El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la Fundación Mutua Madrileña y la Asociación Cultural de Protectores y Amigos del Museo Arqueológico Nacional, han suscrito con fecha 3 de abril de 2017, un Convenio de Colaboración para la colaboración en las actividades culturales del Museo Arqueológico Nacional, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 17 de abril de 2017.–La Secretaria General Técnica, Mónica Fernández Muñoz.
En Madrid, a 3 de abril de 2017.
REUNIDOS
Por parte del Ministerio de Educación Cultura y Deporte, D. Luis Lafuente Batanero, Director General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural, designado mediante Real Decreto 670/2016, de 9 de diciembre y en virtud de las competencias que le vienen conferidas en el apartado III punto octavo 2, de la Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo, de delegación de competencias del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Por parte de la Fundación Mutua Madrileña, D. Lorenzo Cooklin Díaz, mayor de edad, con DNI 50.833.892-m, y D. Antonio López Taracena, mayor de edad, con DNI 696.654-F, con domicilio social en Madrid, paseo de la Castellana 36-38, planta 10, con NIF G.–83729434, conforme acreditan con la escritura de poder otorgada el 23 de junio de 2014, ante el ilustre Notario de Madrid, D. José Miguel García Lombardía, con el número 2.508 de su Protocolo y por acuerdo del Patronato en reunión de 15 de diciembre de 2015.
Por parte de la Asociación Cultural de Protectores y Amigos del Museo Arqueológico Nacional, D. Juan de Alarcón Montoya, con DNI 22343998-G, en calidad de Presidente, cargo para el que fue nombrado por acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria celebrada en Madrid el 17 de abril de 1997.
Las partes se reconocen capacidad legal para formalizar el presente Convenio y a tal efecto.
EXPONEN
I. Que conforme al artículo 8 del Real Decreto 415/2016, de 3 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales le corresponde al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia educativa, de formación profesional y de universidades, así como la promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español, de los museos estatales y de las artes, del libro, la lectura y la creación literaria, de las actividades cinematográficas y audiovisuales y de los libros y bibliotecas estatales, la promoción y difusión de la culturales en español, así como el impulso de las acciones de cooperación cultural y, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, de las relaciones internacionales en materia de cultura.
II. Que el Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales dispone en su artículo 7 que de la Secretaría de Estado de Cultura depende la Dirección General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural.
III. Que en virtud de la disposición adicional primera del Reglamento de Museos de titularidad estatal y del Sistema Español de Museos, aprobado por Real Decreto 620/1987, de 10 de abril, la adscripción de Museos al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se realiza a través de la Dirección General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural.
IV. Que de acuerdo con lo expuesto, el Museo Arqueológico Nacional, es un museo de titularidad estatal adscrito al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte a través de la Dirección General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural. Esta institución tiene entre sus objetivos la conservación, catalogación y exhibición ordenada de los bienes a él asignados como colección estable del mismo y la investigación dentro de su especialidad y en torno a sus colecciones.
V. Que en el ejercicio de las funciones anteriormente expuestas, el Museo Arqueológico Nacional desarrolla líneas estratégicas de actuación entre las que se encuentran: fomentar actividades de contenido didáctico y cultural, impulsar acciones de difusión y comunicación, promocionar la investigación y el conocimiento de las piezas expuestas en las salas, editar publicaciones relacionados con el contenido y temática de la institución, y proporcionar al visitante la posibilidad de adquirir estas ediciones en el Museo.
VI. Que la Fundación Mutua Madrileña es una entidad sin ánimo de lucro inscrita en el Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid con fecha 8 de octubre de 2003, número de Hoja personal 356, 1.ª, Tomo XL, Folio 1,26 y tiene como objetivo general y conforme al artículo 3 de sus Estatutos el apoyo a la investigación científica en el cargo de la salud y las ciencias sociales, así como el patrocinio, desarrollo, difusión, divulgación y apoyo a toda clase de proyectos, trabajos y estudios relacionados con la acción social, cultural y la seguridad vial, tanto destinadas al colectivo de mutualistas y asegurados del Grupo Mutua Madrileña como a la sociedad en general.
VII. Que la Asociación Cultural de Protectores y Amigos del Museo Arqueológico Nacional, es una entidad sin ánimo de lucro que tiene como fin básico apoyar la gestión y labor del citado Museo.
VIII. Que el Museo Arqueológico Nacional ha diseñado un programa de actividades culturales entre los que se encuentran, entre otras, las siguientes:
– Tardes en el Museo. Visitas guiadas para jóvenes y adultos, cuatro ciclos de conferencias:
– Museo-Drama,
– Visita-Taller escolar «Domesticar el agua»,
– Otros talleres escolares, veinte sesiones:
IX. Que la Fundación Mutua Madrileña y la Asociación de Amigos han manifestado su deseo de colaborar en la realización del programa de actividades culturales diseñado por el Museo Arqueológico Nacional.
De acuerdo con la exposición que antecede, y al amparo del artículo 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, las partes suscriben el presente Convenio de colaboración con las siguientes
CLÁUSULAS
El presente convenio tiene por objeto regular las obligaciones de las partes para la realización del programa de actividades culturales y educativas del Museo Arqueológico, siendo las siguientes:
Tardes en el Museo. Visitas guiadas para jóvenes y adultos, cuatro ciclos de conferencias:
Visitas que ofrecen un recorrido completo por cada una de las áreas cronológico-culturales en las que se divide la exposición permanente: Prehistoria, Protohistoria, Hispania romana, Antigüedad tardía, Edad Media islámica, Edad Media cristiana, Edad Moderna, Próximo Oriente y Egipto, Grecia Clásica, Numismática.
Durante la visita, el guía potencia la interacción con los visitantes mediante la formulación de preguntas y respuestas con las que logra una mayor participación e implicación de los usuarios, y favorece en ellos el hábito de visita al Museo.
Museo-Drama, diez sesiones, dos por personaje:
Actividad que utiliza el monólogo para contar las historias de la Historia. Se trata de una representación teatral de pequeño formato. La puesta en escena aprovecha la capacidad comunicativa y emocional del relato vivido y transmitido en primera persona para hacer partícipes a los oyentes de la situación histórica que se rememora.
Visita-Taller escolar «Domesticar el agua», diez sesiones:
En esta visita-taller se analizan las obras hidráulicas romanas. El abastecimiento de agua a las ciudades y el uso que los romanos realizaban de este preciado bien, comparándolos con los usos que le damos actualmente.
La actividad está estructurada en cuatro partes: monólogo teatralizado, visitas a las salas de la exposición permanente, juegos interactivos y laboratorio.
Otros talleres escolares, veinte sesiones:
Estos talleres se estructuran en cuatro partes: monólogo teatralizado, visitas a las salas de la exposición permanente, juegos interactivos y laboratorio.
Las temáticas serán:
a. Imágenes del mundo antiguo ¿Quiénes eran los iberos?
b. Reyes, caballeros y vasallos: vida en los reinos cristianos de la España medieval.
c. La tumba de Nefertari: el último viaje de una reina egipcia.
1. Obligaciones de la Fundación Mutua Madrileña.
La Fundación Mutua Madrileña se compromete a:
– Aportar una cantidad de veinte mil euros (20.000,00 €) a la Asociación Cultural de Protectores y Amigos del Museo Arqueológico Nacional que será destinada a financiar y patrocinar las actividades culturales descritas en la cláusula anterior, con cargo al ejercicio económico de 2017.
– Colaborar con el Museo Arqueológico Nacional en la difusión del conocimiento de esta institución a través de los canales de los que dispone para la comunicación con sus mutualistas.
2. Compromisos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
El Ministerio de Educación Cultura y Deporte, a través del Museo Arqueológico Nacional, se compromete a:
– Coordinar el desarrollo del proyecto a través del Museo y realizar el oportuno seguimiento técnico, supervisión y coordinación del mismo.
– Proporcionar a los visitantes del Museo Arqueológico Nacional, a través de los medios disponibles en la zona de acogida, información precisa sobre este patrocinio.
– Organizar el desarrollo de la actividad patrocinada a lo largo del año 2017.
– Facilitar el acceso a los asegurados de la Mutua Madrileña durante un año natural a partir de la firma del presente convenio, ofreciéndoles: gratuidad en la entrada sobre la tarifa general a aquellos mutualistas que se acrediten como tales, a través de la presentación en taquilla de la tarjeta «SOY de la Mutua» o la invitación facilitada por la empresa aseguradora. En ambos casos podrán acceder al museo de forma gratuita junto con un acompañante.
La gratuidad se realiza de conformidad a la Orden ECD/868/2015, de 5 de mayo, por la que se regula la visita pública a los museos de titularidad estatal adscritos y gestionados por el Ministerio de Educación Cultura y Deporte y por el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música que establece en su artículo 8 que mediante Resolución del Director General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural, se podrá establecer la reducción en el precio de entrada o gratuidad de acceso en el supuesto de convenios de colaboración con terceros de patrocinio, de fomento de la visita pública o para la participación o inclusión de los museos estatales en itinerarios culturales o tarjetas de promoción turística. En el supuesto de modificarse el régimen jurídico establecido para la visita pública al Museo Arqueológico Nacional en la citada orden se revisará el contenido de la obligación adquirida en este apartado.
– Ofrecer dos visitas guiadas a la exposición permanente para un grupo máximo de 25 personas en las tardes que se acuerde, durante el año 2017, seguidas de un cóctel, fuera del horario de apertura al público. La contratación y financiación del servicio de cafetería serán por cuenta de la Fundación Mutua Madrileña.
– Incluir en la web del Museo información sobre el objeto de este convenio mencionando la colaboración de la Fundación Mutua Madrileña.
– Incluir en las taquillas del museo una información visible sobre la ventaja con que cuentan los asegurados de Mutua Madrileña cuyo texto y formato deberá ser acordado entre las partes.
– La Fundación Mutua Madrileña podrá informar por medio de notas de prensa o cualquier otro medio de colaboración objeto de este convenio. Las notas de prensa y demás materiales que emplee a tal efecto la Fundación Mutua Madrileña deberá contar con la previa autorización del Museo Arqueológico Nacional.
– Reconocer a la Fundación Mutua Madrileña su condición de colaborador durante la vigencia del presente convenio.
3. Compromisos de la Asociación.
La Asociación Cultural de Protectores y Amigos del Museo Arqueológico Nacional se compromete a:
– Recibir el importe del patrocinio de la Fundación Mutua Madrileña.
– Canalizar la aportación económica de la Fundación Mutua Madrileña. A tal efecto la Asociación se encargará de gestionar y contratar los servicios necesarios para el desarrollo del programa de actividades culturales descrito en la cláusula primera del presente convenio.
– Reconocer la colaboración de la Fundación Mutua Madrileña en el desarrollo del programa de actividades culturales incluyendo su nombre y logotipo de manera destacada en los créditos publicitarios y folletos que se hagan para promocionar el programa de actividades culturales objeto de este convenio. Asimismo, ambas partes evaluarán la conveniencia de dar difusión a este acuerdo mediante una nota informativa a los medios de comunicación, coincidente o no con la firma protocolaria de este acuerdo.
– Asimismo, en reconocimiento a su colaboración, la Asociación se compromete, durante la vigencia del convenio, a que la Fundación Mutua Madrileña pueda obtener prestaciones accesorias a su colaboración, que se concreta en las siguientes reservas exclusivas de las actividades patrocinadas a favor de sus mutualistas y/o personal de la Fundación:
• Un ciclo de diez visitas de «Tardes en el Museo» a desarrollar en los días que se acuerde en el año 2017.
• Tres sesiones de la visita-taller para familias «De mayor quiero ser… mosaista» a desarrollar en las mañanas de los sábados que se acuerde durante el año 2017.
• Tres sesiones de la visita-taller para familias «De mayor quiero ser… alfarero» a desarrollar en las mañanas de los sábados que se acuerde durante el año 2017.
La Fundación Mutua Madrileña será la encargada de seleccionar y comunicar al Museo las personas que podrán disfrutar de la asistencia a estas actividades.
Las partes colaborarán para la difusión del proyecto en prensa y medios de comunicación, mencionando a los distintos colaboradores. En el caso de comunicaciones públicas y en la medida de lo posible se solicitará la autorización de las distintas partes implicadas antes de la difusión de la noticia.
La aparición del logotipo e imagen de Museo / Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en todos los soportes y/o medios de difusión que se utilicen ha de ser supervisada en todo caso por el Museo / Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
La aparición de la marca, logotipo, y/o nombre de la Fundación Mutua Madrileña respetará en todo momento la fórmula y dimensiones facilitadas por la misma a la parte que realice la comunicación en cualquier soporte y podrá ser supervisada por la Fundación en todo momento.
La aparición del logotipo e imagen de la Asociación en todos los soportes y/o medios de difusión que se utilicen ha de ser supervisada en todo caso por la misma.
Este Convenio surtirá efecto desde la fecha de su firma y estará en vigor durante un año, si bien las partes podrán acordar su prórroga por períodos anuales hasta el máximo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La prórroga se formalizará, necesariamente, en documento escrito y firmado por ambas partes. La voluntad de prorrogar el Convenio se comunicará con antelación suficiente.
Para la ejecución, seguimiento e interpretación del presente convenio se constituirá una Comisión de seguimiento que estará integrada por un representante de cada entidad firmante del mismo.
El representante del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte será el titular de la dirección del Museo Arqueológico Nacional.
Serán funciones de esta Comisión:
– Velar por el cumplimiento de este convenio.
– Coordinar todas las actuaciones que se realicen con ocasión de la ejecución del presente Convenio.
La propia Comisión, una vez constituida, decidirá su régimen de reuniones y de adopción válida de acuerdos.
En todo caso, podrá celebrar sus sesiones y adoptar acuerdos a tanto de forma presencial como a distancia, siempre que se aseguren por medios electrónicos la identidad de sus representantes. A tal efecto se consideran como medios electrónicos válidos, además, de los medios telefónicos, el correo electrónico, las audioconferencias y las videoconferencias.
Las partes se comprometen a resolver de mutuo acuerdo, en el seno de la Comisión de seguimiento aludida en la cláusula quinta de este Convenio, las incidencias que se pudieran plantear sobre la interpretación, cumplimiento, extinción, resolución y efectos del mismo.
Serán causas de resolución anticipada del presente Convenio las siguientes:
a) Por el transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado la prórroga del mismo.
b) Por acuerdo unánime de los firmantes.
c) Por incumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes en virtud del presente convenio. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de diez días con las obligaciones y compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable de la Comisión de seguimiento, vigilancia y control y a las demás partes firmantes. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. El convenio resuelto por esta causa no conllevará indemnización de las partes.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Por cualquier otra causa prevista en las leyes.
El Convenio suscrito será puesto a disposición de los ciudadanos en el correspondiente Portal de Transparencia en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y demás normativa de desarrollo de la misma.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa. Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse del mismo, sin perjuicio de lo dispuesto en las cláusulas sexta y séptima, serán del conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso administrativo.
El presente convenio no supone cesión de datos personales entre las partes, quienes se comprometen a cumplir con todas las obligaciones que se derivan de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y no vulnerarán ninguno de los preceptos recogidos en la citada Ley Orgánica, ni en la normativa que desarrolla a la anterior.
Y en prueba de conformidad y aceptación, las partes firman el presente documento por triplicado en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por el Ministerio de Cultura y Deporte, D. Luis Lafuente Batanero, Director General de Bellas Artes y Patrimonio Cultural.–Por la Asociación Cultural de Protectores y Amigos del Museo Arqueológico Nacional, D. Juan de Alarcón Montoya, Presidente de la Asociación Cultural de Protectores y Amigos del MAN.–Por la Fundación Mutua Madrileña, D. Lorenzo Cooklin Díaz, Director General de la Fundación Mutua Madrileña, y D. Antonio López Taracena, Secretario del Patronato de la Fundación Mutua Madrileña.
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