Con fecha 8 de marzo de 2018 (BOE número 59) se publicó una resolución de la Dirección de la AECID por la que se aprobaban las bases de la convocatoria para la provisión de la plaza de Jefe/a del Departamento de Cooperación y Promoción Cultural.
A la vista de las dificultades que entraña el normal desarrollo del citado procedimiento durante el mes de agosto, esta Dirección resuelve declarar inhábil dicho mes.
Contra la presente resolución podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, o podrá ser impugnada directamente ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo. El plazo para la interposición del recurso de reposición será de un mes. Transcurrido dicho plazo únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y a lo dispuesto en el artículo 9 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 20 de julio de 2018.–La Directora de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P.D. (Resolución de 2 de julio de 2009), la Secretaria General de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Susana Velázquez Valoria.
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