En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35.4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, se acuerda publicar en el «Boletín Oficial del Estado» que, en virtud de Sentencia de la Audiencia Nacional de fecha 13 de noviembre de 2013, se ha estimado el recurso contencioso-administrativo núm. 243/2011, interpuesto contra la resolución desestimatoria del recurso de reposición de fecha 17 de febrero de 2011, que se interpuso contra la Orden del Ministerio del Interior de fecha 14 de septiembre de 2010, de denegación de la declaración de utilidad pública. Habiéndose desestimado el recurso de casación núm. 63/2014, interpuesto por la Administración del Estado contra la citada Sentencia de la Audiencia Nacional, según Sentencia del Tribunal Supremo de 1 de abril de 2016, la siguiente entidad se declara de utilidad pública:
Asociación inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior:
Denominación |
N.º Nal. |
Fecha de declaración de utilidad pública |
---|---|---|
Acción Laboral Plataforma para la Implantación de Programas de Inclusión Laboral en Colectivos Desfavorecidos. |
577432 |
01/04/2016 |
Madrid, 30 de mayo de 2016.–El Ministro del Interior, P. D. (Orden INT/985/2005, de 7 de abril), el Secretario General Técnico del Ministerio del Interior, Juan Antonio Puigserver Martínez.
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