Recibida en la Dirección General de Política Energética y Minas la solicitud de Renovación de Certificación del Captador Solar Térmico presentada por:
Titular: Ferroli España SA.
Domicilio social: Avda. Italia nº2 28820-Coslada, Madrid.
Fabricante: GREENone TEC Solarindustrie GmbH.
Lugar de fabricación: Austria.
Del captador solar que fue certificado con la contraseña y la fecha de Resolución que se relaciona a continuación:
Modelo |
Contraseña |
Fecha resolución |
---|---|---|
Ferroli ecoTUBE 14. |
NPS-9015 |
27/03/2015 |
Conforme a los ensayos emitidos por:
Laboratorio |
Clave |
---|---|
Institut für Thermodynamik und Warmetechnik. |
04 COL 349 |
Resultando que por el interesado se ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya renovación de vigencia de certificación solicita, y que el modelo cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre, sobre exigencias técnicas de los paneles solares.
Esta Dirección General de Política Energética y Minas, de acuerdo con lo establecido en la referida disposición ha resuelto renovar la certificación de los citados productos, con las contraseñas de certificación:
Modelo |
Contraseña |
---|---|
Ferroli ecoTUBE 14. |
NPS-8917 |
Y con fecha de caducidad dos años después de la fecha de la Resolución, definiendo como características técnicas del modelo o tipo certificado las que se indican a continuación.
Esta renovación de certificación se efectúa en relación con la disposición que se cita y por tanto el producto deberá cumplir cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable.
Según la disposición transitoria de la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre, se otorga un periodo transitorio de cuatro años para que las certificaciones de captadores solares se realicen según las Normas UNE-EN 12.975-1 y UNE-EN 12.975-2. Transcurrido dicho plazo, 12 de diciembre de 2018, tanto para la certificación como para la renovación, se deberán presentar los informes de ensayo según las normas UNE-EN 12.975-1 e ISO 9.806, no siendo válidos por tanto a efectos de la próxima renovación a partir de la fecha indicada, los informes de ensayo que se hubieran presentado para la presente certificación y no cumpliesen las citadas Normas.
La identificación, características técnicas, especificaciones generales y datos resumen del informe del ensayo para los modelos que se especifica a tabla anterior se indican a continuación.
El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución de conformidad con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
También podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, significando que, en caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 123.2 de la citada ley.
Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 30.4 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
1. Modelo con contraseña NPS – 8917
Identificación:
Fabricante: GREENone TEC Solarindustrie GmbH.
Nombre comercial: Ferroli ecoTUBE 14.
Tipo de captador: Tubos de vacío.
Año de producción: 2004.
Dimensiones:
Longitud: 1.645 mm.
Ancho: 1.115 mm.
Altura: 107 mm.
Área de apertura: 1,59 m2.
Área de absorbedor: 1,59 m2.
Área total: 1,83 m2.
Especificaciones generales:
Peso: 31 Kg.
Presión de funcionamiento máximo: 10 bar.
Fluido de Transferencia de Calor: Tyfocor LS.
Resultados de ensayo
• Rendimiento térmico:
η0 |
0,605 |
|
a1 |
0,85 |
W/m2K |
a2 |
0,01 |
W/m2K2 |
Nota: referente al área de apertura |
• Potencia extraída por unidad de captador (W):
Tm – Ta en K |
400 W/m2 |
700 W/m2 |
1.000 W/m2 |
---|---|---|---|
0 |
385 |
673 |
962 |
20 |
351 |
640 |
929 |
40 |
305 |
594 |
882 |
60 |
246 |
535 |
824 |
Madrid, 6 de abril de 2017.–La Directora General de Política Energética y Minas, M.ª Teresa Baquedano Martín.
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