Advertidos errores en el texto del Convenio colectivo estatal del sector laboral de restauración colectiva, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Empleo de 24 de febrero de 2016 en el «BOE» núm. 70 de 22 de marzo.
Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación de los citados errores.
En la página 21310, a continuación del Convenio de Hostelería de Huesca, se ha de publicar la jornada especializada correspondiente al Convenio de Hostelería de Zaragoza.
Zaragoza:
Además tendrán tres días de asuntos propios como licencia retribuida que no supondrán una reducción de las horas de jornada efectiva anual, por lo que la distribución de la jornada anual se deberá hacer teniendo en cuenta estos tres días, en ningún caso su disfrute supondrá recuperación de los mismos.
Para el disfrute de estos días el/la trabajador/a deberá preavisar a la empresa con una antelación de siete días como mínimo, estos días no se podrán disfrutar de forma consecutiva salvo acuerdo entre empresa y trabajador/a.
Madrid, 5 de diciembre de 2016.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
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