimiento de la plaza, deberá ser valorado obligatoriamente, incluyéndose dicha evaluación en el apartado de “Otros méritos”, con una valoración del 30% de la puntuación asignada al total del apartado. Asimismo deberá ser valorado obligatoriamente en el citado apartado de “Otros méritos”, con una valoración del 30% de la puntuación asignada al total del apartado, el haber estado contratado en la UNED en la categoría de profesor contratado doctor con carácter temporal y en régimen de interinidad en la misma área de conocimiento de la plaza objeto de convocatoria.»
Madrid, 2 de diciembre de 2016.–El Rector, Alejandro Tiana Ferrer.
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