El Director General de la Fundación EOI y la Directora General de la Oficina Española de Patentes y Marcas, han suscrito, con fecha 20 de abril de 2017, un Convenio de colaboración para la realización de actividades de la Cátedra Fernández-Nóvoa de Innovación y Propiedad Industrial durante el año 2017.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», del referido Convenio, como anejo a la presente Resolución.
Madrid, 19 de junio de 2017.–El Subsecretario de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, José María Jover Gómez-Ferrer.
En Madrid, a 20 de abril de 2017.
REUNIDOS
De una parte, Fernando Bayón Mariné, Director General de la Fundación EOI, actuando, en virtud de los poderes conferidos por el Patronato, en nombre y representación de la Fundación EOI (en adelante EOI), con NIF G-81718249 y domicilio social en Avenida Gregorio del Amo 6, 28040 Madrid.
De otra parte, Patricia García-Escudero Márquez, Directora General de la Oficina Española de Patentes y Marcas (en adelante OEPM) con NIF Q2820005C, nombrada por Real Decreto 1297/2012, de 7 de septiembre («BOE» de 8 de septiembre de 2012), actuando en nombre y representación de la misma, en virtud de las facultades que le confiere el Real Decreto 1270/1997 de 24 de julio que regula la OEPM.
Los firmantes, en la representación que ostentan, declaran tener la capacidad legal necesaria para formalizar este documento y, al efecto,
EXPONEN
I. EOI es una fundación del sector público estatal dedicada a formar profesionales, producir y difundir conocimiento y ofrecer servicios de valor a empresas, emprendedores y administraciones, en los valores de una economía abierta, social, verde y digital.
II. La OEPM es un Organismo Autónomo de la Administración del Estado que tiene atribuida, en virtud del art. 2 del Real Decreto 1270/1997, antes mencionado, la actividad administrativa que corresponde al Estado en materia de Propiedad Industrial así como el desarrollo de actuaciones destinadas a la sensibilización, promoción y uso de la Propiedad Industrial entre las universidades, instituciones y empresas españolas.
III. Teniendo en cuenta la coincidencia de objetivos de las dos entidades, en el marco de sus fines y competencias, consideran de interés establecer una colaboración en el ámbito de la formación para el desarrollo de una cátedra en materia de Propiedad Industrial.
Por ello, es voluntad de ambas partes suscribir un Convenio que regule los términos de la colaboración para el desarrollo conjunto de actividades enmarcadas en la Cátedra de Innovación y Propiedad Industrial Carlos Fernández-Nóvoa para el año 2017, que formalizan mediante este documento, en cuya virtud
ACUERDAN
1. Objeto.
El objeto de este Convenio es desarrollar los términos de la colaboración entre EOI y la OEPM para la realización de actividades durante el año 2017 de la Cátedra de Innovación y Propiedad Industrial Carlos Fernández-Nóvoa (en adelante la Cátedra) que tiene como objetivos generales el fomento de la docencia, la investigación y la difusión de los conocimientos en el campo de la Propiedad Industrial (en adelante PI).
Su objetivo, por tanto, es promover un sistema integrado de formación e información que facilite la transferencia de conocimiento mutuo entre las Universidades y el mundo de la empresa.
Tanto EOI como la OEPM proveerán los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades de la Cátedra durante el tiempo de duración del Convenio en los términos fijados en el Convenio.
En el anexo I adjunto se indican las actividades a realizar para el año 2017.
La Cátedra estará compuesta por un Comité Técnico. En el Comité Técnico, teniendo en cuenta el carácter multidisciplinar de la PI, se han intentado reunir expertos de todos los ámbitos: empresa, universidad, instituciones públicas y privadas, tanto nacionales como internacionales. La finalidad de dicho Comité consistirá en la detección de necesidades y tendencias del panorama nacional en materia de PI, sugiriendo la programación de actividades orientadas a satisfacer tales necesidades. La composición del Comité Técnico se detalla en el Anexo IV de este Convenio.
2. Líneas de actuación.
Con carácter enunciativo y no limitativo, se desarrollarán las siguientes líneas de actuación para el desarrollo de la Cátedra:
– Desarrollo y ejecución conjunta de Programas Formativos destinados a formar de manera ágil y experta a las empresas españolas.
– Organización de foros de encuentro que permitan el intercambio de conocimientos, experiencias e inquietudes.
– Plataforma de innovación e información sobre Prácticas Excelentes (Best Practices) en materia de PI.
– Acercar el mundo de la PI al ámbito educativo de forma interdisciplinar y transversal.
– Desarrollo de programas de formación específicos para los estudiantes universitarios con validez académica.
– Difusión de actividades para el fomento del conocimiento de la PI.
– Fomento de la vigilancia tecnológica por parte de las empresas españolas.
– Investigación de nuevas herramientas para el fomento del conocimiento de la PI.
La finalidad de la Cátedra estriba en aportar a la industria, a la universidad y en definitiva a la sociedad, nuevas perspectivas en el ámbito de la Propiedad Industrial que no son abordadas ni en los másteres ni en los currículos universitarios y que en estos momentos se adquieren por la propia experiencia profesional y con estudios dispersos.
3. Aportaciones de las partes.
a) EOI contribuirá al desarrollo de las actividades de la Cátedra mediante las siguientes actuaciones:
– Vicepresidencia de la Cátedra a través del Director General de EOI.
– Ejecución académica de las actividades de la Cátedra.
– Diseño de las actividades de la Cátedra, en colaboración con la OEPM.
– Administración de las actividades de la Cátedra.
– Aportación de la sede física de la Cátedra.
– Coordinación y realización de acciones difusión, comunicación, y publicitarias en colaboración con la OEPM.
– Contratación de personal docente con experiencia probada en la realización de las actividades de la Cátedra, así como con la cualificación técnica necesaria para desarrollarlas: Curso de Gestión Administrativa de la Propiedad Industrial, Curso de Verano Academia OMPI, Jornada Formativa Centros Regionales de PI, Jornada Nueva Directiva Marcas.
– Infraestructura técnica y administrativa suficiente para el desarrollo de las actividades.
– Desarrollo y edición de 16 boletines de Vigilancia Tecnológica en los sectores del calzado, agroalimentario, metal mecánico y transformador plástico. Estos Boletines contienen una cuidadosa selección de las patentes solicitadas a nivel mundial en relación con las líneas tecnológicas objeto de vigilancia, complementadas por un pequeño número de noticias, en forma de artículos muy breves, que se consideran de especial relevancia.
– Realización del Curso de Gestión Administrativa de la Propiedad Industrial.
– Organización de una Jornada Formativa dirigida a los Centros Regionales de Propiedad Industrial.
– Realización de un Curso de Derecho Europeo de Patentes.
– Jornada Nueva Directiva Marcas.
– Estudio: Implantación de procedimientos de Mediación en la OEPM.
– Curso de Verano Academia OMPI: Propiedad Industrial y negocio.
– Acto de presentación del folleto: Cómo proteger la Artesanía.
Las actuaciones indicadas se valoran en 68.368 euros (sesenta y ocho mil trescientos sesenta y ocho euros) indicadas en el Anexo I y desglosadas en el anexo II.
b) La OEPM contribuirá al desarrollo de las actividades de la Cátedra mediante el desarrollo de las siguientes actividades:
– Presidencia de la Cátedra a través de la Directora General de la OEPM.
– Secretaría de la Cátedra.
– Dirección Académica de las actividades de la Cátedra.
– Apoyo técnico, documental o equivalente necesario para el desarrollo de las actividades.
– Realización de acciones de difusión, comunicación, y publicitarias relativas a la Cátedra, de acuerdo con los criterios y directrices de ambas entidades.
– Aportación dineraria de setenta y cinco mil euros (75.000 €) destinada a cubrir los gastos derivados del desarrollo de las actividades previstas en el Plan de Actividades para 2017 indicadas en el Anexo I, así como aportación de personal propio cuya valoración es de seis mil ochocientos doce euros (6.812 €) según el desglose del anexo III.
Con el fin de que se puedan iniciar las actividades previstas en el Anexo I del presente Convenio se efectuará una primera aportación por el 10 % del importe indicado en el párrafo anterior en los dos meses posteriores a la firma del presente Convenio.
Tras la realización de las actividades, y previo examen y conformidad de la Comisión de Seguimiento con las actividades realizadas así como con los correspondientes gastos satisfechos (mediante la aportación de las facturas, notas de cargo o similares documentos probatorios, con un adecuado desglose de gastos), la OEPM procederá a hacer efectiva el resto de la aportación dineraria mediante la transferencia de la cuantía justificada, con el máximo indicado anteriormente. El acta de la Comisión así como la documentación justificativa del convenio (memoria de actividades realizadas, factura a la OEPM, así como la certificación de las actividades con su valoración económica llevadas a cabo por la EOI) deberá presentarse antes del 5 de diciembre de 2017. La transferencia de la cuantía una vez justificada se hará antes de que finalice el ejercicio 2017.
La aportación dineraria de la OEPM antes indicada, que tendrá el carácter de aportación máxima, se hará con cargo a la partida 27.108.421N.226.06 de su presupuesto vigente de gastos, en la cual existe crédito adecuado y suficiente.
La previsión de gastos derivado del Plan de Actividades 2017 se detalla en el Anexo I.
4. Régimen de personal.
Este Convenio no supone asociación alguna o dependencia entre las partes firmantes, que actuarán de forma absolutamente independiente y autónoma, siendo obligación específica y exclusiva de cada parte cumplir con cuantas obligaciones legales le correspondan en desarrollo de su actividad de acuerdo con la normativa que les resulte de aplicación.
La suscripción del presente Convenio no comporta relación laboral, contractual o de cualquier otro tipo entre el personal de una de las Instituciones firmantes respecto de la otra.
5. Comisión de Seguimiento.
A efectos de realizar un seguimiento de las actividades contempladas en el presente Convenio se constituye una Comisión de Seguimiento integrada por dos representantes de cada una de las partes. El Presidente y un vocal serán designados por la Directora General de la OEPM y el Secretario y otro vocal serán designados por el Director General de EOI. La Comisión se reunirá cuando lo solicite alguna de las partes y, al menos, dos veces al año. El funcionamiento de la Comisión de Seguimiento se acoge a lo dispuesto sobre Órganos Colegiados, en la Sección 3 del Capítulo II del Título Preliminar relativo a los órganos colegiados de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
6. Competencias de la Comisión de Seguimiento.
Son funciones de la Comisión de Seguimiento, la evaluación periódica del desarrollo del Convenio, la elaboración de los programas de trabajo, la revisión de las obligaciones de las partes firmantes del Convenio, la conformidad con las actividades realizadas así como la resolución de las dudas y controversias que pudieran originarse en la interpretación o aplicación del Convenio. En particular la Comisión podrá modificar las partidas presupuestarias con el fin de redistribuir los gastos entre las mismas siempre y cuando no suponga una modificación sustancial de las mismas, entendiendo como tal que no suponga una modificación superior al 5 % de la aportación dineraria máxima del convenio ni se altere la aportación dineraria máxima recogida en la cláusula 3 y se realice con carácter previo a la ejecución de la actividad.
7. Resolución de controversias.
Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos del presente convenio se resolverán en el seno de la Comisión de Seguimiento. En última instancia, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas que en cumplimiento del presente convenio se susciten, los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.
8. Difusión.
La colaboración de las partes se difundirá de la siguiente forma:
– Ambas partes se comprometen a difundir la colaboración mediante la inserción del nombre y logo de ambas partes en los elementos de promoción y difusión de la Cátedra.
– Ambas partes se comprometen a que sea mencionada su colaboración en los actos de difusión referidos a la Cátedra.
La difusión de la participación de la OEPM y de EOI en el Programa se limitará al uso de sus logotipos o signos distintivos, quedando expresamente excluida de este Convenio la publicidad, o la difusión de cualquier producto o servicio que pueda prestar la OEPM o EOI.
9. Confidencialidad.
Ambas partes se comprometen a no difundir, bajo ningún concepto, cualquier información referente a aspectos científicos, técnicos, económicos o de organización interna perteneciente a la otra parte, a la que haya podido tener acceso en la ejecución de este Convenio, salvo que esas informaciones sean de dominio público.
Las disposiciones de esta cláusula continuarán vigentes durante un período de cinco años a partir de la fecha de firma de este documento, salvo consentimiento expreso de la parte propietaria de dicha información.
10. Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial.
Todos los derechos de Propiedad Intelectual e Industrial derivados del know-how, tecnología, patentes y modelos de utilidad o títulos de obtención legal que pudieran desarrollarse durante la ejecución del ejercicio de las actividades de la Cátedra pertenecerán a las Partes, como titulares de los mismos. Dicha participación será indivisa por mitades.
11. Vigencia y extinción.
El plazo de vigencia de este Convenio será hasta el 31 de diciembre de 2017 desde la fecha de su firma.
El Convenio podrá extinguirse por las siguientes causas:
a) Cumplimiento del objeto.
b) Cumplimiento del plazo de vigencia.
c) Imposibilidad sobrevenida para su cumplimiento.
d) Acuerdo de las partes firmantes.
e) Comunicación por escrito de cualquiera de las partes con un mínimo de seis meses de antelación a la fecha de resolución.
f) Incumplimiento de las obligaciones de una de las partes, comunicado de forma motivada por escrito con treinta días de antelación, con omisión de subsanación. Si trascurrido el plazo indicado persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. El incumplimiento no dará lugar a indemnizaciones sino a la mera resolución del convenio.
En cualquier supuesto de resolución anticipada, las partes se comprometen a finalizar las actividades en curso.
12. Régimen jurídico.
El presente Convenio específico de colaboración es de carácter administrativo y se considera incluido en el artículo 4.1.d) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, por lo que queda fuera de su ámbito de aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios de dicha Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse y se regirá por sus propias cláusulas y, supletoriamente, por las normas generales de Derecho Administrativo.
El presente convenio cumple con los requisitos establecidos en la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman este documento y su anexo, por duplicado, en el lugar y fecha indicados. Madrid, a 20 de abril de 2017.–El Director General de la Fundación EOI, Fernando Bayón Mariné.–La Directora de la Oficina Española de Patentes y Marcas, Patricia García-Escudero Márquez.
Aportación económica de las partes:
Actividad |
Valoración aportación no dineraria personal OEPM – Euros |
Aportación OEPM – Euros |
Aportación EOI – Euros |
Coste Total – Euros |
---|---|---|---|---|
Diseño, ejecución académica y administración Cátedra |
500 |
0 |
8.960 |
9.460 |
Aportación sede física Cátedra |
0 |
0 |
15.000 |
15.000 |
Coordinación y realización acciones difusión, comunicación y publicitarias |
1.060 |
0 |
900 |
1.960 |
Curso de Gestión Administrativa de la Propiedad Industrial |
500 |
21.000 |
25.975 |
47.475 |
Elaboración de 12 Boletines de Vigilancia Tecnológica: 3 en el sector calzado, 3 en agroalimentario, 3 en metal mecánico y 3 en transformador plástico (mayo-diciembre 2017) |
2.040 |
26.000 |
700 |
28.740 |
Curso de Verano Academia OMPI: Propiedad Industrial y negocio |
2.000 |
8.000 |
11.745 |
21.745 |
Acto presentación folleto: Cómo proteger la Artesanía |
82 |
2.000 |
200 |
2.282 |
Jornada Formativa Centros Regionales de PI |
48 |
1.000 |
200 |
1.248 |
Jornada Nueva Directiva Marcas |
82 |
2.000 |
200 |
2.282 |
Curso Derecho Europeo de Patentes. Madrid |
Sin coste para la Cátedra |
|||
Estudio: Implantación de procedimientos de mediación en la OEPM |
500 |
15.000 |
4.488 |
19.988 |
Total |
6.812 |
75.000,00 |
68.368 |
150.180 |
Actividad |
Perfil profesional |
Dedicación anual (n.º de horas) |
Coste asumido por EOI – Euros |
Valoración aportación EOI total por actividad – Euros |
---|---|---|---|---|
Diseño de las actividades de la Cátedra. |
Director de Conocimiento. |
70 |
3.430 |
3.430 |
Ejecución académica de las actividades de la Cátedra. |
Director del Área de Formación. |
30 |
1.470 |
4.430 |
Director de Programas. |
40 |
1.960 |
||
Coordinador de programas. |
50 |
1.000 |
||
Administración de las actividades de la Cátedra. |
Técnico administrativo. |
50 |
1.000 |
1.100 |
Técnico de contratación. |
5 |
100 |
||
Aportación de la sede física de la Cátedra. |
Salas de reuniones, aulas… |
– |
15.000 |
15.000 |
Coordinación y realización de acciones difusión, comunicación y publicitarias. |
Técnico administrativo. |
15 |
300 |
900 |
Técnico informático. |
20 |
600 |
||
Realización del Curso de Gestión Administrativa de la Propiedad Industrial. |
Director del Área de Formación. |
5 |
245 |
25.975 |
Director de Programas. |
30 |
1.470 |
||
Coordinador de programas. |
40 |
800 |
||
Documentación especializada. |
– |
4.000 |
||
Material. |
– |
1.200 |
||
40 profesores. |
98 |
11.760 |
||
Traslados y estancias. |
– |
6.000 |
||
Catering. |
– |
500 |
||
Boletines de Vigilancia Tecnológica. |
Técnico administrativo. |
20 |
400 |
700 |
Técnico informático. |
10 |
300 |
||
Curso de Verano Academia OMPI: Propiedad Industrial y Negocio. |
Director de Programas. |
5 |
245 |
11.745 |
Coordinador de programas. |
10 |
200 |
||
Documentación especializada. |
– |
1.000 |
||
Material. |
– |
800 |
||
10 profesores. |
50 |
6.000 |
||
Traslados y estancias. |
– |
3.000 |
||
Catering. |
– |
500 |
||
Acto de presentación folleto: Cómo proteger la Artesanía. |
Técnico administrativo. |
10 |
200 |
200 |
Jornada Formativa Centros Regionales de PI. |
Técnico administrativo. |
10 |
200 |
200 |
Jornada Nueva Directiva Marcas. |
Técnico administrativo. |
10 |
200 |
200 |
Curso Europeo de Patentes. Madrid. |
Sin coste para la Cátedra. |
|||
Estudio Implantación de procedimientos de mediación en la OEPM. |
Director de Área de Investigación. |
10 |
490 |
4.488 |
Responsable de proyectos. |
100 |
2.800 |
||
Técnico administrativo. |
50 |
1.000 |
||
Técnico de contratación. |
5 |
100 |
||
Director de Área de Contratación. |
2 |
98 |
||
Total |
68.368 |
Actividad |
Perfil profesional |
Dedicación anual |
Valoración aportación OEPM – Euros |
---|---|---|---|
Diseño de las actividades de la Cátedra. |
Director Académico. |
10 horas. |
500 |
Ejecución académica de las actividades de la Cátedra. |
Sin dedicación. |
||
Administración de las actividades de la Cátedra. |
Sin dedicación. |
||
Aportación de la sede física de la Cátedra. |
Sin dedicación. |
||
Coordinación y realización de acciones difusión, comunicación y publicitarias. |
Técnico Superior. |
20 horas. |
680 |
Técnico informático. |
20 horas. |
380 |
|
Boletines de Vigilancia Tecnológica. |
Técnico Superior. |
60 horas. |
2.040 |
Realización del Curso de Gestión Administrativa de la Propiedad Industrial. |
2 Directores Curso. |
10 horas (5 h cada Director). |
500 |
Acto presentación Folleto Cómo proteger la Artesanía. |
Técnico Superior. |
2 horas. |
68 |
Técnico administrativo. |
1 hora. |
14 |
|
Jornada Formativa Centros Regionales de PI. |
Técnico Superior. |
1 hora. |
34 |
Técnico administrativo. |
1 hora. |
14 |
|
Jornada nueva Directiva Marcas. |
Técnico Superior. |
2 horas. |
68 |
Técnico administrativo. |
1 hora. |
14 |
|
Curso Derecho Europeo Patentes. Madrid. |
Sin dedicación. |
||
Estudio: Implantación de procedimientos de mediación en la OEPM. |
Coordinador. |
10 horas. |
500 |
Curso Verano Academia OMPI: Propiedad industrial y Negocio. |
2 Coordinadores. |
20 horas/Coordinador. |
2.000 |
Total |
6.812 |
Actividad |
Concepto |
Aportación OEPM – Euros |
---|---|---|
Boletines de Vigilancia Tecnológica. |
Elaboración- 20.000. Maquetación- 6.000. |
26.000 |
Realización del Curso de Gestión Administrativa de la Propiedad Industrial. |
Honorarios ponentes- 7.000. Viajes y alojamiento ponentes- 10.000. Suplidos- 1.000. Varios- 3.000. |
21.000 |
Acto presentación Folleto Cómo proteger la Artesanía. |
Impresión y maquetación- 1.600. Catering- 400. |
2.000 |
Jornada Formativa Centros Regionales de PI. |
Honorarios ponentes- 200. Viaje y alojamiento ponentes- 600. Suplidos- 200. |
1.000 |
Jornada nueva Directiva Marcas. |
Honorarios ponentes- 200. Viaje y alojamiento ponentes- 600. Suplidos- 200. Catering- 1.000. |
2.000 |
Curso Derecho Europeo Patentes. Madrid. |
Sin coste. |
|
Estudio: Implantación de procedimientos de mediación en la OEPM. |
Elaboración del estudio. |
15.000 |
Curso Verano Academia OMPI: Propiedad industrial y Negocio |
Honorarios ponentes- 2.000. Catering- 3.500 Transporte- 1.500. Varios/suplidos- 1.000. |
8.000 |
Total |
75.000 |
La Cátedra estará compuesta por un Comité Directivo y un Comité Técnico que constará de los siguientes miembros:
Miembros del Comité Directivo:
Presidente: Patricia García- Escudero, Directora General de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Vicepresidente: Fernando Bayón Mariné, Director General EOI.
Director Ejecutivo: José Manuel Otero Lastres, Catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad de Alcalá de Henares.
Director Adjunto: Carlos Lema Devesa, Catedrático Derecho Mercantil. Universidad Complutense de Madrid.
Secretario: Pedro Cartagena Abella. Vocal Asesor de la Unidad de Apoyo. Coordinador de PI y Universidades.
Miembros del Comité Técnico:
Instituciones:
OEPM: Ana Cariño Fraisse. Consejera Técnica Unidad de Apoyo.
CSIC: Ana Guerrero. Vicepresidencia Adjunta de Transferencia del Conocimiento.
Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial: Directora General.
Escuela Organización Industrial EOI: Eduardo Lizarralde González- Varela, Director de Conocimiento EOI.
Fundación COTEC: Jorge Barrero Fonticoba. Director General.
Universidades: Adoración Pérez Troya. U. Alcalá de Henares.
Representantes Sector Propiedad Industrial:
AIPPI: David Pellisé Urquiza. Presidente.
COAPI: Enrique Astiz Suárez. Presidente.
ANDEMA-CSC: Jose Antonio Moreno. Director General.
Foro Marcas Renombradas: Jose Luis Bonet. Presidente.
Foro de Innovación y Patentes: Juan Antonio Cabrera (CIEMAT). Secretario.
Representantes Sector Empresarial:
EADS-CASA: Secretario del Consejo de Administración.
Navantia: Consejero Delegado.
BSH Electrodomésticos España, S.A: José Longás. Director General.
Grupo Televes: José Gabriel Barreiro. Director General.
Telefónica: M.ª Pilar Gómez Jiménez. Directora Propiedades Especiales y Nuevas Tecnologías. Secretaria Gral Jurídica y del Consejo.
Plataforma Tecnológica Española de Sanidad Animal (VET+i): Santiago de Andrés. Presidente.
Asociación de Fabricantes para Agua y Riego Españoles (Afre): Miguel López Estebaranz. Director General.
Asociación de Empresas del Sector TIC, las Comunicaciones y los Contenidos Digitales (AMETIC): Vicepresidente.
Asociación Nacional Empresarial de la Industria Farmacéutica (Farmaindustria): Humberto Arnés. Director General.
Colaboradores Internacionales:
Organización Mundial Propiedad Industrial (OMPI): Academia OMPI.
Oficina Armonización Mercado Interior (OAMI): Academia OAMI.
Oficina Europea de Patentes (OEP): Academia Europea de Patentes.
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