Por Resolución de 8 de junio de 2016, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, se convocó para su provisión por el procedimiento de libre designación, el puesto de trabajo de Jefe/Jefa de Departamento (BOE núm. 144, de 15 de junio).
En ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 12.8 o) y 13.2 del Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, aprobado por Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, modificado por la disposición adicional primera del Real Decreto 845/2011, de 17 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Fondo para la Promoción del Desarrollo, y modificado por el Real Decreto 1424/2012, de 11 de octubre, y una vez acreditada la observancia del procedimiento debido y el cumplimiento por parte de los candidatos elegidos de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, esta Dirección dispone:
Dar publicidad al Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo Rector de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, en su reunión de 27 de julio de 2016, por el que se resuelve la convocatoria del puesto de libre designación, efectuada por Resolución de 8 de junio de 2016, y se nombra a:
Doña Pilar Colmenarejo López, funcionaria del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado N.R.P.: 0038048835 A1111, como Jefa del Departamento de Recursos Humanos, Conciliación y Servicios Generales.
La presente resolución se podrá consultar asimismo en la sede electrónica de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (www.aecid.gob.es).
La toma de posesión en el destino adjudicado se realizará conforme a lo establecido en el artículo 48 del Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Contra el acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo Rector, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de la publicación de esta resolución en el BOE, ante el órgano que la ha dictado, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses (Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Madrid, 29 de julio de 2016.–El Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P.D. (Resolución de 2 de julio de 2009), el Secretario General de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Gregorio Moreno López.
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