Por Resolución de 23 de marzo de 2015, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, se aprobaron las bases reguladoras por las que se convocaba la concesión de ayudas del «Programa de impulso de la actividad de centros demostradores de soluciones TIC» (C-038/14-ED), siendo publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 76, de 30 de marzo de 2015.
Mediante la Resolución de 15 de diciembre de 2015, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, por la que se conceden ayudas para la realización del Programa de impulso de la actividad de centros demostradores de soluciones TIC, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 304, de 21 de diciembre de 2015, se seleccionaron los beneficiarios de la convocatoria.
Según lo dispuesto en las bases duodécima y decimocuarta, tras la revisión y validación de la documentación justificativa del primer hito de ejecución (de, al menos, un 30 % del presupuesto subvencionable), Red.es pagará al beneficiario el importe correspondiente, de acuerdo con los importes justificados.
De acuerdo con lo anterior, el Director General, habilitado para este acto, de acuerdo con lo establecido en la base decimotercero, resuelve:
Que se proceda al pago de la ayuda correspondiente al primer hito de ejecución a los siguientes beneficiarios que habían solicitado ayuda para la realización de planes de actuaciones, con indicación del centro demostrador seleccionado y el importe de la ayuda a recibir:
N.º expediente |
Nombre o razón social |
NIF |
Importe presupuesto justificado primer hito |
Importe ayuda primer hito (90% del importe aprobado) |
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2015/C038/000020 CDTIC para el Sector Logístico |
Instituto Tecnológico de Aragón. |
Q5095008H |
29.479,44 € |
26.531,50 € |
2015/C038/000021 CD TIC de Andalucía |
ETICOM. |
G91033258 |
91.655,48 € |
82.489,93 € |
2015/C038/000022 CDTIC para el Sector Audiovisual |
Instituto Tecnológico de Aragón. |
Q5095008H |
17.580,34 € |
15.822,31 € |
Los siguientes beneficiarios provisionales han desistido del pago del primer hito de ejecución de la ayuda, al no presentar documentación de justificación alguna, requerida de forma obligatoria para el pago de dicho hito de acuerdo con lo dispuesto en las bases duodécima y decimocuarta:
N.º expediente |
Razón social |
NIF |
Centro demostrador |
Presupuesto subvencionable del que desisten (primer hito) |
Ayuda de la que desisten (90 % presupuesto subvencionable del primer hito) |
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2015/C038/000023 |
Secretaría Gral. de Ciencia y Tecnología. |
S0611001I |
CDTIC de Extremadura (CDTICA). |
27.854,70 € |
25.069,23 € |
2015/C038/000024 |
Secretaría Gral. de Ciencia y Tecnología. |
S0611001I |
CD Software de Fuentes Abiertas (CDTFA). |
34.933,80 € |
31.440,42 € |
Madrid, 4 de agosto de 2016.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, Daniel Noguera Tejedor.
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