Recibida en la Dirección General de Política Energética y Minas la solicitud presentada por Openplus Lda con domicilio social en Eco-Parque Empresarial Estarreja, Rua de Canelas, n.º 10, 3860-529 Estarreja (Portugal), para la certificación de una familia de captadores solares, fabricados por Openplus Lda en su instalación ubicada en Portugal.
Siendo los modelos para los que se emite la presente certificación pertenecientes a la familia, compuesta por los modelos siguientes:
Familia |
Modelos |
---|---|
OP-V4AL |
OP-V4.3AL |
Resultando que por el interesado se han presentado los dictámenes técnicos emitidos por los laboratorios:
Familia |
Laboratorio emisor |
Clave |
---|---|---|
OP-V4AL |
LNEG |
4.V2/LES72012, 17.V2/LES/2011 |
Habiendo presentado asimismo el interesado certificado en el que la entidad TÜV Rheinland Portugal, Lda confirma que Openplus, Lda, cumple los requisitos de calidad exigibles de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas para paneles solares, actualizadas por la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre.
Y que por todo lo anterior se ha hecho constar que el tipo o modelo presentado cumple todas las especificaciones sobre exigencias técnicas de los paneles solares, con arreglo a su última actualización por la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre.
Esta Dirección General de Política Energética y Minas, de acuerdo con lo establecido en la referida disposición ha resuelto certificar los citados productos, con las contraseñas de certificación:
Modelo |
Contraseña |
---|---|
OP-V4.3AL |
NPS – 23315 |
Y con fecha de caducidad dos años después de la fecha de resolución.
La identificación, características técnicas, especificaciones generales y datos resumen del informe de ensayo para los modelos que se especifican a tabla anterior se indican a continuación.
Esta certificación se efectúa en relación con la disposición que se cita y por tanto el producto deberá cumplir cualquier otro reglamento o disposición que le sea aplicable.
El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, potestativamente, el recurso de reposición ante el Secretario de Estado de Energía en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de publicación de esta resolución conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, conforme la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
1. Modelo con contraseña NPS – 23315
Identificación:
Fabricantes: Openplus, Lda.
Nombre comercial: OP-V4.3AL.
Tipo de captador: plano.
Año de producción: 2012.
Dimensiones:
Longitud: 2.058 mm.
Ancho: 1.165 mm.
Altura: 68 mm.
Área de apertura: 2,321 m2.
Área total: 2,398 m2.
Especificaciones generales:
Presión de funcionamiento Máx.: 600 KPa.
Fluido de transferencia de calor: agua-glicol.
Resultados del ensayo para el modelo de menor tamaño de la familia OP-V4AL:
Resultados del ensayo:
• Rendimiento térmico:
η0 |
0,734 |
|
a1 |
4,3 |
W/m2K |
a2 |
0,008 |
W/m2K2 |
Nota: referente al área de apertura |
|
• Potencia extraída por unidad de captador (W):
Tm – Ta en K |
400 W/m2 |
700 W/m2 |
1.000 W/m2 |
---|---|---|---|
10 |
499 |
943 |
1.387 |
30 |
301 |
745 |
1.190 |
50 |
90 |
534 |
978 |
Resultados del ensayo para el modelo de mayor tamaño de la familia OP-V4AL:
Resultados del ensayo.
• Rendimiento térmico:
η0 |
0,749 |
|
a1 |
3,3 |
W/m2K |
a2 |
0,018 |
W/m2K2 |
Nota: referente al área de apertura |
|
• Potencia extraída por unidad de captador (W):
Tm – Ta en K |
400 W/m2 |
700 W/m2 |
1.000 W/m2 |
---|---|---|---|
10 |
668 |
1.235 |
1.803 |
30 |
461 |
1.029 |
1.596 |
50 |
218 |
786 |
1.353 |
Madrid, 25 de septiembre de 2015.–La Directora General de Política Energética y Minas, María Teresa Baquedano Martín.
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