Visto el expediente de indulto de doña María Salmerón Parrilla, condenada por la Audiencia Provincial de Sevilla, sección primera, en sentencia de 11 de marzo de 2009, resolutoria del recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla, como autora de un delito de desobediencia a la pena de seis meses de prisión, así como accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2003, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias de la condenada y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de febrero de 2016,
Vengo en conmutar a doña María Salmerón Parrilla la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por 40 días de trabajo en beneficio de la comunidad, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en la sentencia en el plazo que determine el Tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 5 de febrero de 2016.
FELIPE R.
El Ministro de Justicia,
RAFAEL CATALÁ POLO
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