Ante la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3.ª del Tribunal Supremo, Factor Energía, S.A., Endesa Energía, S.A. y Endesa Energía XXI, S.L., Unión de Petroleros Independientes (UPI), Viesgo Infraestructuras Energéticas, Disa Gas, S.A., Tamoil España, S.A., Disa Red de Servicios Petrolíferos, S.L.U., Disa Península, S.L.U., Fenie Energía, S.A., Administración del Estado, Nexus Energía y otras, Gas Natural SDG, S.A., Shell España, S.L., Engie España, S.L., Repsol Comercial de Productos Petrolíferos, S.A., Acciona Green Energy Developments, S.L.U., Societat Catalana de Petrolis, S.A., Estaciones de Servicio de Guipúzcoa, S.A., Alcanzia Energía, S.L.U., Fortia Energía, S.L., Petróleos del Norte, S.A., Ingeniería y Comercialización del Gas, S.A., Repsol Petróleo, S.A., Clidom Energy, S.L., Repsol Butano, S.A., han interpuesto recursos contencioso-administrativos números 4544/2016, 4554/2016, 4619/2016, 4621/2016 4627/2016, 4629/2016, 4632/2016, 4633/2016, 4636/2016, 4639/2016, 4640/2016, 4643/2016, 4645/2016, 4646/2016, 4647/2016, 4649/2016 4651/2016, 4652/2016, 4653/2016, 4654/2016, 4655/2016, 4656/2016, 4657/2016 y 4658/2016, respectivamente, contra Orden IET/359/2016, de 17 de marzo, por la que se establecen las obligaciones de aportación al Fondo de Eficiencia Energética en el 2016.
En consecuencia, esta Subsecretaría ha resuelto emplazar a los interesados en los mismos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días, siguientes a la publicación de la presente resolución.
Madrid, 21 de junio de 2016.–El Subsecretario de Industria, Energía y Turismo, José María Jover Gómez-Ferrer.
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