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Documento BOE-A-2017-4478

Resolución de 10 de abril de 2017, de la Dirección General de Empleo, por la que se registran y publican los acuerdos de revisión y tablas salariales para el 2017 del IV Convenio colectivo de Nexans Iberia, SL.

Publicado en:
«BOE» núm. 97, de 24 de abril de 2017, páginas 31860 a 31863 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2017-4478
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2017/04/10/(12)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de los acuerdos de revisión y tablas salariales para el 2017 del IV Convenio colectivo de la empresa Nexans Iberia, S.L. (código de convenio número 90015712012005), que fueron suscritos, con fecha 6 de febrero de 2017, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y, de otra, por los Delegados de personal, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre –«BOE» del 24–, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de los citados acuerdos de revisión y tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 10 de abril de 2017.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

En Polinya, a 6 de febrero de 2017, se reúne la Comisión Negociadora de IV Convenio Colectivo Interprovincial de la Empresa Nexans Iberia, S.L., compuesta por los siguientes miembros.

Representación de la empresa:

Unai Aldalur.

Pedro Martínez.

Fabio Gandolfo.

Representación social:

Juan José Campillo Maldonado.

Iván Sevilla Hernández.

Martín Mele.

Ambas partes en su condición de Comisión Negociadora, pactan la formalización del presente acuerdo, lo que lleva a efecto mediante la mutua aceptación de los siguientes

ACUERDOS

Primero.

Para el año 2017 habrá una subida del 1,5 %.

Segundo.

La paga social que se abona en el mes de agosto, de cada año, y su importe se verá incrementada en el mismo porcentaje, 1,5 %, al de la subida salarial para el año 2017, pasando a ser de 1.073,74 euros a 1089,85 euros.

Tercero.

Cláusula de revisión para año 2017, una vez conocido el dato del IPC real a 31 de diciembre de 2017, publicado en 2018, se aplicará una revisión salarial y que se aplicará en tablas salariales de acuerdo a las siguientes condiciones:

1. Si el IPC final del 2017 es inferior o igual a 1,5 %, no se realizará ninguna corrección al incremento pactado.

2. Si el IPC final es del 2 %, se añadiría al 1,5 % anticipado.

3. Si el IPC final es superior al 2 % en adelante se añadiría el 50 % por parte de la empresa y el otro 50 % al trabajador, y con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2017.

Cuarto.

Sustituir por parte de la empresa, en comisión negociadora, a Josep Paré por Fabio Gandolfo, por cese del primero en la Compañía con fecha efecto del 31 de enero de 2017.

Quinto.

Delegar en la Dirección de la empresa, para efectuar la remisión a la autoridad laboral para su registro y publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

En prueba de conformidad con todo lo que consta en acta, se firma la presente por los miembros de la Comisión negociadora, en el lugar y fecha indicados al principio de la misma.

Por la representación de la empresa:

Unai Aldalur.

Pedro Martínez.

Fabio Gandolfo.

Por la representación Social:

Juan José Campillo Maldonado.

Iván Sevilla.

Martín Mel.

Técnicos de fabricación

Grupo salarial

2017

Salario base

Euros

Plus convenio

Euros

Total euros mes

F1

930,52

634,88

1565,41

F2

969,30

661,34

1630,64

F3

986,48

661,98

1648,47

F4

1022,28

663,30

1685,58

F5

1083,28

676,61

1759,88

F6

1152,98

676,62

1829,59

F7

1226,76

676,62

1903,38

Empleados.

01

969,30

440,16

1409,46

02

986,48

449,47

1435,95

03

1022,28

469,19

1491,47

04

1083,28

474,26

1557,54

05

1152,98

501,94

1654,92

06

1249,86

526,20

1776,05

07

1357,79

553,20

1910,98

08

1478,04

583,35

2061,39

09

1614,66

617,64

2232,31

10

1653,11

624,69

2277,80

Técnicos de fabricación

Grupo salarial

2017

Salario base

Euros

Incentivo global

Euros

Total euros mes

Horas extras

Euros

F1

930,52

822,28

1752,80

13,96

F2

969,30

856,53

1825,83

16,43

F3

986,48

857,38

1843,86

16,59

F4

1022,28

859,76

1882,04

16,96

F5

1083,28

894,95

1978,22

17,88

F6

1152,98

897,15

2050,12

18,77

F7

1226,76

899,39

2126,15

19,71

Empleados.

01

969,30

641,66

1610,96

15,11

02

986,48

651,95

1638,43

15,35

03

1022,28

671,21

1693,49

15,89

04

1083,28

679,93

1763,20

16,60

05

1152,98

709,26

1862,24

17,58

06

1249,86

735,23

1985,08

18,82

07

1357,79

765,10

2122,88

20,21

08

1478,04

797,54

2275,58

21,75

09

1614,66

830,64

2445,30

23,51

10

1653,11

838,38

2491,49

24,00

Colectivo STO

Grupo salarial

2017

Salario base

Euros

Plus convenio

Euros

Total euros mes

42

969,30

641,67

1610,97

43

986,48

651,96

1638,44

44

1022,28

671,22

1693,50

45

1083,28

679,93

1763,20

46

1152,98

709,25

1862,22

47

1249,86

735,23

1985,08

48

1357,79

765,10

2122,88

49

1478,04

797,54

2275,58

50

1614,66

830,65

2445,32

51/52

1653,11

838,37

2491,48

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 10/04/2017
  • Fecha de publicación: 24/04/2017
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 29 de noviembre de 2011 (Ref. BOE-A-2011-19847).
Materias
  • Cables
  • Convenios colectivos

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