De conformidad con lo establecido en los artículos 326, 327, 329, 330, 334, 602 y concordantes de la Ley Orgánica del Poder Judicial y del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 23 de junio de 2016 ha acordado anunciar concurso para la provisión de destinos en la Carrera Judicial, entre miembros de la misma con categoría de juez/a que se encuentran en la actualidad expectativa de destino, por orden de 6 de mayo de 2014, con arreglo a las siguientes bases:
Sólo podrán tomar parte en este concurso:
a) Los/as jueces/zas en situación de expectativa de destino pertenecientes a la 64 Promoción, nombrados por orden 6 de mayo de 2014 y comprendidos entre los números 121 al 204, ambos inclusive, según el orden escalafonal que aparece en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 283, de 26 de noviembre de 2015.
Segunda.
Los jueces/zas en expectativa de destino, deberán solicitar la totalidad de las plazas ofertadas, resolviéndose el concurso en favor de aquellos que ocupen mejor puesto en el escalafón, salvo previsión específica de la Ley para determinados juzgados.
Tercera.
Quienes no tomasen parte en el concurso, o tomando parte no obtuviesen plaza por no solicitar todas las que son objeto de anuncio, serán destinados a las que, de entre las ofertadas, les correspondan en atención a su antigüedad escalafonal, y en su caso, méritos alegados, según el orden en el que aparecen anunciadas en el Boletín oficial del Estado.
Cuarta.
Salvo la estricta antigüedad escalafonal, en la categoría de que se trate, que será apreciada de oficio por el Consejo General del Poder Judicial, los jueces/zas que pretendan acceder a cualesquiera destinos de la Carrera Judicial habrán de alegar y, en su caso, fundamentar la concurrencia de las condiciones, méritos y preferencias que pretendan hacer valer. Si no lo hicieren, no será tenido en cuenta más mérito que la antigüedad escalafonal.
Sin perjuicio de lo establecido en la letra f) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, cuando las condiciones, méritos y preferencias alegados no consten documentalmente en los archivos del Consejo General del Poder Judicial, quien los alegue deberá acompañar a su solicitud la acreditación documental correspondiente.
Quinta.
Las solicitudes de destino se podrán ajustar al modelo normalizado publicado en la página web del Consejo General del Poder Judicial relativo a concursos, contendrán los requisitos previstos en el artículo 149.2 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial y serán presentadas en el Consejo General del Poder Judicial, Marqués de la Ensenada número 8, 28071 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de quince días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente concurso en el Boletín Oficial del Estado. Las peticiones que se formulen en forma condicionada, o no aparezcan redactadas con claridad, carecerán de validez, al igual que las modificaciones o desistimientos efectuados transcurrido el plazo anterior.
No obstante, en el supuesto de que dos jueces/zas estén interesados en las vacantes que se anuncien en un determinado concurso, podrán condicionar sus peticiones, por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambos obtengan destino en dicho concurso, entendiéndose, en caso contrario, anulada la petición efectuada por ambos. Quienes se acojan a esta petición condicional deberán concretarlo en su instancia y acompañar fotocopia de la petición de otro/a interesado/a.
Las peticiones que se cursen a través de las oficinas de Correos, deberán presentarse en sobre abierto para que el funcionario/a correspondiente pueda estampar en ellas el sello de fechas antes de certificarlas.
Las solicitudes, desistimientos y modificaciones dirigidos al Consejo General del Poder Judicial podrán formularse dentro del plazo establecido en el párrafo primero de la presente base por telégrafo, fax o medios telemáticos, con obligación de cursar la instancia por escrito simultáneamente, debiendo tener ésta su entrada en el Registro General del Consejo dentro de los cinco días naturales siguientes al de expiración del plazo de presentación de instancias. De no hacerse así, la solicitud, desistimiento o modificación carecerán de validez. El fax al que habrán de dirigirse, en su caso, es: (91) 700.63.58.
a) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 329.3 bis de la LOPJ en la redacción otorgada por la Ley Orgánica 1/2009, quienes obtuviesen plazas en juzgados de violencia sobre la mujer, en juzgados de lo penal especializados en violencia de género o en secciones penales y civiles especializadas en violencia de género deberán participar, antes de tomar posesión de su nuevo destino, en las actividades de especialización en materia de violencia de género organizadas por el Consejo General del Poder Judicial.
b) Esta misma obligación será aplicable a quienes obtengan destino en órganos de lo contencioso-administrativo, social, mercantil o menores.
En todo lo no expresamente previsto en las bases del presente concurso regirá lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial.
En el supuesto de rectificación que afectara a alguna de las plazas anunciadas en el presente concurso, se iniciaría de nuevo el plazo señalado en la base cuarta de esta convocatoria para la solicitud.
Contra este acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la publicación de este acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado». Potestativamente, podrá interponer recurso de reposición ante la Comisión Permanente, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación del presente acuerdo. En este último caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 23 de junio de 2016.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.
RELACIÓN DE PLAZAS QUE SE ANUNCIAN
Andalucía, Ceuta y Melilla
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Ayamonte.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Cazorla, con funciones compartidas de registro civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de La Carolina, con funciones compartidas de registro civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de La Línea de la Concepción.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Roquetas de Mar.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de San Roque, con funciones compartidas de registro civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Vera, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Aragón
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Caspe.
Illes Balears
Juzgado de Primera Instancia número 1 de Inca.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ciutadella de Menorca, con funciones compartidas de registro civil.
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Palma.
Juez de Adscripción Territorial del Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears.
Canarias
Juzgado de lo Penal número 1 de Arrecife.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Granadilla de Abona.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Granadilla de Abona, con funciones compartidas de registro civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Icod de los Vinos, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de La Orotava, con funciones compartidas de registro civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Los Llanos de Aridane, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Puerto del Rosario, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Puerto del Rosario, con funciones de control de los centros de internamiento de extranjeros y salas de inadmisión de fronteras.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Puerto del Rosario.
Juzgado de Primera Instancia número 3 de San Bartolomé de Tirajana.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Santa María de Guía de Gran Canaria.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de San Sebastián de la Gomera.
Juez de Adscripción Territorial del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, provincia de Santa Cruz de Tenerife, dos plazas.
Castilla-La Mancha
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Alcaraz.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Almagro.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de San Clemente, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Castilla y León
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Briviesca.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Miranda de Ebro, con funciones compartidas de registro civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Villarcayo, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Cataluña
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Amposta.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Arenys de Mar.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Arenys de Mar, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Balaguer, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Balaguer, con funciones compartidas de registro civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Cornellá de Llobregat, con funciones compartidas de registro civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Cornellá de Llobregat.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Cervera, con funciones compartidas de registro civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de El Vendrell, con funciones compartidas de registro civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Esplugues de Llobregat, con funciones compartidas de registro civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Figueres.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Figueres.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Igualada.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Igualada, con funciones compartidas de registro civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Igualada.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de La Bisbal D’Empordá.
Juzgado de lo Social número 1 de Manresa.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Manresa.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Manresa, con funciones compartidas de registro civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Martorell.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Martorell.
Juzgado de lo Social número 1 de Mataró.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Mollet del Vallés con funciones compartidas de registro civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Mollet del Vallés.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Mollet del Vallés.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Olot, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Puigcerdá.
Juzgado de Primera Instancia número 2 de Reus.
Juzgado de Primera Instancia número 4 de Reus, con funciones compartidas de registro civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Rubí.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Rubí, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Rubí.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 7 de Rubí.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Sant Feliú de Guixols, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Santa Coloma de Farners.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Santa Coloma de Farners.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Tortosa, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Tremp.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Valls, con funciones compartidas de registro civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Vic.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Vic.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Vic, con funciones compartidas de registro civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Vic.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Vilafranca del Penedés, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Vilafranca del Penedés.
Juzgado de lo Penal número 4 de Vilanova y la Geltrú, con competencia exclusiva y excluyente en materia de violencia sobre la mujer.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Vilanova i la Geltrú, con funciones compartidas de registro civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Vilanova y la Geltrú.
Juez de Adscripción Territorial del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Provincia de Barcelona, cuatro plazas.
Juez de Adscripción Territorial del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, provincia de Girona.
Juez de Adscripción Territorial del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, provincia de Tarragona, dos plazas.
Comunidad Valenciana
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Novelda.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Villajoyosa, con funciones compartidas de registro civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Villena, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Extremadura
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Almendralejo.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Castuera, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Don Benito.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Herrera del Duque.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Llerena.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Montijo, con funciones compartidas de registro civil y competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Galicia
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Corcubión, con funciones compartidas de registro civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Muros.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de O Porriño, con funciones compartidas de registro civil.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Ribeira, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Vilagarcía de Arousa, con competencia en materia de violencia sobre la mujer.
Región de Murcia
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Jumilla.
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Totana, con funciones compartidas de registro civil.
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