Recibida en la Dirección General de Política Energética y Minas la solicitud presentada por EndeF Enegineering con domicilio social en P.I. Ciudad transporte C/P.A. 11 – 50820 Zaragoza, para la certificación de un captador solar, fabricado por «EndeF Engineering, S.L.», en su instalación industrial ubicada en España.
Resultando que por el interesado se han presentado los dictámenes técnicos:
Laboratorio |
Claves |
---|---|
CENER |
30.2614.0-1-1 Anexo 5; 30.2614.0-2-1 Anexo 6 |
Habiendo presentado asimismo el interesado certificado en el que la entidad AENOR confirma que «EndeF Engineering, S.L.», cumple los requisitos de calidad exigibles de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas para paneles solares, actualizadas por la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre.
Y que por todo lo anterior se ha hecho constar que el tipo o modelo presentado cumplen todas las especificaciones sobre exigencias técnicas de los paneles solares, con arreglo a su última actualización por la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre.
Esta Dirección General de Política Energética y Minas, de acuerdo con lo establecido en la referida disposición ha resuelto emitir la resolución de certificación conforme a la tabla siguiente:
Modelo |
Contraseña |
---|---|
ECOMESH V230/00 |
NPS – 12216 |
Y con fecha de caducidad dos años después de la fecha de resolución.
La identificación, características técnicas, especificaciones generales y datos resumen del informe del ensayo para los modelos que se especifican en la tabla anterior se indican a continuación.
Esta certificación se ajusta a las normas e instrucciones técnicas complementarias para la homologación de los paneles solares, actualizadas por la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre. Asimismo, el producto deberá cumplir cualquier otro reglamento o disposición que le sea aplicable.
El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, el recurso de reposición ante el Secretario de Estado de Energía en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de publicación de esta resolución conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, conforme a la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
1. Modelo con contraseña NPS-12216
Identificación:
Fabricante: «EndeF Engineering, S.L.».
Nombre comercial: ECOMESH V230/00.
Tipo de captador: Calentamiento líquido, con cubierta.
Año de producción: 2015.
Dimensiones:
Longitud: 1650 mm.
Área de apertura: 1,64 m2.
Ancho: 995 mm.
Área de absorbedor: 1,55 m2.
Altura: 104 mm.
Área total: 1,55 m2.
Especificaciones generales:
Peso: 51,1 kg.
Presión de funcionamiento Máx.: 6 bar.
Fluido de transferencia de calor: agua/glicol.
Resultados de ensayo:
Rendimiento (basado en el área total):
Desviación típica (+/-) |
Unidades |
||
η0,hem |
0507 |
0,002 |
– |
a1 |
4,934 |
0,201 |
W/m2K |
a2 |
0,021 |
0,004 |
W/m2K2 |
Potencia extraída por unidad de captador (W):
Tm – Ta en K |
400 W/m2 |
700 W/m2 |
1.000 W/m2 |
---|---|---|---|
10 |
248 |
498 |
747 |
30 |
59 |
308 |
558 |
50 |
0 |
91 |
341 |
Observaciones:
El modelo es un captador híbrido PVT. Los resultados aquí reflejados corresponden a la parte del módulo no fotovoltaico.
Madrid, 18 de marzo de 2016.–La Directora General de Política Energética y Minas, María Teresa Baquedano Martín.
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