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Documento BOE-A-2016-9450

Resolución de 4 de octubre de 2016, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, por la que se resuelve la concesión de ayudas del programa de fomento de la oferta de soluciones de computación en la nube para pequeñas y medianas empresas, en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Publicado en:
«BOE» núm. 249, de 14 de octubre de 2016, páginas 72753 a 72756 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-A-2016-9450

TEXTO ORIGINAL

Don Daniel Noguera Tejedor, Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, habilitado para este acto como órgano concedente, según lo establecido en el apartado tercero de la base décima de las bases reguladoras,

CONSIDERANDO

Primero.

Por Resolución de 11 agosto de 2015, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, se aprobaron las bases reguladoras por las que se convocaba la concesión de ayudas para el desarrollo del Programa de fomento de la oferta de soluciones de computación en la nube para pequeñas y medianas empresas, que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 206, de 28 de agosto de 2015, corregida por la Resolución de 5 de febrero de 2016, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 37, de 12 de febrero de 2016.

Segundo.

El Director del departamento de Economía Digital, como órgano instructor del procedimiento, formuló Propuesta de resolución de la convocatoria para la concesión de ayudas para el desarrollo del Programa de fomento de la oferta de soluciones de computación en la nube para pequeñas y medianas empresas, en lo que respecta a la comunidad autónoma de Galicia, el 9 de septiembre de 2016, siendo publicada en el perfil del contratante de la Entidad el 12 de septiembre de 2016. Dicha propuesta recogía el resultado del análisis de documentación de las solicitudes presentadas, proponiendo la estimación de las que cumplían los requisitos de las bases reguladoras de la Convocatoria y la desestimación del resto, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado segundo de la base décima.

Tercero.

En el apartado 2.2 de la Propuesta de resolución, en lo que respecta a la comunidad autónoma de Galicia, del Director de Economía Digital, de 9 de septiembre de 2016, se proponía la desestimación de las solicitudes que no cumplían con los requisitos establecidos en las bases reguladoras, según lo dispuesto en los diferentes informes emitidos por el órgano instructor a lo largo del procedimiento, tal y como refleja la Propuesta.

Cuarto.

En el apartado 2.1 de la Propuesta de resolución en lo que respecta a la comunidad autónoma de Galicia, del Director de Economía Digital, de 9 de septiembre de 2016, el órgano instructor proponía la designación como beneficiarios a aquellas PYMES que habían acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases reguladoras, haciendo referencia al presupuesto subvencionable y al importe de la ayuda a conceder.

En aplicación de lo dispuesto en la base novena, no es necesaria la selección de las solicitudes mejor valoradas de acuerdo con lo establecido en las bases, décima y undécima debido a que el presupuesto existente para la comunidad autónoma de Galicia es suficiente para cubrir todas las solicitudes que cumplen con los requisitos de las bases reguladoras.

Quinto.

De acuerdo con lo establecido en el apartado segundo de la base décima de las bases reguladoras, los solicitantes propuestos como beneficiarios disponían de un plazo de cinco días, a contar desde el día siguiente a la publicación de la Propuesta del Director de Economía Digital de 9 de septiembre de 2016, en el perfil del contratante de la Entidad, para comunicar la no aceptación del contenido de la mencionada propuesta de resolución.

En el plazo establecido, no se ha manifestado la no aceptación de la Propuesta del Director de Economía Digital de 9 de septiembre de 2016 por parte de ninguno de los propuestos como beneficiarios.

Por todo lo expuesto, resuelvo:

Primero.

Seleccionar como beneficiarios, en lo que respecta a la comunidad autónoma de Galicia, a las siguientes PYMES, en los términos previstos en el apartado 2.1 de la Propuesta de resolución de la convocatoria para la concesión de ayudas para el desarrollo del Programa de fomento de la oferta de soluciones de computación en la nube para pequeñas y medianas empresas, en lo que respecta a la comunidad autónoma de Galicia, de 9 de septiembre de 2016, por cumplir con todos los requisitos establecidos en las bases reguladoras, con detalle del presupuesto subvencionable y el importe de la ayuda a recibir de forma provisional (condicionada a la correcta justificación de las actuaciones, según lo dispuesto en la base duodécima y en la normativa legal aplicable):

N.º expediente

Nombre o razón social

NIF

Presupuesto subvencionable (impuestos indirectos excluidos)

Euros

Importe ayuda provisional

Euros

2016/05715/000078

C.A.I. SISTEMAS INFORMÁTICOS, SL.

B36228989

72.412,00

36.206,00

2016/05715/000086

TESLA TECHNOLOGIES & SOFTWARE, SL.

B70305578

65.000,00

32.500,00

2016/05715/000097

MACRO SISTEMAS, SA.

A36646768

109.080,00

59.994,00

2016/05715/000109

SAEC DATA, SA.

A36631653

69.139,25

41.483,55

2016/05715/000117

NETEX KNOWLEDGE FACTORY, SL.

B15595754

120.000,00

60.000,00

2016/05715/000149

SERINFER SERVICIOS INFORMÁTICOS, SL.

B36841070

120.000,00

60.000,00

2016/05715/000178

TEIMAS DESENVOLVEMENTO, SL.

B70179973

45.000,00

36.000,00

2016/05715/000190

INFOJC, SL.

B36764827

108.500,00

54.250,00

2016/05715/000195

INTELIGENCIA VISUAL, SL.

B27303254

120.000,00

60.000,00

2016/05715/000196

VISUAL MICROSYSTEMS, SA.

A36333706

120.000,00

60.000,00

2016/05715/000200

NUBODATA TECH. SOLUTIONS, SLNE.

B70419213

74.500,00

59.600,00

2016/05715/000201

VELNEO, SA.

A36494706

120.000,00

60.000,00

2016/05715/000235

QUALIGY SOLUTIONS INNOVATION, SL.

B94117199

50.000,00

37.500,00

2016/05715/000238

OPEN SOFT SERVICIOS INFORMÁTICOS, SL.

B36769917

81.000,00

56.700,00

2016/05715/000306

ENXENIO, SL.

B15879653

95.000,00

47.500,00

2016/05715/000325

QUADRALIA, SL.

B27742337

80.000,00

40.000,00

2016/05715/000334

QUERES TECNOLOGÍAS, SL.

B70007869

50.000,00

25.000,00

2016/05715/000382

ENXENDRA TECHNOLOGIES, SL.

B85630978

67.496,01

33.748,01

2016/05715/000403

SOLUCIONES Y PROYECTOS DE INFORMACIÓN, SL.

B15986771

48.000,00

24.000,00

2016/05715/000404

PRIMATE MULTIMEDIA IBÉRICA, SL.

B15825136

37.553,26

18.776,63

2016/05715/000406

REDEGAL, SL.

B32318354

74.500,00

59.600,00

2016/05715/000412

CITIOUS TEAM, SL.

B27814474

60.000,00

36.000,00

2016/05715/000421

BALIDEA CONSULTING PROGRAMING, SL.

B15850647

120.000,00

60.000,00

2016/05715/000429

TELTEK VIDEO RESEARCH, SL.

B27709476

90.000,00

49.500,00

2016/05715/000465

MAG & MAG & ASOCIADOS, SL.

B32426504

30.000,00

15.000,00

2016/05715/000479

HACCE SOLUCIONES TIC, SL.

B36989515

105.000,00

52.500,00

2016/05715/000480

INTECO INGENIERÍA AVANZADA, SL.

B36856540

80.000,00

60.000,00

2016/05715/000482

LINKNOVATE SCIENCE, SL.

B70409628

109.000,00

59.950,00

2016/05715/000497

VISUAL PUBLINET, SL.

B36880094

79.962,18

59.971,63

2016/05715/000500

ASM SOFT, SL.

B36636629

63.980,66

47.985,50

2016/05715/000501

ADVANCED SYSTEMS PUNTOBIT, SL.

B15995558

75.000,00

60.000,00

2016/05715/000510

ARCADE CONSULTORES, SL.

B15476047

47.566,68

26.161,67

2016/05715/000515

IMATIA INNOVATION, SL.

B36499960

60.000,00

30.000,00

2016/05715/000522

ISONOR QUALITY, SL.

B36275519

75.000,00

60.000,00

2016/05715/000534

TECALIS ENGINEERING, SL.

B70279088

80.000,00

60.000,00

2016/05715/000606

ISELTEC, SL.

B70444823

80.000,00

60.000,00

2016/05715/000612

CIENCIA E TECNOLOXIA AMBIENTAL, SLNE.

B32394348

79.973,00

59.979,75

2016/05715/000629

DOMESTING, SL (ant. INTERNET, MARKETING & TRAINING, SL).

B70448691

60.000,00

30.000,00

2016/05715/000635

SDWEB SOLUCIONS DIXITAIS, SL.

B70151113

30.000,00

15.000,00

2016/05715/000650

AMODO SOLUCIONES, SL.

B32460412

40.500,00

20.250,00

Segundo.

Inadmitir a trámite la solicitud presentada fuera de tiempo y forma por el siguiente interesado:

N.º expediente

Nombre o razón social

NIF

2016/05715/000660

AILALELO DESEÑO GRÁFICO S. COOP. GALEGA.

F27444710

Tercero.

Dar por desistida la siguiente solicitud, por no haberse atendido a alguno de los requerimientos de documentación emitidos por el órgano instructor a lo largo de las diferentes fases del procedimiento para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la base tercera y cuarta de las bases reguladoras:

N.º expediente

Nombre o razón social

NIF

2016/05715/000642

BIWID SOLUTIONS, SL.

B70454079

Cuarto.

Desestimar las siguientes solicitudes por no haber acreditado, de forma suficiente y correcta y a través de la documentación presentada en tiempo y forma, el cumplimiento de los requisitos establecidos en la base tercera y cuarta de las bases reguladoras:

N.º expediente

Nombre o Razón Social

NIF

2016/05715/000071

SOFTWARE 4 SCIENCE DEVELOPMENTS, SL.

B70393582

2016/05715/000207

AKAYA SOLUTIONS, SL.

B70394093

2016/05715/000544

INVBIT DISEÑO Y DESARROLLO WEB, SL.

B70346291

2016/05715/000657

LABRAX SOLUCIONES, SL.

B70334529

Quinto.

La presente resolución es susceptible de recurso de alzada ante el Presidente de la Entidad Pública Empresarial Red.es, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de octubre de 2016.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, Daniel Noguera Tejedor.

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