Don Daniel Noguera Tejedor, Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, habilitado para este acto como órgano concedente, según lo establecido en el apartado tercero de la base décima de las bases reguladoras,considerando:
Por Resolución de 31 de julio de 2015, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, se aprobaron las bases reguladoras por las que se convocaba la concesión de ayudas para el desarrollo del Programa de Islas Inteligentes de la Agenda Digital para España (C-055/15-AE), que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 183, de 1 de agosto de 2015.
El Director del departamento de Servicios Públicos Digitales, como órgano instructor del procedimiento, formuló Propuesta de resolución de la «Convocatoria de concesión de ayudas para el desarrollo del Programa de Islas Inteligentes de la Agenda Digital para España» el 24 de junio de 2016, la cual recogía el resultado del análisis de la evaluación técnica de las solicitudes presentadas, proponiendo la estimación de las que cumplían los requisitos de las bases reguladoras de la Convocatoria y la desestimación del resto, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado segundo de la base décima. Dicha Propuesta fue publicada en el perfil del contratante de la Entidad el 1 de julio de 2016 y notificada de forma individual a los interesados.
En el apartado primero de la Propuesta del Director del departamento de Servicios Públicos Digitales de 24 de junio de 2016 se proponía la desestimación de las solicitudes presentadas por los Cabildos de Gran Canaria, La Palma, Lanzarote y Tenerife, así como por los Consells de Menorca, Ibiza y Formentera por incumplir lo establecido en las bases reguladoras, fundamentándose los citados incumplimientos en los considerandos de la Propuesta.
En el apartado tercero de la Propuesta de resolución del Director del departamento de Servicios Públicos Digitales, de 24 de junio de 2016, el órgano instructor proponía la designación como beneficiarios a los Cabildos de El Hierro y Fuerteventura, y al Consell de Mallorca, haciendo referencia a la puntuación obtenida y al importe de la ayuda a conceder.
De acuerdo con lo establecido en el apartado segundo de la base décima de las bases reguladoras, los solicitantes propuestos como beneficiarios disponían de un plazo de cinco días, a contar desde el día siguiente a su notificación a los interesados, para aceptar la propuesta de resolución.
En el plazo establecido, los representantes de los Cabildos de El Hierro y Fuerteventura y el Consell de Mallorca han manifestado la aceptación de la Propuesta del Director del departamento de Servicios Públicos Digitales de 24 de junio de 2016.
Tal y como establece el apartado e) del artículo 14.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se ha verificado el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social y la Agencia Tributaria por parte de las entidades seleccionadas en el resultado del análisis de la evaluación de las solicitudes, conforme a los criterios de valoración recogidos en la base décima de las bases reguladoras.
Por todo lo expuesto, resuelvo:
Seleccionar como beneficiarios las siguientes entidades locales, en los términos previstos en el apartado tercero de la Propuesta de resolución de la «Convocatoria de concesión de ayudas para el desarrollo del Programa de Islas Inteligentes de la Agenda Digital para España», del Director del departamento de Servicios Públicos Digitales, de 24 de junio de 2016, por cumplir con todos los requisitos establecidos en las bases reguladoras, con detalle de la puntuación obtenida y el importe subvencionable:
Orden de prelación |
Entidad beneficiaria |
Puntuación obtenida |
Importe subvencionable – Euros |
---|---|---|---|
1 |
Cabildo de El Hierro |
7,64 |
3.852.670,00 |
2 |
Consell de Mallorca |
6,06 |
8.876.245,00 |
3 |
Cabildo de Fuerteventura |
5,78 |
6.556.532,76 |
En cumplimiento de lo establecido en la base décima de las bases reguladoras, las entidades locales seleccionadas deberán firmar el correspondiente convenio de colaboración.
Desestimar las solicitudes presentadas por los Cabildos de Gran Canaria, La Palma, Lanzarote y Tenerife, así como por los Consells de Menorca, Ibiza y Formentera, por las razones expuestas en la Propuesta del Director del departamento de Servicios Públicos Digitales, de 24 de junio de 2016.
La presente Resolución es susceptible de recurso de alzada ante el Presidente de la entidad pública empresarial Red.es, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 12 de julio de 2016.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, Daniel Noguera Tejedor.
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