Por Orden de 2 de mayo de 2013 («Boletín Oficial de Canarias» del 3), la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocó procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Maestros.
Concluidas todas las fases del citado procedimiento selectivo, la Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad Autónoma de Canarias, por Orden de 13 de octubre 2015 (BOC del 26), y Orden de 26 de octubre de 2015 (BOC de 4 de noviembre), declara aptos en la fase de prácticas y aprobados en el mismo, a determinados aspirantes que por tener concedido aplazamiento para la realización de la fase de prácticas, o por otras causas, no habían sido evaluados con el resto de los seleccionados.
De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, modificado por Real Decreto 48/2010, de 22 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
Vista la propuesta de la Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Este Ministerio, ha dispuesto:
Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros, a los seleccionados en el procedimiento selectivo convocados por Orden de 2 de mayo de 2013, que aparecen relacionados en el Anexo a esta orden, con indicación del número de Registro de Personal, especialidad y puntuación que les corresponde.
Los nombrados a través de la presente orden se considerarán ingresados como funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros, con efectos de 1 de septiembre de 2015.
La presente orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, contra esta orden que es definitiva en la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 26 de enero de 2016.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P. D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Subsecretario de Educación, Cultura y Deporte, Fernando Benzo Sáinz.
NRP |
Apellidos y nombre |
DNI |
Turno |
Puntuación |
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Especialidad: 32 Lengua Extranjera: Inglés |
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7871052668 A0597 |
Martín Toledo, Manuel |
78710526 |
01 |
7,1208 |
7851271846 A0597 |
Casado Sanz, Lara María |
78512718 |
01 |
7,0750 |
5362082568 A0597 |
De la Rosa Moreta, María del Mar |
53620825 |
01 |
6,2613 |
Especialidad: 33 Lengua Extranjera: Francés |
||||
001247624N A0597 |
Valle, Elodie |
X-5281800-B |
01 |
6,5941 |
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