La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, por Auto de 18 de enero actual, ha acordado declarar la extinción de la cuestión de inconstitucionalidad núm. 5964-2015, por desaparición sobrevenida de su objeto. Cuestión planteada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Santander, en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales núm. 185/1999, en relación con el artículo 65.bis.1, inciso «o judiciales», en relación con los efectos previstos en los apartados 2 y 3, de la Ley 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y del Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, añadido por el artículo 1 de la Ley 4/2013, de 20 de junio, por la que se modifica la Ley 2/2001, de 25 de junio, por posible vulneración de los artículos 24, 117.3 y 149.1.6 de la Constitución, que fue admitida a trámite por providencia de 18 de noviembre de 2015, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 279, de 21 de noviembre de 2015.
Madrid, 18 de enero de 2016.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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