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Documento BOE-A-2017-11367

Resolución de 19 de mayo de 2016, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Privada María Auxiliadora.

Publicado en:
«BOE» núm. 240, de 5 de octubre de 2017, páginas 96578 a 96582 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2017-11367

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente remitido por el Protectorado y Registro de Fundaciones de la Generalitat de Cataluña para la inscripción en el Registro de Fundaciones de Competencia Estatal del Ministerio de Justicia de la Fundación Privada María Auxiliadora, por modificación del ámbito de actuación, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, se aprecian:

Antecedentes de hecho

Primero.

El Registro de Fundaciones de la Generalitat de Cataluña remitió transcripción literal de los asientos registrales que constan en dicho Registro, así como documentación de la Fundación Privada María Auxiliadora, de la que se extraen, para su transcripción, en la hoja que de la entidad se abra en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Justicia de Competencia Estatal los siguientes datos registrales:

Constitución: La Fundación se constituye por el «Instituto de las Hijas de María Auxiliadora», en escritura pública otorgada en Barcelona, el día 12 de mayo de 1998, ante el notario don Antonio Ventura-Traveset Hernández, con el número 2826 de su protocolo.

Inscripción: Por Resolución de 2 de septiembre de 1998, de la consejera de Justicia se inscribió en el Registro de Fundaciones de la Generalitat de Cataluña, a la Fundación Privada María Auxiliadora y se clasificó, como Fundación Cultural Privada.

Domicilio y ámbito de actuación inicial: En la ciudad de Barcelona, paseo de Sant Joan Bosco número 24, C.P. 08017 y su ámbito de actuación es principalmente en el territorio de la Comunidad de Cataluña.

Patronato inicial: Presidenta: Doña María Rosa Olivella Solé; vicepresidenta: Doña María Flora Martínez Lizar; secretaria: Doña Pilar Pagès Tomàs; vocales: Doña Blanca Polo Miravé, doña Antonia Herrero Marí y doña Raquel Noain Ibero.

Dotación inicial: en la escritura de constitución se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de cinco millones de pesetas (5.000.000 de ptas.) en efectivo, de las cuales dos millones (2.000.000 de ptas.) son aportadas en el momento del otorgamiento de la carta fundacional, y el resto mediante la aportación de un millón de pesetas (1.000.000 de ptas.) cada año, hasta el 2001.–La cesión de uso gratuita de los locales situados en el paseo Sant Joan Bosco, 24, de Barcelona.

Fines: Según el artículo 3 de sus Estatutos los fines de la Fundación son:

a) Ayudar los niños, adolescentes, jóvenes y adultos, destinatarios de las obras educativas que dependen de las Hijas de María Auxiladora (Inspectoria Mare de Déu del Pilar), especialmente en los caso de insuficiencia económica familiar.

b) Favorecer la creación y el mantenimiento de servicios de promoción social y de atención a jóvenes en situación de riesgo, con una atención preferente a las chicas.

c) Fomentar cursos y actividades orientadas a la formación por la inserción laboral de nuestros destinatarios. d) Favorecer contactos Escuelas-Empresas para posibilitar la alternancia estudio-trabajo y los contratos en formación de alumnos y antiguos/guas alumnos, de cara a su primera colocación y promoción técnica y laboral.

e) Colaborar con todas las Obras Educativas de las FMA, a través de la adquisición y mantenimiento de los equipos e instalaciones necesarias para poder dotar a los destinatarios de un nivel tecnológico suficiente y así conseguir la calidad educativa que pidan las necesidades de los agentes sociales.

f) Apoyar con los recursos disponibles todo tipo de actividades complementarias dirigidas tanto a educadores y educadoras como destinatarios, que favorezcan una educación integral, desde una adecuada orientación psicopedagógica hasta actividades deportivas y de ocio, formativas, culturales científicas.

Modificación de Estatutos: 1) Por Resolución de 31 de octubre de 2013, se inscribió la modificación y adaptación de los Estatutos de la Fundación Privada María Auxiliadora, así como el texto refundido resultante de la adaptación a la Ley 4/2008, del 24 de abril, del libro tercero del Código Civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, los estatutos de la entidad, según consta en la escritura pública número 4105, otorgada el 18 de diciembre de 2012, ante el notario de Barcelona don Miguel Ángel Campo Gërri, que fue subsanada mediante la escritura pública número 2721, otorgada el 23 de julio de 2013 ante el mismo notario por la que se elevan a público los acuerdos adoptados en la reunión del Patronato de 7 de octubre de 2012.

Cambios en el Patronato: 1) En fecha 2 de noviembre de 2000, mediante Certificado firmado por la Secretaria del patronato doña Pilar Pagès, con el visto bueno de la Presidenta expedido el día 23 de junio de 2000, comunicando que en sesión celebrada el día 30 de mayo de 2000 se efectuó la actualización del Patronato: Ceses: Secretaria: Pilar Pagès, por renuncia; Nombramiento: Secretaria: doña Antonia Herrero 2) En fecha 18 de diciembre de 2000, mediante Certificado firmado por la Secretaria del patronato, con el visto bueno de la Presidenta expedido el día 20 de noviembre de 2000, comunicando que en sesión celebrada el día 23 de junio de 2000 fue nombrada por el cargo de patrona como Directora de las Comunidades de las hijas de M.ª Auxiiadora en M.ª Camino Velasco Eliozondo; Nombramiento: Vocal: doña M.ª Camino Velasco Eliozondo; 3) En fecha 26 de mayo de 2003, mediante Certificado firmado por la Secretaria del patronato, con el visto bueno de la Presidenta expedido el día 12 de marzo de 2002, y en comparecencia delante de Protectorado en fecha de 26 de mayo de 2003 comunicando que en sesión celebrada en 2001 se efectuó la actualización del Patronato: Ceses: doña María Rosa Olivella, doña Flora Martínez y doña Antonia Herrero; Nombramiento: Presidenta: doña María del Carmen Català Climent; Vicepresidenta: doña Pilar Pagès Tomás y secretaria: doña María Jesús Sánchez Fuertes; 4) En fecha 6 de julio de 2004, mediante Certificado firmado por la Secretaria del patronato, con el visto bueno de la Presidenta expedido el día 17 de junio de 2004, y en comparecencia delante de Protectorado en fecha de 5 de julio de 2004 comunicando que en sesión celebrada del Patronato de 25 de noviembre de 2003 se efectuó la actualización del Patronato: Ceses: Vocales: doña Raquel Noaín Íbero y doña Blanca Polo Miravé; renovar: Presidenta doña María del Carmen Català Climent; Vicepresidenta: doña Pilar Pagès Tomás y secretaria: doña María Jesús Sánchez Fuertes; Vocal 3.ª: doña M.ª Camino Velasco Eliozondo Nombramiento: Vocal 1.ª doña Flora Martínez Lizar y Vocal 2.ª doña Ascensión Pardo de los Santos; 5) En fecha 19 de septiembre de 2006, mediante Certificado firmado por la Secretaria del patronato, con el visto bueno de la Presidenta expedido el día 13 de junio de 2006, y en comparecencia delante de Protectorado en fecha de 15 de septiembre de 2005 comunicando que en sesión celebrada del Patronato de 12 de junio de 2006 se efectuó la actualización del Patronato: Ceses: Secretaria: doña María Jesús Sánchez Fuertes, por renuncia al haber cesado en el cargo de miembro del Consejo Provincial; renovar: doña Flora Martínez Lizar; presidenta: doña María del Carmen Català Climent; Vicepresidenta: doña Pilar Pagès i Tomás y Vocal 2.ª doña Ascensión Pardo de los Santos; Vocal 1.ª doña M.ª Camino Velasco Eliozondo; nombramiento: Secretaria: doña Flora Martinez Lizar; Vocal 3.ª doña Mercedes Aldaz Ezcurra, por un periodo de tiempo de tres años; 6) En fecha 26 de marzo de 2008, mediante Certificado firmado por la Secretaria del patronato, con el visto bueno de la Presidenta expedido el día 29 de enero de 2008, y en comparecencia delante de Protectorado en fecha de 26 de marzo de 2008 comunicando que en sesión celebrada del Patronato de 8 de junio de 2007 se efectuó la actualización del Patronato: Ceses: vicepresidenta: doña Pilar Pagès i Tomás, por defunción; presidenta: doña María del Carmen Català Climent; secretaria: doña Flora Martinez Lizar; Vocal 1.ª doña M.ª Camino Velasco Eliozondo; por causa de cese en el cargo que ostentaban en la Inspectoria Mare de Déu del Pilar en virtud del cual eran patronas; Nombramiento: Vocales: doña María Lourdes Ruiz de Gauna Ortiz de Zarate, en el cargo de Presidenta como Superiora Provincial de Hijas de María Auxiliadora; doña María Rosa Olivella Solé, en el cargo de Vicepresidenta como Ecònoma de Filles de Maria Auxiliadora y miembro del Consejo Provincial, M.ª Carme Viladrich Casas, en el cargo de Secretaria como Directora de la Comunidad de Hijas de María Auxiliadora de Terrassa, y doña Raquel Noaín Íbero, como responsable de Pastoral de Hijas de María Auxiliadora y miembro del Consejo Provincial. Renovar: Vocal 2.ª doña Ascensión Pardo de los Santos como Directora de la Comunidad de Hijas de María Auxiliadora Maria del Magnificat de Zargoza (Actur), y Vocal 3.ª doña Mercedes Aldaz Ezcurra, como Directora de la Comunidad de Hijas de María Auxiliadora de Torrent; 7) En fecha 7 de octubre de 2012, mediante Certificado firmado por la Secretaria del patronato, con el visto bueno de la Presidenta formalizados en la escritura pública otorgada el 18 de diciembre de 2012 delante del notario de Barcelona don Miguel Ángel Campo Güerri, con número de protocolo 4105, que fue subsanada por la escritura con número de protocolo 2721 otorgada el 23 de julio de 2013, ante el mismo notario se efectuó la actualización del Patronato: Ceses: Todos los miembros del Patronato; Nombramientos: Presidenta: doña María Lourdes Ruiz de Gauna Ortiz de Zárate, en el cargo de Presidenta como Superiora Provincial de Hijas de María Auxiliadora; Vicepresidenta: doña Raquel Noaín Íbero, Responsable de Pastoral de Hijas de María Auxiliadora y miembro del Consejo Provincial; secretaria: doña María Rosa Oliviella Solé, Ecónoma de Hijas de María Auxiliadora y miembro del Consejo Provincial; Vocal 1.ª doña Teresa Margarita Rodríguez Martínez, miembro del Consejo Provincial; Vocal 2.ª doña Teresa Juliana Nieva Herranz, miembro del Consejo Provincial y Vocal 3.ª doña María del Carmen Bailo Luño; 8) En fecha 14 de mayo de 2014, mediante Certificado firmado por la Secretaria del patronato, con el visto bueno de la Presidenta formalizados en la escritura pública otorgada el 8 de abril de 2014 delante del notario de Barcelona don Miguel Ángel Campo Güerri, con número de protocolo 1040, y el certificado firmado el 6 de mayo de 2014 por la secretaria con el visto bueno de la Presidenta, se efectuó la actualización del Patronato: Ceses: Presidenta: doña María Lourdes Ruiz de Gauna Ortiz de Zarate; Vocal 1.ª doña Teresa Margarita Rodríguez Martínez; vocal 2.ª doña Teresa Juliana Nieva Herranz; Nombramiento: Presidenta: María Isabel Pérez Sanz, Superiora provincial de las FMA de la Inspectoria Mare de Déu del Pilar; Vocal 1.ª M. Carmen Buera Broto, miembro del Consejo Provincial; Vocal 2.ª M. Rosario Ten Sorian, Miembro del Consejo Provincial; Renovar: Vicepresidenta: doña Raquel Noaín Íbero, Responsable de Pastoral de Hijas de María Auxiliadora y miembro del Consejo Provincial; Secretaria: doña María Rosa Oliviella Solé, Ecónoma de Hijas de María Auxiliadora y miembro del Consejo Provincial; y Vocal 3.ª doña María del Carmen Bailo Luño miembro del Consejo Provincial.

Segundo.

Por Resolución de 1 de abril de 2016, el Director general de Derecho y Entidades Jurídicas de la Generalitat de Cataluña autoriza el traslado de la Fundación Privada María Auxiliadora, al Protectorado que ejerce el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte al haber ampliado el ámbito de actuación, pasando a ser su ámbito de actuación estatal y no principalmente en Cataluña y, por tanto, se extingue la competencia del Protectorado y del Registro de Fundaciones de la Generalitat de Cataluña sobre la indicada Fundación, habiendo adaptado los estatutos de la Fundación a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. Una vez que se inscriba en el Registro de Fundaciones de competencia estatal se procederá a la cancelación de los correspondientes asientos en el Registro de Fundaciones de la Generalitat de Cataluña.

Tercero.

Con fecha 17 de octubre de 2016 se remite escritura pública número 3218, autorizada el 30 de septiembre de 2016, ante el notario don Miguel Ángel Campo Gërri, de modificación de estatutos, en la que se recogen las modificaciones de los artículos 5,6,8,9,10,23, 25 y 27.2 a los efectos de su adaptación a la normativa estatal de fundaciones, según acuerdo del patronato de 26 de julio de 2016, por la que se subsana la escritura pública número 3386, autorizada el 20 de octubre de 2015, ante el mismo notario, de modificación de estatutos, por la que se eleva a público el acuerdo adoptado por el Patronato en la reunión celebrada el 29 de septiembre de 2015, de cambio del ámbito de actuación pasando a ser de ámbito nacional modificando el artículo 3 de los estatutos; y la aprobación de un nuevo texto de los Estatutos de la Fundación para su adaptación a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, en su artículo 34.2, determina que el Protectorado será ejercicio por la Administración General del Estado respecto de las Fundaciones de Competencia Estatal.

Tercero.

Según el artículo 40 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, el Protectorado de las fundaciones de competencia estatal será ejercicio por la Administración General del Estado a través de los Departamentos ministeriales que posean atribuciones vinculadas con los fines fundacionales, tal y como aparecen descritos en los Estatutos de la Fundación. Asimismo, en el Registro de Fundaciones de competencia estatal se inscribirán los actos relativos a las fundaciones que desarrollen su actividad en todo el territorio del Estado o principalmente en el territorio de más de una Comunidad Autónoma y la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley, prescribe que, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes.

Por todo lo cual, resuelvo:

Primero.

Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento a la Fundación Privada María Auxiliadora, por cambio de ámbito al estatal, transcribiendo los datos registrales que figuran en el primero de los antecedentes de hecho.

Segundo.

Resolver inscribir en el Registro de Fundaciones la modificación de Estatutos según consta escritura pública número 3218, autorizada el 30 de septiembre de 2016, ante el notario don Miguel Ángel Campo Gërri, de modificación de estatutos, en la que se recogen las modificaciones de los artículos 5,6,8,9,10,23, 25 y 27.2 a los efectos de su adaptación a la normativa estatal de fundaciones, según acuerdo del patronato de 26 de julio de 2016, por la que se subsana la escritura pública número 3386, autorizada el 20 de octubre de 2015, ante el mismo notario, de modificación de estatutos, por la que se eleva a público el acuerdo adoptado por el Patronato en la reunión celebrada el 29 de septiembre de 2015, de cambio del ámbito de actuación pasando a ser de ámbito nacional modificando el artículo 3 de los estatutos; y la aprobación de un nuevo texto de los Estatutos de la Fundación para su adaptación a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

Tercero.

Dar traslado de la presente Resolución a la Fundación y al Protectorado y Registro de Fundaciones de la Generalitat de Cataluña, para que proceda a la cancelación de los correspondientes asientos en el Registro de Fundaciones de la Generalitat de Cataluña.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 19 de mayo de 2016.–El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.

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