Visto el texto del Acta de 13 de julio de 2017 relativa al «pago único» por cierre de resultados para el ejercicio de 2017, ello de acuerdo con lo previsto en el artículo 18 del Convenio colectivo de la empresa Mercedes-Benz Retail, SAU (código de convenio número 90100191012015), publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 7 de octubre de 2016, Acta que fue suscrita, de una parte por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y, de otra, por el Comité Intercentros, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Empleo resuelve:
Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión de Negociadora.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 7 de septiembre de 2017.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
En Madrid, a 13 de julio de 2017, y siendo las 11:00 horas, se reúnen en la Sala del centro de trabajo de la Empresa de Barajas, las representaciones que a continuación se indican:
Por la Dirección de la Empresa:
Mayte Vizoso Criado.
Ana Belen Reina Mora.
Por la representación legal de los trabajadores (RLT – Comité Intercentros):
David Ruiz Saez (UGT).
Luis Felipe Suaña de Mena (UGT).
Rafael Herrador Martín (UGT).
David Merinero Cruz (UGT).
José Antonio Ayala Ramírez (UGT).
Ángel Iglesias Martín (UGT).
David Dorado Simón (UGT).
Juan Carlos Gómez García (UGT).
José Luis Díaz Jaén (CCOO).
Javier Sáez Aguilar(CCOO).
Miguel Angel Espinosa García (CCOO).
Antonio Núñez de la Osa (CCOO).
Tras mantener varias reuniones por parte de la Representación Social y la Representación de la Empresa en virtud de lo recogido en el artículo 18 del II Convenio Colectivo de Mercedes-Benz Retail, S.A. Unipersonal, las Partes arriba mencionadas acuerdan un Pago Único por cierre de resultados para el ejercicio de 2017, de carácter extraordinario y no consolidable, condicionado al cierre de resultado antes de impuestos de Mercedes-Benz Retail, S.A. Unipersonal, conforme a los importes establecidos en la siguiente escala:
Resultados antes de impuestos 2017 – Euros |
Pago único 2018 – Euros |
---|---|
De 0 a 11.399.999 |
0 |
De 11.400.000 a 11.499.999 |
300 |
De 11.500.000 a 11.599.999 |
350 |
De 11.600.000 a 11.999.999 |
400 |
De 12.000.000 en adelante |
500 |
Y sin más asuntos que tratar se da por finalizada la reunión a las 14:00 h.
Firmado,
Por la Dirección de la Empresa: Mayte Vizoso Criado.–Ana Belén Reina Mora.
Por la representación legal de los trabajadores (RLT-Comité Intercentros): David Ruiz Saez.–Luis Felipe Suaña de Mena.–Rafael Herrador Martín.–David Merinero Cruz.–José Antonio Ayala Ramírez.–Ángel Iglesias Martín.–David Dorado Simón.–Juan Carlos Gómez García.–José Luis Díaz Jaén.–Javier Sáez Aguilar.–Miguel Angel Espinosa García.–Antonio Núñez de la Osa.
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