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Documento BOE-A-2018-11710

Resolución de 3 de agosto de 2018, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial del año 2018 del Convenio colectivo de Docks Logistics Spain, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 200, de 18 de agosto de 2018, páginas 83209 a 83211 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2018-11710
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2018/08/03/(4)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta de fecha 17 de abril de 2018 donde se recogen los acuerdos de revisión salarial del año 2018 del Convenio colectivo de la empresa Docks Logistics Spain, S.A. (código de convenio 90015662012005), que fue suscrito de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma, y de otra por FESMC-UGT y FSC-CC.OO. que representan a la mayoría del Comité de Empresa y Delegados de Personal en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 3 de agosto de 2018.–La Directora General de Trabajo, Concepción Pascual Lizana.

ACTA DE ACUERDO FINAL DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA DOCKS LOGISTICS SPAIN, S.A.

En Ribarroja del Turia, siendo las 11:00 horas del día 17 de abril de 2018, se reúnen en las instalaciones de Docks Logistics Spain, S.A., los componentes de la Mesa Negociadora del Convenio colectivo, cuyos componentes se reseñan a continuación:

Representación empresarial: Don Pascual García Perales.

Representación sindical:

FESMC-UGT.

FSC-CC.OO.

Alcanzando todos ellos, los siguientes acuerdos:

Primero.

Proceder a la actualización y cierre definitivo de las tablas salariales correspondientes al año 2018 y reflejadas en el anexo I del Convenio colectivo, cuyo incremento es igual al del IPC definitivo indicado por el Gobierno para el año 2017 (1,1 %) + 0,70 %, tal y como se indica en el artículo 46.

Segundo.

Proceder a la actualización del importe de las dietas, reflejadas en el anexo I del Convenio colectivo. Para el año 2017, el incremento es igual al del IPC definitivo indicado por el Gobierno para el año 2017 (1,1 %), tal y como se establece en el artículo 45.

Tercero.

Delegar en don Óscar Jesús Blasco Lafarga para que en nombre y representación de esta Comisión Negociadora, realice los trámites necesarios para el correspondiente depósito, registro y posterior publicación en el BOE.

Y para que conste, en prueba de conformidad, firman la presente acta, en fecha y lugar anteriormente indicados, los integrantes de la Mesa Negociadora.

ANEXO I

Tablas definitivas año 2018 (tablas definitivas 2017 + 1,1 % IPC + 0,70 %)

Grupo I. Personal Superior y Técnico

Salario

base

PP

extra

PP

benef.

Hora

extra

5

años

10

años

15

años

20

años

Director sucursal y/o departamento.

1.674,39

279,07

139,53

17,93

64,12

128,27

192,39

256,54

Técnico de grado superior.

1.590,31

265,05

132,53

17,03

60,26

120,52

180,75

241,05

Técnico de grado medio.

1.279,60

213,27

106,63

13,43

46,37

92,73

139,10

185,45

Jefe de servicio.

1.674,40

279,07

139,53

17,93

64,12

128,27

192,40

256,54

Jefe de sección.

1.367,04

227,84

113,92

13,95

50,01

100,04

150,05

200,08

Jefe de negociado.

1.310,89

218,48

109,24

13,28

47,42

94,86

142,28

189,72

Jefe de taller.

1.400,98

233,50

116,75

14,78

51,57

103,13

154,72

206,28

Inspector principal.

1.535,50

255,92

127,96

16,35

57,74

115,48

173,21

230,97

Encargado general.

1.296,56

216,09

108,05

13,50

46,77

93,52

140,28

187,04

Contramaestre o encargado taller.

1.282,19

213,70

106,85

13,37

46,06

92,11

138,16

184,22

Jefe de tráfico 1.ª.

1.296,56

216,09

108,05

13,51

46,77

93,52

140,28

187,04

Jefe de tráfico 2.ª.

1.259,93

209,99

104,99

13,19

45,08

90,13

135,21

180,28

Inspector visitador.

1.259,93

209,99

104,99

13,19

45,08

90,13

135,21

180,28

Grupo II. Personal administrativo

Salario

base

PP

extra

PP

benef.

Hora

extra

5

años

10

años

15

años

20

años

Oficial de primera.

1.253,43

208,91

104,45

12,68

44,80

89,61

134,46

179,23

Oficial de segunda.

1.227,34

204,56

102,28

12,39

43,58

87,16

130,74

174,32

Agente comercial.

1.227,34

204,56

102,28

12,39

43,58

87,16

130,74

174,32

Encargado almacén y/o garaje.

1.248,22

208,04

104,02

12,90

44,55

88,38

133,62

178,16

Auxiliar adm.-telefonista.

1.188,15

198,02

99,01

12,29

41,82

83,63

125,46

167,24

Aspirante.

945,76

157,63

78,81

Grupo III. Personal de movimiento

Salario

base

PP

extra

PP

benef.

Hora

extra

5

años

10

años

15

años

20

años

Cond. Mecánico-maq. pesad.-grúas.

1.274,32

212,39

106,19

12,90

44,92

89,83

134,76

179,70

Conductor máquinas elevadoras.

1.274,32

212,39

106,19

12,68

44,10

88,20

132,31

176,41

Tec. Repar./Mtto. Contenedor.

1.274,32

212,39

106,19

12,90

44,92

89,83

134,76

179,70

Conductor.

1.257,99

209,67

104,83

12,68

44,10

88,20

132,31

176,41

Chófer.

1.223,27

203,88

101,94

43,11

86,24

129,38

172,47

Cond. furgón y veh. lig., mozo esp.

1.213,65

202,27

101,14

12,38.

42,39

84,78

127,17

169,57

Capataz-factor.

1.231,15

205,19

102,60

12,66.

42,23

86,09

129,14

172,19

Capitonista.

1.202,41

200,40

100,20

12,31.

42,15

84,29

126,46

168,59

Ayudante.

1.205,05

200,84

100,42

12,27.

42,16

84,29

126,46

168,59

Auxiliar almacén y basculero.

1.196,04

199,34

99,67

12,27.

42,16

84,31

126,49

168,64

Grupo IV. Personal de servicios auxiliares

Salario

base

PP

extra

PP

benef.

Hora

extra

5

años

10

años

15

años

20

años

Ordenanza-cobranza facturas.

1.169,86

194,98

97,49

12,07

40,97

81,96

122,93

163,93

Guardia-vigilante-portero.

1.169,86

194,98

97,49

12,07

40,97

81,96

122,93

163,93

Personal limpieza:

Jefe equipo taller.

1.234,31

205,72

102,86

13,25

43,92

87,83

131,75

175,67

Oficial 1.º oficios.

1.219,06

203,18

101,59

12,68

43,14

86,28

129,43

172,57

Oficial 2.º oficios.

1.206,52

201,09

100,54

12,39

42,39

84,78

127,17

169,57

Mozo taller.

1.204,60

200,77

100,38

12,27

42,15

84,28

126,46

168,59

Aprendiz.

997,38

166,23

83,11

Dietas

Plaza: 16,91.

Nacional:

Comida: 22,55.

Cena: 22,55.

Comida + Cena: 32,20.

Dieta con pernocta: 64,41.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 03/08/2018
  • Fecha de publicación: 18/08/2018
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 22 de febrero de 2017 (Ref. BOE-A-2017-2393).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Transporte de mercancías
  • Transportes

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