El 7 de noviembre de 2015 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» la Orden AAA/2357/2015, de 29 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas por los daños causados en producciones agrícolas y ganaderas por las inundaciones y otros efectos de los temporales de lluvia, nieve y viento acaecidos en los meses de enero, febrero y marzo de 2015.
El artículo 5.5 de dicha orden dispone que el plazo máximo para la resolución y notificación del procedimiento será de seis meses a partir de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes. Dicho plazo finaliza, por lo tanto, el 1 de junio de 2016.
La disposición final segunda faculta al Subsecretario de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para dictar en uso de sus atribuciones cuantas disposiciones sean necesarias para la interpretación y aplicación de lo dispuesto en la citada orden.
Las dificultades técnicas que implica la valoración de los daños han motivado que la instrucción del procedimiento se haya prolongado por un tiempo superior al inicialmente previsto. En consecuencia, y concurriendo las circunstancias previstas en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se considera necesaria la ampliación del plazo inicialmente previsto para la resolución y notificación del procedimiento iniciado en base a la Orden AAA/2357/2015, de 29 de octubre.
Por todo ello, esta Subsecretaría resuelve ampliar en tres meses el plazo para resolver y notificar previsto en el artículo 5.5 de la Orden AAA/2357/2015, de 29 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas por los daños causados en producciones agrícolas y ganaderas por las inundaciones y otros efectos de los temporales de lluvia, nieve y viento acaecidos en los meses de enero, febrero y marzo de 2015.
De conformidad con lo previsto en el párrafo 4º del citado artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, contra la presente resolución no cabrá recurso alguno.
Madrid, 20 de mayo de 2016.–El Subsecretario de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Jaime Haddad Sánchez de Cueto.
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