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Documento BOE-A-2016-7128

Resolución de 23 de febrero de 2016, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se certifica un captador solar, modelo Escosol 2.0 Tinox, fabricado por Salvador Escoda, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 176, de 22 de julio de 2016, páginas 51619 a 51620 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-A-2016-7128

TEXTO ORIGINAL

El captador solar fabricado por IMS Calefacción, SL, fue certificado con la contraseña y la fecha de resolución que aparecen a continuación:

Modelo

Contraseña

Fecha de resolución

CPC ML 2.0 Tinox

NPS-36115

21/01/2016

Recibida en la Dirección General de Política Energética y Minas la solicitud presentada por Salvador Escoda, SA, con domicilio social en calle Rosellón, 430-432, 08025 Barcelona, para la certificación de un captador solar con una denominación comercial diferente, pero con las mismas características técnicas.

Habiendo sido presentado escrito en el que la empresa fabricante de los captadores solares, autoriza a la empresa Salvador Escoda, SA, para usar su propia marca para los paneles en España y en el que dicho fabricante confirma que los captadores son técnicamente idénticos.

Esta Dirección General de Política Energética y Minas, ha resuelto certificar el citado producto con la contraseña de certificación conforme a la tabla siguiente:

Modelo

Contraseña

ESCOSOL 2.0 TINOX

NPS-9316

Dada la identidad con los modelos citados inicialmente, se le confiere la misma fecha de caducidad que la referida a los mismos, por tanto, el 21 de enero de 2018 será también su fecha de caducidad.

La identificación, características técnicas, especificaciones generales y datos resumen del informe de ensayo para los modelos que se especifican a tabla anterior se indican a continuación.

Esta certificación se ajusta a las normas e instrucciones técnicas complementarias para la homologación de los paneles solares, actualizadas por la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre. Asimismo, el producto deberá cumplir cualquier otro reglamento o disposición que le sea aplicable.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, potestativamente, el recurso de reposiciones ante el Secretario de Estado de Energía en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de publicación de esta resolución conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, conforme la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

1. Modelo con contraseña NPS-9316

Identificación:

Fabricantes: IMS Calefacción SL.

Nombre comercial: ESCOSOL 2.0 TINOX.

Tipo de captador: plano.

Año de producción: 2009.

Dimensiones:

Longitud: 2.070 mm.

Ancho: 1.004 mm.

Altura: 77 mm.

Área de apertura: 1,84 m2.

Área de absorbedor: 1,79 m2.

Área total: 2,08 m2.

Especificaciones generales:

Peso: 32,9 kg.

Presión de funcionamiento máx.: 1 MPa.

Fluido de transferencia de calor: Agua/propilenglicol.

Resultados de ensayo

Rendimiento térmico:

η0

0,772

a1

3,2

W/m2K

a2

0,042

W/m2K2

Nota: referente al área de apertura

Potencia extraída por unidad de captador (W):

Tm – Ta en K

400 W/m2

700 W/m2

1000 W/m2

10

500,28

926,15

1.352,02

30

318,61

744,47

1.170,34

50

74,80

500,66

926,53

Madrid, 23 de febrero de 2016.–La Directora General de Política Energética y Minas, María Teresa Baquedano Martín.

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