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Documento BOE-A-2018-10588

Resolución de 17 de julio de 2018, de la Dirección General de la Policía, por la que, en ejecución de sentencia se nombra Inspector alumno a don Manuel Eduardo Alonso Arjona, en relación al proceso selectivo convocado por Resolución de 12 de mayo de 2015.

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 27 de julio de 2018, páginas 74971 a 74972 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2018-10588

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Séptima, en el recurso contencioso administrativo núm. 633/2016, interpuesto por don Manuel Eduardo Alonso Arjona, participante en el proceso selectivo convocado para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, aspirantes a ingreso en la Escala Ejecutiva, categoría de Inspector, del Cuerpo Nacional de Policía (convocatoria de 12 de mayo de 2015; BOE núm. 143, del 16 de junio), ha dictado sentencia con fecha 20 de abril de 2018, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Estimar el recurso contencioso-administrativo 708/16, interpuesto por don Manuel Eduardo Alonso Arjona contra la Resolución de 6.04.16 del Ministerio del Interior (Dirección General de la Policía, BOE 25.04.16), por la que se nombran Inspectores alumnos a los aprobados en la oposición de ingreso en la Escala Ejecutiva, categoría de Inspector, del Cuerpo Nacional de Policía, convocada por Resolución de 12.05.15 (BOE 16.06.15), actuación administrativa que en consecuencia se revoca y anula por no resultar ajustada a Derecho en el extremo a debate, así como la precedente Resolución de 4.07.16 de dicha Dirección General de la Policía, que desestima recurso de alzada contra Acuerdo del Tribunal Calificador de 29.02.16, que declaró al recurrente «no apto» en la tercera prueba, letra b) (entrevista personal) de la fase de oposición, declarando al recurrente «apto» en dicha entrevista personal, continuándose con las siguientes fases del proceso selectivo prevista en las bases (test psicotécnicos y demás) de la oposición en curso o próxima que se convoque, con los efectos correspondientes de superar finalmente el proceso selectivo.»

En su virtud, esta Dirección General de conformidad con lo establecido en el artículo 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en uso de las atribuciones que le confiere el art. 9 del Reglamento de los procesos selectivos y de formación en el Cuerpo Nacional de Policía, aprobado por Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, acuerda:

Primero.

Ejecutar la sentencia en sus propios términos. Así, tras realizar y superar la parte a) de la tercera prueba (tests psicotécnicos), se declara apto al señor Alonso Arjona en dicha oposición.

Segundo.

Nombrar Inspector alumno de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, sito en la Avda. Juan Carlos I, núm. 46 (Ávila), a don Manuel Eduardo Alonso Arjona, con D.N.I. núm. 74.694.134, que obtuvo 6,340 puntos en la fase de oposición, el cual deberá incorporarse a dicha Escuela para realizar el preceptivo curso de formación, el día 6 de septiembre de 2018, a las 10.00 horas, en cuya fecha de incorporación surtirá efecto el presente nombramiento.

La no incorporación, sin causa justificada, a la Escuela Nacional de Policía para la realización del preceptivo curso de formación, en la fecha indicada, llevará aparejada la exclusión del proceso y la pérdida de todos los derechos y expectativas de derechos nacidos de la superación de la fase de oposición.

Los mismos efectos surtirá la no incorporación a dicha Escuela en los casos en los que se desestimen las solicitudes de aplazamiento del curso de formación.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de la Policía en el plazo de un mes, o bien interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado o Tribunal correspondiente, en el plazo de dos meses, ambos desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los arts. 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y en los arts. 25, 26, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, respectivamente.

Madrid, 17 de julio de 2018.–El Director General de la Policía, Francisco Pardo Piqueras.

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