Contido non dispoñible en galego
Vista la propuesta formulada por la Comisión nombrada para juzgar el concurso de acceso de promoción interna convocado por Resolución de esta Universidad de fecha 9 de mayo de 2016 («BOE» de 27 de mayo de 2016), y de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, en la modificación operada por la disposición final segunda del Real Decreto-ley 10/2015, de 11 de septiembre; el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios; el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios,
Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 65 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y demás disposiciones concordantes, ha resuelto nombrar a doña María Mercedes Ruiz Montoya, con DNI 30528630V, Catedrática de Universidad, de esta Universidad, del Área de Conocimiento de «Química Física», adscrita al Departamento de Ingeniería Química, Química Física y Ciencia de los Materiales.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, esta resolución agota la vía administrativa y será impugnable en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación o publicación de la misma, como establece el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Huelva, en virtud de lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley 29/1998 citada. No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta resolución un recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que dictó, en cuyo caso no cabra interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado, en tanto que recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Huelva, 13 de julio de 2016.–El Rector, Francisco Ruiz Muñoz.
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