Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General, dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 29 de abril de 2016.–La Secretaria General de Coordinación Autonómica y Local, Rosana Navarro Heras.
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Galicia en su reunión celebrada el día 8 de abril de 2016 ha adoptado el siguiente acuerdo:
1.º Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con los artículos 59, 62, 67.4, 75 c), 87.1 y 87.2, 94, 101 y la disposición adicional quinta del Decreto Legislativo 2/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad.
2.º Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Comisión de Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
3.º Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de Galicia».
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