Con fecha 26 de septiembre de 2016 se ha suscrito, previa tramitación reglamentaria, el Convenio de Colaboración entre la Intervención General de la Administración del Estado y la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Ciudad Autónoma de Melilla para la realización de funciones de control en relación con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y el Fondo de Cohesión.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 29 de diciembre de 2016.–El Secretario de Estado de Presupuestos y Gastos, Alberto Nadal Belda.
En Madrid, a 26 de septiembre de 2016.
REUNIDOS
De una parte el Sr. D. José Carlos Alcalde Hernández, en su condición de Interventor General de la Administración del Estado, cargo para el que fue nombrado por el Real Decreto 123/2012, de 13 de enero de 2012, BOE n.º 12; que actúa por delegación de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos en virtud de la Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio, por la que se aprueba la delegación de competencias en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.6 de la Ley 6/1997, de 14 de abril de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
De otra parte, Sr. D. Daniel Conesa Mínguez, Consejero de Hacienda y Administraciones Públicas, cargo para el que fue nombrado por Decreto n.º 58 de 20 de Julio de 2015 y publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla Extraordinario n.º 28 de 20 de julio de 2015.
Ambas partes reconocen competencia suficiente para el establecimiento del presente Convenio, y al efecto,
EXPONEN
1.º Que la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), adscrita a la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, es el órgano al que le corresponden, entre otras funciones, el seguimiento y control de las subvenciones y ayudas públicas, el control de fondos comunitarios, la coordinación de las acciones encaminadas a proteger los intereses financieros de la Unión Europea contra el fraude y el control interno del sector público estatal, según lo establecido en el artículo 11 del Real Decreto 256/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en su redacción dada por el apartado 3 del artículo 4 del Real Decreto 802/2014, de 19 de septiembre.
A tal efecto, la IGAE es la Autoridad de Auditoría en el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y el Fondo de Cohesión en el marco de programación 2007-2013, asumiendo las funciones establecidas en el artículo 62 del Reglamento (CE) 1083/2006. En particular, es la Autoridad de Auditoría en los Programas Operativos FEDER Melilla y FEDER-FONDO COHESIÓN.
2.º Que la Intervención General de Melilla (IGME), adscrita a la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Ciudad Autónoma de Melilla es el órgano de control de la parte regional de los Programas Operativos FEDER Melilla y FEDER-FONDO COHESIÓN.
En este sentido, es responsable de la ejecución de la estrategia de auditoría en cada período auditor dentro del marco de programación 2007-2013, bajo la responsabilidad de la Autoridad de Auditoría (IGAE).
3.º Que la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Ciudad Autónoma de Melilla reconoce la insuficiencia de medios humanos y técnicos en la IGME para afrontar los requerimientos precisos en el control de los fondos comunitarios de conformidad con el artículo 58, letras b) y c) del Reglamento (CE) 1083/2006.
Todo ello determina la imposibilidad, en los momentos actuales, de establecer unos procedimientos que garanticen la exactitud y regularidad del gasto declarado en la parte regional de los Programas Operativos FEDER Melilla y FEDER- FONDO COHESIÓN acorde con los requerimientos de la Comisión Europea, por lo que se solicita la colaboración de la IGAE, como Autoridad de Auditoría del FEDER y FEDER-FONDO de COHESIÓN, para la adecuada ejecución de la estrategia de auditoría de la IGME en el marco de programación 2007-2013.
4.º Que mediante la Decisión C (2015) 1038 de la Comisión Europea de 18 de febrero de 2015, relativa a la suspensión de los pagos intermedios del Fondo Europeo de Desarrollo Regional respecto de la parte regional del Programa Operativo FEDER Melilla, se ponen de manifiesto deficiencias graves en el funcionamiento del sistema de gestión y control de la parte regional de programa de Melilla que afectan a la fiabilidad del procedimiento de certificación de los pagos.
5.º Que la Disposición Adicional Séptima de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, establece que la IGAE podrá asumir, previa la formalización del oportuno convenio con la Entidad Local interesada, la realización de actuaciones de apoyo encaminadas a reforzar la autonomía y eficacia de los órganos responsables del control y fiscalización interna de la gestión económico- financiera, contable y presupuestaria en el ámbito de las Entidades Locales.
6.º Que con fecha 15 de febrero de 2016, fue firmado un Convenio de Colaboración entre la Intervención General de la Administración del Estado y la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas para la realización de controles financieros, para el año auditor 2014-2015, sobre proyectos cofinanciados por la Unión Europea, correspondientes a la parte regional de los Programas Operativos FEDER Melilla y FEDER-COHESIÓN correspondientes al marco de programación 2007-2013, en aras a reducir o evitar las eventuales correcciones financieras derivadas de deficiencias en los sistemas de gestión y control de los programas operativos que pudiera efectuar la Comisión Europea en aplicación del artículo 99 del Reglamento (CE) 1083/2006.
7.º Que las partes firmantes estiman necesario continuar con dicha colaboración para el siguiente año auditor 2015-2016, al seguir subsistiendo insuficiencia de medios humanos y técnicos en la Intervención General de Melilla.
8.º Que no ha sido posible prorrogar el Convenio al que se refiere el párrafo anterior, al no estar el mismo ejecutándose en la fecha de firma del presente Convenio.
En consecuencia ambas partes
ACUERDAN
El presente Convenio tiene por objeto la colaboración entre las partes para la realización de controles financieros sobre proyectos cofinanciados por la Unión Europea, correspondientes a la parte regional de los Programas Operativos FEDER Melilla y FEDER- FONDO COHESIÓN correspondientes al marco de programación 2007-2013, en aras a reducir o evitar las eventuales correcciones financieras derivadas de deficiencias en los sistemas de gestión y control de los programas operativos que pudiera efectuar la Comisión Europea en aplicación del artículo 99 del Reglamento (CE) 1083/2006.
En concreto, para el año auditor 2015-2016 se han previsto la realización de 16 auditorías de operaciones del FEDER (ver detalle de las operaciones en el Anexo).
La firma de este Convenio no alterará las asunción de responsabilidades que las Administraciones Públicas deban asumir en aplicación del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea.
1. La IGAE asume las siguientes obligaciones:
a) La realización de las auditorías de operaciones establecidas en la cláusula primera.
b) El envío de los Borradores de Informe e Informes Definitivos a la IGME, sin perjuicio de que la notificación de los mismos a los organismos controlados se lleve a cabo directamente por la ONA.
c) La supervisión de los trabajos de auditoría a que se refiere la letra a).
d) El análisis y seguimiento de los resultados de la auditoría para la determinación de la tasa de error y la formación de la opinión, y su inclusión en el Informe Anual de Control que elaborará la Autoridad de Auditoría para el año 2016.
e) Comunicar a la IGME los análisis de los resultados de auditoría realizados, las tasas de error calculadas y las opiniones emitidas.
f) El tratamiento de la información para la elaboración del Informe Anual de Control.
g) La gestión de las aplicaciones informáticas donde se almacene la documentación derivada de la ejecución del presente Convenio
h) Guardar la debida confidencialidad sobre la información recibida y los resultados obtenidos en los distintos trabajos.
i) Participar en las reuniones que se celebren para la ejecución y seguimiento del presente Convenio, de conformidad con lo establecido en la cláusula quinta.
2. La Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Ciudad Autónoma de Melilla se compromete a:
a) Poner a disposición de la ejecución del Convenio los recursos humanos y materiales precisos para la realización de los trabajos tendentes a la consecución del objeto del presente Convenio.
b) Satisfacer la contraprestación económica establecida en la cláusula cuarta, en los términos y plazos establecidos en el presente Convenio.
c) Participar en las reuniones que se celebren para la ejecución y seguimiento del presente Convenio, de conformidad con lo establecido en la cláusula quinta.
d) La Intervención General de Melilla (IGME) se compromete a:
• Efectuar las comunicaciones de inicio de los trabajos de auditoría a los organismos controlados, informándoles de que la IGAE es la encargada de realizar los controles en virtud del presente Convenio.
• Facilitar toda la información necesaria así como aportar la documentación que pueda ser requerida para la adecuada ejecución de los trabajos de auditoría y la elaboración del Informe Anual de Control 2016.
El presente Convenio inicia su vigencia a partir de su firma hasta el 31 de diciembre de 2016, duración necesaria para la ejecución de los trabajos previstos en la cláusula primera.
Por otra parte, el presente Convenio puede prorrogarse por acuerdo expreso de las partes firmantes, motivando la causa, para la realización de otros trabajos de auditoría correspondientes al marco de programación 2007-2013.
Cada una de las partes firmantes financiará con sus propios recursos el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la ejecución del presente Convenio, según lo establecido en la cláusula segunda, salvo las relativas a las letras a) y b) del apartado primero.
La Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Ciudad Autónoma de Melilla deberá aportar a la IGAE la cantidad de 21.772,48 €, calculada en función de los 16 informes de auditoría de operaciones previstos en la cláusula primera, a emitir por la IGAE, cuyo coste unitario se fija en 1.360,78 € por informe.
El pago se realizará dentro del mes siguiente a la remisión a la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la IGME, de la totalidad de los informes de auditoría de operaciones correspondientes al año auditor 2015-2016, previsto en la cláusula primera.
En el ámbito del presente Convenio, las partes se comprometen a celebrar cuantas reuniones sean necesarias con el fin de interpretar, vigilar y controlar el cumplimiento del Convenio.
En todo caso, se celebrarán las siguientes reuniones:
• Una reunión inicial entre la ONA, la IGME y el Organismo Intermedio de la parte regional de los Programas Operativos FEDER Melilla y FEDER-FONDO COHESIÓN, con objeto de establecer la planificación de los trabajos de auditoría.
• Una reunión resumen en la que la ONA comunique a la IGME y al Organismo Intermedio los principales resultados de las auditorías, así como las irregularidades y recomendaciones que se deriven y las pautas para el seguimiento de las mismas
Los informes de auditoría deberán mencionar que los trabajos de auditoría se realizan por la IGAE en virtud del presente Convenio, por cuenta de la IGME.
Serán causas de extinción del presente Convenio las enumeradas a continuación:
• El mutuo acuerdo de las partes firmantes.
• El incumplimiento reiterado e injustificado de las obligaciones contempladas en el Convenio. Cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos.
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio.
• La decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
• El fin de la vigencia del Convenio.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común.
Conforme al Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el presente convenio queda excluido de su ámbito de aplicación, a tenor de lo previsto en su artículo 4.1.c).
En consecuencia, las cuestiones litigiosas que se planteen durante la ejecución y aplicación del Convenio se someterán al Orden Jurisdiccional de lo Contencioso-Administrativo conforme a los dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, en cuyo contenido se afirman y ratifican, ambas partes firmas el presente Convenio de Colaboración, por triplicado ejemplar y a un solo efecto en la ciudad y fecha en el encabezamiento expresadas.–Por la Intervención General de la Administración del Estado, José Carlos Alcalde Hernández.–Por la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Ciudad Autónoma de Melilla, Daniel Conesa Mínguez.
NREF |
Código de operación |
CCI |
Programa Operativo |
Código OI |
Descripción OI |
Descripción operación |
Gasto certificado |
Referencia beneficiario |
Beneficiario |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
74018.FE.15 |
5-58-15 |
2007ES161PO002 |
Programa Operativo FEDER de Melilla |
219000 |
Ciudad Autónoma de Melilla. |
Proyecto basico, de ejecucion y estudio se seguridad y salud reparaciones en el muro de contencion del antiguo pabellon de aviacion, dentro del cuarto recinto fortificado de Melilla. |
44.073,15 |
Ciudad Autónoma de Melilla. |
|
74014.FE.15 |
2-08-AF14068 |
2007ES161PO002 |
Programa Operativo FEDER de Melilla |
219000 |
Ciudad Autónoma de Melilla. |
Plaza Phone, S.L. |
15.574,30 |
B52031200 |
Ciudad Autónoma de Melilla. |
74027.FE.15 |
02/08/1952 |
2007ES161PO002 |
Programa Operativo FEDER de Melilla |
219000 |
Ciudad Autónoma de Melilla. |
Mohamed Hamida Aixa. |
358.873,02 |
45264643E |
Ciudad Autónoma de Melilla. |
74013.FE.15 |
2-08-AF13128 |
2007ES161PO002 |
Programa Operativo FEDER de Melilla |
219000 |
Ciudad Autónoma de Melilla. |
Malika Laaboudi Bouajaj. |
6.812,04 |
45358239P |
Ciudad Autónoma de Melilla. |
74025.FE.15 |
2-08-AF13027 |
2007ES161PO002 |
Programa Operativo FEDER de Melilla |
219000 |
Ciudad Autónoma de Melilla. |
Hermanas Mimun Bumedien, CB. |
9.748,77 |
E52028727 |
Ciudad Autónoma de Melilla. |
74024.FE.15 |
01-03-03 |
2007ES161PO002 |
Programa Operativo FEDER de Melilla |
219000 |
Ciudad Autónoma de Melilla. |
Talleres de herramientas de productividad TIC para el emprendedor. |
6.460,00 |
Ciudad Autónoma de Melilla. |
|
74021.FE.15 |
2-08-MI14051 |
2007ES161PO002 |
Programa Operativo FEDER de Melilla |
219000 |
Ciudad Autónoma de Melilla. |
SUIM, C.B. |
6.716,74 |
E52013745 |
Ciudad Autónoma de Melilla. |
74022.FE.15 |
2-08-AF12036 |
2007ES161PO002 |
Programa Operativo FEDER de Melilla |
219000 |
Ciudad Autónoma de Melilla. |
Pronor Cuatro Caminos, S.L. |
29.203,01 |
B29956422 |
Ciudad Autónoma de Melilla. |
74019.FE.15 |
2-08-AF14144 |
2007ES161PO002 |
Programa Operativo FEDER de Melilla |
219000 |
Ciudad Autónoma de Melilla. |
Ridouan Abdel-Lah Tieb. |
9.522,90 |
45312239P |
Ciudad Autónoma de Melilla. |
74015.FE.15 |
2-08-MI14074 |
2007ES161PO002 |
Programa Operativo FEDER de Melilla |
219000 |
Ciudad Autónoma de Melilla. |
Enrique Alcoba Vizcaino. |
3.011,98 |
45306530A |
Ciudad Autónoma de Melilla. |
73993.FE.15 |
2-08-MI14010 |
2007ES161PO002 |
Programa Operativo FEDER de Melilla |
219000 |
Ciudad Autónoma de Melilla. |
Publigrafic Melilla,S.L. |
1.495,65 |
B52004140 |
Ciudad Autónoma de Melilla. |
74016.FE.15 |
2-08-MI13224 |
2007ES161PO002 |
Programa Operativo FEDER de Melilla |
219000 |
Ciudad Autónoma de Melilla. |
Gestiones Cisneros Siete, S.L. |
30.000,00 |
B52026374 |
Ciudad Autónoma de Melilla. |
74017.FE.15 |
2-09-CA13207 |
2007ES161PO002 |
Programa Operativo FEDER de Melilla |
219000 |
Ciudad Autónoma de Melilla. |
Cooperativa Omnibus Automoviles de Melilla. |
4.000,00 |
F29900412 |
Ciudad Autónoma de Melilla. |
74020.FE.15 |
2-08-AF13125 |
2007ES161PO002 |
Programa Operativo FEDER de Melilla |
219000 |
Ciudad Autónoma de Melilla. |
Salma Dris Hamed. |
19.801,46 |
45301888F |
Ciudad Autónoma de Melilla. |
74026.FE.15 |
2-08-MI13205 |
2007ES161PO002 |
Programa Operativo FEDER de Melilla |
219000 |
Ciudad Autónoma de Melilla. |
Martínez Trujillo, S.L. |
1.453,18 |
B52021540 |
Ciudad Autónoma de Melilla. |
74023.FE.15 |
2-08-MI14030 |
2007ES161PO002 |
Programa Operativo FEDER de Melilla |
219000 |
Ciudad Autónoma de Melilla. |
Hafida Mohand Mohand |
990,78 |
45287438R |
Ciudad Autónoma de Melilla. |
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid